Actividades de docencia, extensión y deportivas en los recintos universitarios

Se podrán realizar actividades de docencia de manera presencial, utilizando los espacios existentes en cada Facultad, Instituto, Servicios Centrales y otros Organismos de la Universidad de Chile para este fin.

En los recintos destinados a docencia no habrá restricciones de aforo, siempre y cuando se encuentre al menos el 80% de los estudiantes con su esquema de vacunación completo (pase de movilidad habilitado) y que posean una ventilación adecuada.

Se consideran recintos destinados a docencia y/o para uso de estudiantes los siguientes:

  • Auditorios y aulas
  • Laboratorios de docencia
  • Talleres prácticos con docentes o similar
  • Salas de estudio
  • Bibliotecas
  • Salas de computación
  • Otros espacios asimilables.

Los recintos enumerados precedentemente podrán ser utilizados para fines de docencia y/o de estudiantes sólo si cumplen con los requisitos de ventilación para espacios cerrados y el uso de mascarilla será exigible en ellos.

Las actividades de docencia presencial se podrán realizar en cualquier fase del Plan Paso a Paso del Gobierno de Chile, teniendo particular consideración de llevar un registro de asistencia de los estudiantes para el control de la trazabilidad.

Para evitar aglomeraciones en los controles de ingreso, se deberán organizar las actividades de docencia con horarios de ingreso diferido y evitando, dentro lo posible, los horarios punta del transporte público.

Las actividades deportivas y de actividad física estarán sujetas previamente a su realización a las disposiciones señaladas en el nuevo Plan Paso a Paso y en este Protocolo.

En relación a actividades específicas que no se estén definidas en este protocolo y que las mismas se encuentren autorizadas por el Gobierno a través del Plan Paso a Paso, deberán regirse por dichos procedimientos específicos disponibles, como el protocolo para el retorno seguro a la actividad física y el deporte del Ministerio del Deporte.

Las actividades de extensión universitarias, tales como seminarios, congresos, encuentros participativos u otros de similar naturaleza; las ceremonias de titulación, grado, aniversarios institucionales u otras semejantes podrán realizarse presencialmente ajustándose previamente a lo dispuesto en este Protocolo y en el Plan Paso a Paso del Gobierno de Chile.

Tanto para las actividades deportivas como de extensión, en caso de ser realizadas en forma simultánea, no deben implicar la aglomeración de personas en los accesos, espacios comunes y servicios de las dependencias en que tengan lugar. Si esto ocurriese debido a que el tránsito de personas que supone se verifica en los mismos horarios y/o días, se deberán programar de manera tal de evitarlo. Lo mismo debe tenerse en consideración si además de lo señalado en este punto, en el mismo espacio físico también existe trabajo presencial del personal de colaboración.

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