Profesora Astrid Espaliat:

"La Haya emitió un fallo claro y bien fundado"

Prof. Espaliat; "La Haya emitió un fallo claro y bien fundado"
La profesora Espaliat expuso ante alumnos, profesores, diplomáticos y público en general.
La profesora Espaliat expuso ante alumnos, profesores, diplomáticos y público en general.
En 2013, el gobierno de Evo Morales decide recurrir a la Corte Internacional de Justicia para que obligue a Chile a sentarse a negociar.
En 2013, el gobierno de Evo Morales decide recurrir a la Corte Internacional de Justicia para que obligue a Chile a sentarse a negociar.

Un exhaustivo análisis del fallo de la Corte Internacional de Justicia respecto de la demanda marítima de Bolivia realizó la abogada de Derecho Internacional y académica del Instituto de Estudios Internacionales de la Universidad de Chile, profesora Astrid Espaliat, quien tras el veredicto dado a conocer en La Haya, se reunió con alumnos, profesores, diplomáticos y público en general, para explicar los alcances y el fondo de lo resuelto por los jueces.

Cabe recordar que Bolivia decidió demandar a Chile ante la Corte Internacional de Justicia, el órgano jurisdiccional del sistema de Naciones Unidas en el año 2013, tras consagrar en su Constitución de 2009 su reivindicación marítima.

Hoy, tras cinco años de gestiones ante el Tribunal, con presentación de argumentos y contraargumentos incluidos, los jueces se pronunciaron desestimando la petición de Bolivia que solicitaba a la CIJ que obligara a Chile a negociar un acceso soberano al Pacífico.

Sobre el particular, la profesora Astrid Espaliat destaca que Bolivia nunca pudo comprobar la existencia de una obligación jurídica, cuando habría surgido esa obligación, y que, apeló a la existencia de un compromiso histórico asumido por Chile.

Explicó que para examinar la demanda de Bolivia, la Corte analizó las ocho fuentes de derecho internacional hechas valer por Bolivia: acuerdos bilaterales; declaraciones unilaterales, aquiescencia, estoppel, legítimas expectativas, las disposiciones contenidas en el artículo 2.3 y de la Carta de Naciones Unidas, en el artículo 3 de la Carta de la OEA, las resoluciones de la esta última organización y el efecto acumulativo de los distintos instrumentos alegado por Bolivia.

Así -agregó- la Corte analizó detalladamente cada uno de los argumentos bolivianos, descartando la existencia de acuerdos bilaterales que obligaran a Chile a negociar con Bolivia, así como que las declaraciones unilaterales hechas valer por Bolivia hubieran comprometido o jurídicamente a Chile a negociar. La Corte también descartó la aplicación de la aquiescencia, del estoppel y de las legítimas expectativas al caso que le había planteado Bolivia.

Asimismo descartó la interpretación que Bolivia daba al artículo 2.3 de la Carta de Naciones Unidas y al artículo 3 de la carta de la OEA y que, en términos simples, conducía a imponer a Chile la obligación de negociar en tanto estado miembro de esas organizaciones.

Finalmente, la profesora Espaliat explicó los razonamientos que condujeron a descartar el efecto vinculante que Bolivia atribuía a las resoluciones tomadas por la OEA entre los años 1979 y 1989, así como la tesis del efecto acumulativo de las distintas fuentes esgrimidas por Bolivia.

Se trata -dijo- de una sentencia que contiene el examen de todos y cada uno de los distintos argumentos que planteó Bolivia en las distintas fases del proceso ante la Corte Internacional de Justicia y que termina desechándolos.

Reacción boliviana

Respecto de la reacción de las autoridades bolivianas, sobre todo del Presidente Evo Morales, quien a su regreso a La Paz reclamó sobre la parcialidad que -a su juicio- demostró la CIJ, anunciando que enviará una carta de reclamo a las Naciones Unidas, para que la organización mundial tenga conocimiento de lo que ha sufrido su país, la profesora Espaliat fue enfática al señalar que para Chile es muy importante mantener el mensaje de que el fallo es extremadamente claro y bien fundado, y que debe ser acatado por Bolivia.

“Las distintas acciones anunciadas por el Presidente Morales carecen de todo sentido y son improcedentes. El fallo de la CIJ es inapelable y los otros órganos de Naciones Unidas carecen de competencia para revisarla. Tampoco debemos olvidar que Chile siempre ha estado dispuesto a conversar, “prestó oídos” a las peticiones de Bolivia, cosa que también quedó refrendada en la sentencia. Pero para ello Chile necesita un interlocutor que esté dispuesto a aceptar los términos de un fallo emitido por una Corte a la que Bolivia decidió llevar a Chile”, concluyó.