La normativa aprobada por el Senado aborda la estructura de las jerarquías y el proceso de evaluación:

Reglamento General de Carrera Académica elevará estándares de calidad de todos los académicos de la Universidad de Chile

Reglamento General de Carrera Académica elevará estándares de calidad
El Senador Jonás Chnaiderman, presidente de la Comisión de Estamentos y Participación presentó el proyecto de modificaciones.
El Senador Jonás Chnaiderman, presidente de la Comisión de Estamentos y Participación presentó el proyecto de modificaciones.
La Sesión plenaria fue conducida por el Rector Ennio Vivaldi, Presidente del Senado.
La Sesión plenaria fue conducida por el Rector Ennio Vivaldi, Presidente del Senado.
La plenaria del Senado Universitario aprobó las Modificaciones a la Carrera Académica.
La plenaria del Senado Universitario aprobó las Modificaciones a la Carrera Académica.
El Senado Universitario envió el acuerdo a Rectoría, para su materialización por la vía de un decreto.
El Senado Universitario envió el acuerdo a Rectoría, para su materialización por la vía de un decreto.

Entre los aspectos estructurales de la Carrera Académica se precisaron los conceptos de “categoría”, “carrera” y “jerarquía”, y se elimina el de “rango”. El Reglamento ratifica la existencia de dos carreras – ordinaria y docente- , redefiniéndose algunas de las condiciones generales para acceder a las diversas jerarquías de ambas carreras.

Fueron homologados los nombres de las jerarquías de ambas carreras, además de definirse que la categoría adjunta no constituye una carrera, “ya que no hay condiciones de progresión”, explicó el Senador Jonás Chnaiderman, presidente de la Comisión de Estamentos y Participación, por lo cual será considerada una categoría con la jerarquía única de Profesor Adjunto, con un nombramiento no superior a media jornada.

Junto a ello, se disminuyen los plazos máximos de permanencia para Instructores de 8 a 6 años y de los Profesores Asistentes de 12 a 10 años, respetándose los plazos originales para aquellos que ya tengan dichas jerarquías. En todo caso, se establece que se suspenderán estos plazos durante el período en que se haga uso del descanso de maternidad y del permiso postnatal parental.

Por otra parte, se elimina la jerarquía Ayudante en la Carrera Ordinaria y se crea la jerarquía de Instructor en la Carrera Docente. De esta forma ambas carreras quedan con cuatro jerarquías: Instructor, Profesor Asistente, Profesor Asociado y Profesor Titular.

En particular, en la Carrera Docente se reforzaron las exigencias “para evitar el efecto rebote por déficit de rendimiento”, explicó el Senador Chnaiderman. Por ello se puntualizaron los requisitos para ingresar a la Carrera Docente, debiendo acreditarse capacidad y formación en temas docentes y demostrar vocación y aptitudes pedagógicas, con diversos grados de autonomía de acuerdo a la jerarquía en que se evalúe.

En este ámbito, se aclara el procedimiento para el traslado de un académico desde la Carrera Ordinaria a la Carrera Docente, sin que se pueda exceder del límite de académicos que pueden estar en esta última Carrera.

Haciéndose cargo de los reclamos que acusaban discrecionalidad en el Proceso de Evaluación, explicó el Senador, se crearán pautas de evaluación claras y objetivas que precisen los criterios de calidad para cada jerarquía, que aporten mayores certezas a la comunidad académica, las cuales serán definidas por el Consejo de Evaluación, a sugerencia de las diferentes unidades. Ante algunos temores de que se transforme en un proceso extremadamente estandarizado y alejado de las diferentes realidades locales, el Senador Chnaiderman advirtió que “por ningún motivo se tratará de un algoritmo automatizado ni se va a disminuir la importancia de la evaluación de los pares”.

En cuanto al Proceso de Evaluación, con el objetivo de mejorar su transparencia, tanto los acuerdos como las discusiones y la carta con que se comunica a los académicos la eventual aprobación o rechazo de su solicitud de promoción deberán realizarse con mayor fundamentación y argumento. Asimismo, se limitan las postergaciones o atrasos de las evaluaciones y la reelección de los integrantes de las Comisiones de Evaluación.

Otro cambio relevante, es la incorporación del criterio de género en la conformación de las Comisiones Evaluadoras. Mientras que la Comisión Superior de Evaluación Académica (CSEA) deberá contar con al menos cinco integrantes de cada sexo, en el caso de las Comisiones Locales de Evaluación, se deberá contar con, al menos, un integrante de cada sexo.

Con la nueva normativa, se faculta al académico que se evalúa a presentar su propio caso a la CSEA, si así lo requiriera, en tanto que la CSEA podrá invalidar eventualmente decisiones de las Comisiones Locales en caso de transgresiones graves al reglamento.

Tramitación de las modificaciones al reglamento

Luego de que el Senado aprobara en septiembre de 2011 refundir todos los reglamentos existentes relativos al tema en un solo cuerpo legal coherente, el proceso de modificaciones al Reglamento General de Carrera Académica contempló entrevistas con diversos actores de la comunidad, para dar paso a una primera etapa de discusión orientada a la definición de su estructura, y una segunda abocada al proceso de evaluación.

La discusión del nuevo cuerpo legal fue conducida por la Comisión de Estamentos y Participación, presidida por el Senador Jonás Chnaiderman y se inició en noviembre de 2012. Desde entonces, la plenaria del Senado analizó y votó cada artículo del proyecto, presentando indicaciones que fueron incorporadas, hasta finalizar el 17 de julio de 2014, al aprobarse el texto final con todas las modificaciones, por 25 votos a favor, 3 abstenciones y 0 en contra.

El acuerdo del Senado fue despachado a Rectoría, para que se materialice mediante un decreto.

Conozca el detalle de las modificaciones aquí