Carta del Rector, Prof. Luis Riveros, a la Comunidad Universitaria con relación a la Promulgación del Nuevo Estatuto y a su renuncia como Rector de la Corporación

Los Estatutos que envió el Gobierno a la Contraloría General, promulgados en virtud de la Ley Delegatoria aprobada por el H. Congreso Nacional, fueron objetados, deteniéndose el proceso de Toma de Razón. Contraloría consideró como inconstitucionales preceptos incorporados en el DFL 153 que por 25 años ha regido a la Universidad de Chile desde 1981. Además, formuló alcances que no son pertinentes en cuanto a la constitucionalidad del Estatuto consensuado por la comunidad universitaria, reflejando poca comprensión del organismo contralor en cuanto a constituir ésta una universidad que, en virtud de tal condición, requiere autonomía en lo académico como asimismo instrumentos de gestión adecuados a los tiempos y a las necesidades de desarrollo institucional. Fuimos sorprendidos por las objeciones formuladas, acto que se llevó a cabo sin siquiera advertirlo con antelación tanto a la Universidad como al Gobierno, como la gravedad del asunto ameritaba, poniendo en riesgo la obtención de la nueva institucionalidad universitaria consensuada por su comunidad. 

En la oportunidad abogamos por la necesidad de recurrir al Tribunal Constitucional frente a estas objeciones, puesto que no resulta posible aceptar que la Constitución se aplique con diferentes criterios en momentos distintos en el tiempo. Me entrevisté con S.E. el Presidente de la República sobre esta materia y le hice llegar una petición oficial al respecto. La estrategia frente a este impasse fue profusamente discutida con los mejores talentos jurídicos de nuestra institución, resultado de lo cual es un amplio documento conteniendo los principales argumentos sobre las observaciones de la Contraloría  que se encuentra en nuestra página web. El Gobierno  consideró que el camino del Tribunal Constitucional podría envolver serios riesgos para el Estatuto, y que aún cuando solamente algunos puntos de la Contraloría fueran concedidos, ello bastaría para crear un significativo problema para la Universidad de Chile y para el Gobierno. Concurrimos a ese criterio, el cual fue conocido y respaldado por el Consejo Universitario y la Mesa Ejecutiva del Senado en sesión del 15 de febrero.

El Gobierno, en consulta con las autoridades universitarias, optó por un camino alternativo que permitiera a la Universidad de Chile contar con sus nuevos Estatutos sin perder los preceptos que actualmente le rigen y que le permiten autonomía en materia de planta, de remuneraciones, de reglamentación interna, y de autorización para contratar servicios, certificar capacitación, y participar en sociedades, entre otros aspectos. Los aspectos centrales de la nueva institucionalidad que en calidad de inexcusables se señalaron a la autoridad de gobierno como elementos imprescindibles del Estatuto son los siguientes: (a) La misión nacional y pública de la Universidad de Chile, la cual debía ser explicitada en el cuerpo legal estatutario; (b) La potestad reglamentaria de la Universidad de Chile; (c) La división de la gestión superior en los ámbitos normativo y de gobierno, el primero a cargo de un Senado con representación triestamental y con funciones acordadas en el proyecto de Estatuto; (d) La creación del Consejo de Evaluación que plantea el proyecto original de Estatuto como Superintendencia en materia de calidad académica.

El gobierno preparó un DFL modificatorio del N°153 vigente conteniendo los aspectos no objetados por la Contraloría General y que consideraba los cuatro elementos arriba señalados, incluyendo además algunos aspectos que en principio se pensó podrían ser aún objeto de nuevas observaciones, pero que fueron finalmente incorporados.  Luego de una nueva ronda de observaciones de Contraloría, este DFL modificatorio (N° 1 del 2006) fue efectivamente cursado el día de ayer para publicarse como Ley de la República en el Diario Oficial, constituyendo el nuevo Estatuto de la Universidad de Chile.  Posteriormente, S.E. el Presidente ha manifestado su voluntad de preparar un DFL refundido del DFL 1 del 2006 recientemente tomado de razón por Contraloría General, y el DL 153 de 1981.

De este modo, nuestra Universidad cuenta desde mañana 10 de Marzo con un nuevo Estatuto que refleja en forma preeminente los preceptos aprobados por la Comisión Normativa Transitoria, el Consejo Universitario, el Senado Universitario y que fueran sancionados en instancias de gobierno con conocimiento del H. Congreso Nacional.   Algunos aspectos que no habían sido originalmente incluidos, y que quedaron en situación de consulta con la Contraloría General, tenían que ver con los siguientes ítemes: nombramiento del Contralor por parte del Senado Universitario; Carácter resolutivo de los acuerdos de los Consejo de Facultad; Carácter de los Consejos de Institutos; Composición de los Consejos de Escuela con Académicos y Estudiantes; Atribuciones de los Decanos, en cuanto a implementar los Acuerdos de Consejos de Facultad; Definición de Escuelas y Centros;  Posibilidad de que las Escuelas dependan de instancias distintas a las Facultades; Potestad Normativa del Senado Universitario; y Fijación de aranceles por parte del Consejo Universitario.  Los mismos fueron todos incorporados en el DFL Modificatorio, luego de ser considerados por los equipos jurídicos de la SEGPRES y del Ministerio de Educación con la Contraloría General.  Asimismo, la inquietud manifestada por los funcionarios de la Universidad en cuanto a no permitirse una total flexibilidad en las contrataciones en ausencia de una bonificación por retiro, fue también atendida positivamente.

Es motivo de gran satisfacción para la autoridad universitaria el haber contado con el decidido apoyo del Gobierno para enfrentar la delicada situación creada por las observaciones de la Contraloría General y su detrimental efecto sobre la autonomía universitaria. Con el nuevo Estatuto se concreta un anhelo que ha concentrado el esfuerzo de más de 7 años, y que se puede hoy brindar a la Universidad del futuro. El futuro Senado tendrá que asumir importantes tareas en cuanto a la reglamentación que necesita el nuevo Estatuto para su puesta en marcha y adecuada aplicación. Asimismo, este organismo tendrá una responsabilidad importante para reponer aspectos en la legalidad que no han sido considerados, como es el caso de poder ofrecer hasta 11 meses como bonificación por retiro al personal universitario, medida que requiere quórum especial del Congreso.

En consecuencia, la Universidad de Chile cuenta desde mañana con un nuevo Estatuto Orgánico, producto de un extenso y complejo trabajo que he tenido el honor de presidir.   Se debe ahora adoptar plenamente la nueva institucionalidad que se establece, comenzando ello con la elección de todas las autoridades universitarias en el plazo de los próximos 120 días, incluyendo la elección del Senado y la constitución del Consejo Superior de Evaluación.

Para dar paso a la nueva institucionalidad y para poner a la Universidad en la perspectiva del proceso de renovación que implica la promulgación de su Nuevo Estatuto, he hecho llegar a S.E. el Presidente de la República mi renuncia a la calidad de Rector de la Universidad de Chile.  Este constituye un acto que ha de marcar en forma definitiva  el cambio del régimen jurídico que nos rigió desde 1981 hacia el nuevo que se instaura en el 2006, y que refleja el ambiente de mayor participación y modernidad a que debe siempre aspirar la Universidad de Chile. Asimismo, mi renuncia es en pro de la transparencia que debe necesariamente adquirir el proceso de renovación de autoridades.

Me siento profundamente distinguido por el apoyo que me ha profesado el cuerpo académico de la institución.  En el espíritu de la Nueva Universidad que se construye a partir del Estatuto recientemente promulgado, expreso hacia ella mi total convicción acerca de la sólida presencia de nuestra Universidad y de los mejores días que le esperan como institución republicana, de carácter nacional y público.

Por una Nueva Universidad de Chile, para Chile, les saluda afectuosamente,

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