Misión y atribuciones del Consejo de Evaluación

¿Qué es?

El Consejo de Evaluación es el órgano colegiado de la Universidad de Chile que ejerce la función evaluadora. Es decir, examina, pondera e informa sobre la calidad y cumplimiento de las tareas universitarias, tanto a nivel de estructuras como de los académicos que las integran. (Artículos 1, 2 y 3 del Reglamento del Consejo de Evaluación)

¿Quiénes lo integran?

El Consejo de Evaluación está integrado por cinco Profesores Titulares nombrados por el Senado Universitario a propuesta del Rector, con una permanencia en el cargo de al menos 10 años, continuos o discontinuos. 

No podrán integrar el Consejo quienes presenten conflictos de interés con los de la Universidad. (Artículos 9, 10, 11, 12 y 13 del Reglamento del Consejo de Evaluación)

¿Cómo funciona?

El Consejo se reunirá en sesión ordinaria al menos dos veces al mes y su Presidente podrá citar a sesiones extraordinarias para el cumplimiento de sus obligaciones.

El quórum para sesionar será de tres de sus integrantes. Para adoptar acuerdos se requerirá de la aprobación de la mayoría absoluta de los integrantes. (Artículos 18 y 19 del Reglamento del Consejo de Evaluación)

Atribuciones

Al Consejo de Evaluación le corresponde:

  • Impulsar, coordinar y proponer modificaciones a los procesos de evaluación y calificación académica (individuales o institucionales) y aquellos de acreditación a nivel institucional.
  • Efectuar estudios respecto de la calidad de las funciones y tareas universitarias.
  • Declarar la equivalencia a la jerarquía de Profesor Titular de una personalidad académica, para los efectos de ser candidato a Rector.
  • Requerir información de todo órgano de la Universidad, de acuerdo a sus necesidades de superintendencia de la función evaluadora, con conocimiento de Rectoría.
  • Requerir anualmente un informe detallado de los procesos dependientes de instancias o comisiones de la institución en las áreas que le son propias.
  • Sugerir, a quien corresponda, medidas ejecutivas o normativas que contribuyan al cumplimiento de las tareas institucionales.
  • Establecer sus normas de funcionamiento interno.

Responsabilidades

Será responsabilidad del Consejo de Evaluación elaborar las siguientes cuentas o informes:

a) Un informe anual que contenga el desempeño en los procesos de su responsabilidad en toda la Universidad y en los trabajos elaborados por las diversas comisiones ad hoc y equipos de trabajo

b) Una Cuenta Anual de Actividades para ser presentada al Rector, al Consejo Universitario y al Senado Universitario

c) Un informe sobre una materia específica de su incumbencia cuando lo requiera el Rector, el Consejo Universitario o el Senado Universitario

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