Charla de jurisprudencia aporta al debate en torno a proyecto minero en Isla Riesco

Charla aporta al debate en torno a proyecto minero en Isla Riesco
La conversación profundizó en la amplitud de la procedencia de participación ciudadana en la tramitación de proyectos.
La conversación profundizó en la amplitud de la procedencia de participación ciudadana en la tramitación de proyectos.
El debate se plantea en un momento en que Chile lidera las negociaciones para establecer un instrumento regional que aplique la justicia en materia ambiental.
El debate se plantea en un momento en que Chile lidera las negociaciones para establecer un instrumento regional que aplique la justicia en materia ambiental.

La décimoprimera versión de la Charla de Jurisprudencia Ambiental, tradicional espacio de discusión organizado por el Centro de Derecho Ambiental (CDA), abordó esta vez la participación ciudadana en la tramitación de proyectos, a raíz de la Sentencia de la Corte Suprema recaída en la causa caratulada "Stipicic Escauriaza Maria Javiera/Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental".

La profesora Valentina Durán, directora del CDA, inicio la jornada presentando el fallo, el cual dejó sin efecto la resolución de calificación ambiental que aprobó una modificación al proyecto de Minera Invierno en Isla Riesco (consistente en la incorporación de tronaduras), ordenando al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) retrotraer la evaluación ambiental y abrir un período de participación ciudadana.

La discusión de la actividad, realizada el pasado 7 de abril en el Auditorio Alessandri, giró en torno a la amplitud de la procedencia de participación ciudadana en la tramitación de proyectos evaluados mediante declaraciones de impacto ambiental y que generan "cargas ambientales".

Diego Lillo, encargado de litigios de la ONG FIMA, y abogado de los recurrentes, señaló que en todos estos eventos el legislador reconoce a la autoridad la facultad para decretar un procedimiento de participación ciudadana, siempre que se cumplan los requisitos legales.

Por su parte, Edesio Carrasco, abogado de la Minera, que intervino como tercero en la causa, sostuvo que una interpretación laxa de las facultades de la autoridad podría llevar a privar de sentido la disposición legal, pues no existirían proyectos en los que la autoridad pueda decidir no abrir un procedimiento de participación ciudadana.

Así, la charla concluyó con una reflexión sobre la articulación entre las competencias generales de los tribunales superiores de justicia para conocer de acciones de protección ambiental y las competencias especiales de los Tribunales Ambientales en el contencioso-administrativo ambiental, a la luz de la jurisprudencia reciente del máximo tribunal.

En esta línea, el debate se plantea en un momento en que Chile lidera las negociaciones para el establecimiento de un instrumento regional, en América Latina y el Caribe, que aplique el llamado Principio 10 de Río 1992, relativo al acceso a la información, la participación ciudadana y la justicia en materia ambiental.