Aborto en Chile: dos visiones de una misma realidad

Aborto en Chile: dos visiones de una misma realidad

Los desafíos del actual debate sobre la interrupción legal del embarazo

Por Catalina Lagos Tschorne
Académica del Centro de Derechos Humanos
Facultad de Derecho


La reiteración que hizo la Presidenta de República en la cuenta pública del 21 de mayo recién pasado del compromiso contenido en el programa de gobierno en relación con la despenalización del aborto caso de "riesgo de vida de la madre, violación e inviabilidad del feto", ha generado un intenso debate a nivel nacional.

Lamentablemente, este debate se ha caracterizado por presentar posiciones hiperadoctrinadas y por la primacía de caricaturas, poniendo a un lado los derechos de la mujer y en el otro "los derechos" del feto.

Todo ello se ha manejado en un plano abstracto y deóntico, planteándose así discursos ciegos a la tragedia que caracteriza y que se encuentra en el centro de la despenalización de estas tres causales. En los casos de riesgo de vida de la madre, violación e inviabilidad del feto, nos encontramos frente a embarazos que se originan o que pueden terminar en una tragedia para la mujer que se ve obligada a soportarlo.

Este debate debiera estar imbuido en el respeto de las decisiones de las mujeres, sin banalizarlas y evitando las dicotomías simplistas entre sus derechos y los de otros. Respetar ese espacio deliberativo y de autonomía -que la legislación actual niega- no implica no estar a favor de la vida del feto, ya que no se trata de un tema sin matices, de blancos o negros.

Por lo demás, la discusión –hasta ahora-, está circunscrita a las tres causales que plantea impulsar el gobierno (las que además van en la línea de los proyectos de ley presentados en el último bienio por los parlamentarios) y no se ha extendido a la idea de despenalización de la interrupción voluntaria en cualquier circunstancia.

Desde la perspectiva del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, podría sostenerse que existe una sólida base para discutir la despenalización en las tres causales plateadas por el gobierno. Durante la última década, numerosos organismos internacionales de derechos humanos han recomendado al Estado de Chile despenalizar el aborto en esas tres causales, entre ellos el Comité de Derechos Humanos, el Comité de Derechos del Niño, el Comité para la Eliminación de la discriminación contra la Mujer, todos ellos de la Organización de Naciones Unidas, ya que la penalización absoluta del aborto produce la vulneración de numerosos derechos de las mujeres.

Si bien al Sistema Interamericano de Derechos Humanos aún no le ha tocado abordar esta problemática de manera directa, es posible señalar que la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha fijado criterios relevantes para esta discusión. En relación con el estatuto de protección del no nacido, ha señalado que la protección del derecho a la vida no es absoluta, sino es gradual e incremental según su desarrollo, debido a que no constituye un deber absoluto e incondicional, sino que implica entender la procedencia de excepciones a la regla general (Caso Artavia Murillo ("Fecundación in vitro") vs. Costa Rica, Párr. 264). Con respecto a la maternidad de las mujeres y el derecho sobre su propio cuerpo, ha indicado que es necesario destacar que la libre maternidad forma parte esencial del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres (Caso Gelman vs. Uruguay, Párr. 97).

Es de esperar que en los próximos meses se genere un debate serio, que deje atrás las caricaturas y dicotomías simplistas y recoja los avances del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en relación con la protección de la vida y la garantía de la libre maternidad.

Aborto inseguro: del tallo de perejil al uso incorrecto de Misoprostol

Por Pamela Eguiguren
Académica de la Escuela de Salud Pública
Facultad de Medicina


Una vez más nos enteramos que otra adolescente chilena enfrenta complicaciones de salud tras practicarse un aborto en casa. Nuevamente nos remece la noticia por la juventud, vulnerabilidad y condiciones de riesgo en las cuales esto está ocurriendo. Conmociona pensar en cómo las mujeres de nuestro país, frente a la necesidad de un aborto se enfrentan a la falta absoluta de espacio para buscar ayuda en los servicios públicos de salud. Ellas deben hacerse cargo solas de lo que debería ser un derecho garantizado: la libertad de decidir sobre su cuerpo y su maternidad.

La Organización Mundial de la Salud recoge bien lo que sucede en la realidad: "Ya sea que el aborto se dé con mayores restricciones legales o que esté disponible a requerimiento, la probabilidad de que una mujer tenga un embarazo no deseado y que intente un aborto inducido es prácticamente la misma". Por ello, la salud pública en nuestro país ha tenido un discurso sostenido y consistente a lo largo del tiempo. Este ha reconocido siempre al aborto inducido y sus consecuencias como un problema de salud pública que no puede abordarse desde la penalización y criminalización de las mujeres, sino desde la política pública y la protección del daño a la salud.

El Dr. Fricke en el año 1964 planteaba ya que la penalización del aborto era inaplicable, pues frente a las 70.000 hospitalizaciones anuales por aborto séptico de la época no había cárcel para tanta mujer. Hoy su planteamiento sigue siendo válido puesto que apela al sentido común. Actualmente los egresos estimados por complicaciones de aborto inducido son cerca de 18.000 al año (Molina 2014).

La actual legislación no es en absoluto efectiva para reducir el aborto en el país. Ella no protege la vida del que está por nacer, pues, a pesar de la penalización, se estima que los abortos inducidos al año son entre 80.000 y 140.000. En realidad lo que esta legislación hace es poner en riesgo la salud de las mujeres, como lo hemos visto en casos recientes. Tampoco lo hará la legislación en discusión, pues se plantea despenalizar apenas para un grupo de causales que, en el mejor de los casos, podría resolver un 3% del problema. Con altísima probabilidad, la próxima mujer que recurra en condiciones graves a los servicios públicos por un aborto inducido complicado, no tendrá un feto gravemente malformado en su vientre, ni tendrá una patología que el embarazo agrave y tampoco habiendo denunciado una violación, pues esas no son las causas más frecuentes para recurrir a un aborto en este país.

El piso mínimo para pensar en la solución de este problema de salud pública requiere considerar las necesidades y derechos reales de las mujeres como personas con proyectos de vida propios. Esta es la discusión esencial y urgente que la sociedad chilena de hoy tiene que resolver. El dilema es si se va abordar este problema desde consideraciones valóricas abstractas, vidas teóricas y proyectos idílicos, obligando a una maternidad no planificada ni deseada impuesta sin discusión por el Estado, o se recuperará el sentido común para reconocer y responder a una realidad, que todo apunta irá volviéndose cada vez más crítica para la salud de las mujeres de nuestro país.