En confirmación diagnóstica y seguimiento

INTA es aprobado como prestador único nacional en seis patologías de la "Ley Ricarte Soto"

INTA es aprobado como prestador para enfermedades Ley Ricarte Soto
Instituto de Nutrición y Tecnología de los Alimentos
Instituto de Nutrición y Tecnología de los Alimentos

La Universidad de Chile tiene un compromiso con el país, lo que se refrenda en múltiples aspectos, no sólo en lo académico, sino que en el impacto que las acciones que la Casa de Bello tienen en la ciudadanía y las políticas públicas. Por ello es que es relevante la participación que tendrá el Instituto de Nutrición y Tecnología de los Alimentos Doctor Fernando Mönckeberg Barros (INTA) en la prestación de servicios acorde a lo indicado en la "Ley Ricarte Soto".

Mediante decreto exento de Ministerio de Salud, el INTA fue “aprobado de manera permanente para formar parte de la red de prestadores que otorgarán las prestaciones cubiertas por el sistema de protección financiera de la ley N° 20.850”, según indica el documento publicado en el Diario Oficial el 18 de marzo de 2016. De acuerdo al Decreto 83, el INTA de la U. de Chile fue aprobado como prestador único a nivel nacional para la Confirmación Diagnóstica de Mucopolisacadidosis I, II y VI; Fabry y Gaucher; y para la Conformación Diagnóstica y Seguimiento de Tirosinemia I.

Para la directora del INTA, Verónica Cornejo, esto refleja el trabajo que ha hecho el Instituto donde se destaca como un centro de referencia nacional para las enfermedades metabólicas que lleva funcionando más de 20 años. Este nombramiento, señaló, reconoce al INTA como un lugar validado en el país en materia de investigación, cuya trayectoria lo hace el lugar indicado para estas evaluaciones de casos que llegarán de todo el país. 

La Dra. Cornejo recuerdó que el INTA trabajó en primera instancia con el Ministerio de Salud respecto a la Ley de Enfemedades Raras, y que ahora, tras la aprobación de la Ley Ricarte Soto, el Instituto debió postular al igual que muchos prestadores de servicios médicos a lo largo del país al rol que se adjudicó.

El decreto que “aprueba prestadores de salud para otorgar las prestaciones sujetas al sistema de protección financiera del que trata la ley N° 20.850”, lleva la firma de la ministra de Salud, Carmen Castillo, y del subsecretario Jaime Burrows. Fue publicado el 30 de marzo de 2016 en el Diario Oficial, y en sus considerandos señala que “con fecha 6 de junio de 2015, se publicó la Ley N° 20.850, que aprueba un Sistema de Protección financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo y rinde homenaje póstumo a don Luis Ricarte Soto Gallegos”.

Para el jefe del Laboratorio de Genética y Enfermedades Metabólicas, Juan Francisco Cabello, es importante destacar que el INTA es “el único prestador aprobado en todo el país para la confirmación diagnóstica de 6 de las 11 patologías incluidas en la Ley Ricarte Soto, lo que nos consolida como un centro de referencia nacional en el área de los Errores Innatos del Metabolismo y demuestra, al mismo tiempo, la permanente colaboración y compromiso de la Universidad de Chile y el MINSAL en la búsqueda de soluciones concretas a problemas país”.