Efectos sobre la salud psicológica

Actualización del protocolo de vigilancia de riesgos psicosociales en el trabajo

Actualización del protocolo de vigilancia de riesgos psicosociales
Las funciones de los comité de aplicación es elegir la versión del Cuestionario que se aplicará (breve o completa). Definir las unidades de análisis, o resguardar la confidencialidad, entre otros.
Las funciones de los comité de aplicación es elegir la versión del Cuestionario que se aplicará (breve o completa). Definir las unidades de análisis, o resguardar la confidencialidad, entre otros.
Entre 4 a 10 integrantes debe tener cada comité de aplicación. Siempre con paridad, y en los cuales debe estar presente más del 50% para que la sesión sea válida
Entre 4 a 10 integrantes debe tener cada comité de aplicación. Siempre con paridad, y en los cuales debe estar presente más del 50% para que la sesión sea válida

Con una capacitación para los comités locales de aplicación, a cargo de Natalia Cerda, Psicóloga especialista de la ACHS, se dieron a conocer los cambios al programa de medición al protocolo de vigilancia de los riesgos psicosociales, que se evalúan en el Cuestionario SUSESO/ISTAS 21 aplicados a los distintos organismos que componen la Universidad de Chile.

Desde 2015 cuando se comenzó a aplicar, y luego de tres años de haber oficializado el protocolo de vigilancia de riesgos psicosociales en el trabajo, desde enero de 2018 se entregó una actualización que se ajusta a la experiencia de identificación, evaluación y gestión de la realidad laboral chilena, así como también de la fiscalización de la autoridad sanitaria.

En ese último aspecto, se plantea que desde ahora, la Seremi de Salud y la Dirección del Trabajo, sean las encargadas de fiscaliar, respecto a salud y seguridad en lugares de trabajo, y que también tengan la capacidad de sancionar en los casos que amerite.

En ese sentido, los factores psicosociales del ámbito ocupacional hacen referencia a situaciones y condiciones inherentes al trabajo y relacionadas al tipo de organización, al contenido del trabajo y a la ejecución de la tarea, las cuales tienen la capacidad de afectar, en forma positiva o negativa, el bienestar y la salud (física, psíquica o social) del trabajador y sus condiciones de trabajo.

Por lo tanto, si un funcionario  se encuentra con una enfermedad profesional de origen de salud mental, será acogido por la Asociación Chilena de Seguridad, ACHS en primera instancia, y luego por la  Superintendencia de Seguridad Social, SUSESO, en segunda instancia. Si además presenta 4 o 5 dimensiones en riesgo deberá ingresar al programa de vigilancia de riesgos psicosociales. Al igual que si es por indicación de la Dirección del Trabajo, cuando realice una inspección, generando un acta de mediación con indicaciones referidas a la intervención preventiva de riesgos psicosociales.

Otro aspecto relevante expuesto en esta capacitación, y según la nueva normativa, se cambia la escala de riesgo, y la equivalencia entre el protocolo anterior y el actual, para nivelar evaluaciones al Cuestionario SUSESO/ISTAS 21 respondido antes que comenzara a regir la nueva normativa. Al igual que el cambio producido en los plazos para reevaluación.