Vicerrectoría de Asuntos Académicos
Son alumnos regulares de la Universidad los estudiantes de primer año que, habiendo sido seleccionados de acuerdo con los sistemas establecidos por la Institución (PAA o Ingreso Especial), hayan completado su proceso de matrícula.
En el caso de los alumnos antiguos, la permanencia y promoción de los estudiantes está condicionada al cumplimiento de los requisitos académicos mínimos establecidos por la unidad a la que pertenece la carrera o programa. Quienes cumplan con lo anterior y hayan formalizado su matrícula, son alumnos regulares de la Universidad.La formalización de la matrícula incluye no sólo el pago de los derechos básicos en el banco, sino que también la devolución de todo el material en la Secretaría de Estudios y la firma del registro oficial de estudiantes.
Los estudiantes que hayan sido eliminados de una carrera por razones académicas reglamentarias establecidas, no pueden postular nuevamente a esa carrera antes de transcurrido un año a contar de la fecha de eliminación.
En el caso de que el alumno reingrese, las homologaciones de asignaturas cursadas y aprobadas anteriormente serán resueltas por el Decano de la Facultad respectiva.
Pueden suspender sus estudios los alumnos que, mediante una solicitud expresa y dentro de los plazos establecidos por cada unidad académica, formalicen una petición de postergación de estudios en la Escuela respectiva.
Cada Facultad determinará reglamentariamente cuáles son las causales atendibles en estos casos, sin perjuicio de estudiar cada situación particular.
Quienes posterguen sus estudios mantienen el derecho a reincorporarse a ellos dentro de los plazos que cada unidad académica estipule. Al igual que en el caso de la postergación de estudios, cada Facultad reglamenta los plazos y condiciones de reincorporación. De acuerdo a un criterio general, los estudios realizados con anterioridad mantienen su validez al momento de la reincorporación, salvo que se hayan registrado modificaciones de los contenidos de los planes de estudios, situación que será resuelta caso a caso por la Escuela respectiva.
Los estudiantes pueden cursar en segunda oportunidad asignaturas reprobadas. Cada Facultad, en los reglamentos particulares de cada una de sus carreras o programas, consigna el número máximo de asignaturas que pueden ser repetidas. Como principio general, las asignaturas reprobadas deberán cursarse en la primera oportunidad en que ellas se programen.
La reprobación de una asignatura cursada en segunda oportunidad constituye una causal de eliminación de la carrera.
De acuerdo a un criterio general, los requisitos básicos para solicitar una transferencia interna de carrera en la Universidad de Chile o desde otras instituciones de educación superior son, estar habilitado para continuar estudios en el programa o carrera de origen (no estar eliminado de la carrera), y demostrar una causal atendible que justifique el traslado. Corresponde a los Decanos o Directores de Instituto, sobre la base de un informe de la Escuela respectiva, resolver acerca de las solicitudes de transferencia. Especial importancia para la evaluación de este tipo de solicitudes adquiere el rendimiento académico del alumno.
La transferencia sólo se autorizará cuando sea posible el reconocimiento de, al menos, el currículum de primer año de la carrera o programa de destino.
No Videntes- Estudiantes de otras universidades- Titulados- Alumnos con estudios de Enseñanza Media en el extranjero.
Sistemas Especiales de Ingreso
Sistema Especial de Postulación para Deportistas Destacados
Sí, puedes. De acuerdo a un criterio general, los requisitos básicos para solicitar una transferencia interna de carrera en la Universidad de Chile o desde otras instituciones de educación superior son, estar habilitado para continuar estudios en el programa o carrera de origen (no estar eliminado de la carrera), y demostrar una causal atendible que justifique el traslado. Corresponde a los Decanos o Directores de Instituto, sobre la base de un informe de la Escuela respectiva, resolver acerca de las solicitudes de transferencia. Especial importancia para la evaluación de este tipo de solicitudes adquiere el rendimiento académico del alumno.
La transferencia sólo se autorizará cuando sea posible el reconocimiento de, al menos, el currículum de primer año de la carrera o programa de destino.
De acuerdo a un criterio general, los requisitos básicos para solicitar una transferencia interna de carrera en la Universidad de Chile o desde otras instituciones de educación superior son, estar habilitado para continuar estudios en el programa o carrera de origen (no estar eliminado de la carrera), y demostrar una causal atendible que justifique el traslado. Corresponde a los Decanos o Directores de Instituto, sobre la base de un informe de la Escuela respectiva, resolver acerca de las solicitudes de transferencia. Especial importancia para la evaluación de este tipo de solicitudes adquiere el rendimiento académico del alumno.
La transferencia sólo se autorizará cuando sea posible el reconocimiento de, al menos, el currículum de primer año de la carrera o programa de destino.
En el caso especial de los hijos de funcionarios que se encuentren en el extranjero al servicio del Estado de Chile, incluyendo los hijos de académicos y funcionarios de la Universidad de Chile en comisiones de servicio en el extranjero, como asimismo en las transferencias solicitadas por hijos de funcionarios diplomáticos extranjeros acreditados en Chile, se exige que los estudios acreditados por el postulante equivalgan a lo menos a un 25% del currículum de primer año de la carrera de destino. Se aplicarán estos criterios sin perjuicio de las normas que sobre la materia establezcan los tratados internacionales ratificados por Chile.