Convocatoria elección de Representantes Académicos y de Estudiantes ante los Consejos de Escuelas de Pregrado y de Postgrado

Convocatoria representantes Consejos Escuelas de Pregrado y Postgrado

De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento General de Facultades, D.U. N° 906 de 2009, y el D.U. Nº004522 de 2010 respectivamente, corresponde convocar a elecciones de Representantes académicos y Estudiantes ante los Consejos de las Escuelas de Pregrado y de Postgrado, para lo cual remito a ustedes el calendario para las elecciones anteriormente señaladas y el respectivo claustro elector, agradeciendo dar amplia difusión entre los académicos y estudiantes de sus unidades. 

a) Fecha de publicación de la nómina del claustro elector Lunes 1 al viernes 5 de agosto
b) Plazo máximo para presentar reclamos por errores de hecho en la confección de la nómina del claustro ante la Junta Electoral Central Martes 9 de agosto
c) Plazo máximo de resolución de los reclamos por parte de la Junta Electoral Central. Miércoles 17 de agosto
d) Publicación de la nómina definitiva del claustro elector Jueves 18 de agosto
e) Plazo de presentación de candidaturas ante la Junta Electoral Local Lunes 22 al miércoles 24 de agosto
f) Pronunciamiento provisional de candidaturas por parte de la Junta Electoral Local. Jueves 26 de agosto
g) Publicación de la nómina provisional de candidatos(as) y notificación a los/as interesados/as. Jueves 26 de agosto
h) Plazo máximo para presentar, ante la Junta Electoral Central, impugnaciones al pronunciamiento provisional de candidatos/as Viernes 26 de agosto
i) Plazo máximo de resolución, par parte de la Junta Electoral Central, de las impugnaciones Miércoles 31 de agosto
j) Publicación nómina definitiva de candidatos/as Miércoles 31 de agosto
k) Período de voto anticipado NO APLICA
l) Primera vuelta Lunes 5 de septiembre
m) Escrutinio Lunes 5 de septiembre
n) Publicación resultado provisorio de la elección Martes 6 de septiembre
o) Plazo máximo para presentar reclamos u objeciones al desarrollo del proceso y a la realización del escrutinio Viernes 9 de septiembre
p) Plazo máximo de resolución de reclamos por parte de la Junta Electoral Central+ Miércoles 14 de septiembre
q) Plazo máximo de publicación del resultado definitivo de la elección y de proclamación de candidatos/as electos/as y en caso de corresp Miércoles 14 de septiembre
r) Eventual período de voto anticipado para segunda vuelta. NO APLICA
s) Eventual segunda vuelta. Jueves 15 de septiembre
t) Eventual escrutinio de la segunda vuelta Jueves 15 de septiembre
u) Eventual publicación del resultado provisorio de la segunda vuelta Viernes 16 de septiembre
v) Eventual plazo máximo para presentar reclamos u objeciones al desarrollo del proceso y a la realización del escrutinio de segunda vuelta. Lunes 26 de septiembre
w) Eventual resolución de reclamos de la Junta Electoral Central (plazo máximo) Miércoles 28 de septiembre
x) Eventual publicación del resultado definitivo de la segunda vuelta y proclamación de candidatos/as electos/as. Jueves 29 de septiembre

1. ELECCIÓN REPRESENTANTE ACADÉMICO/A ANTE LOS CONSEJOS DE LAS ESCUELAS DE PREGRADO Y DE POSTGRADO:

Condiciones de Elegibilidad:

Los requisitos para ser candidato a Representante Académico/a ante el Consejo de Escuela, según lo referido en el Reglamento, son los siguientes:

a. Tener jerarquía de Profesor, con un nombramiento de al menos media jornada.

Es importante señalar que las condiciones o requisitos de elegibilidad señalados precedentemente requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.

Además, de las condiciones de elegibilidad anteriormente descritas, el Reglamento General de Elecciones establece que los candidatos para en los casos de cargos o funciones que ejerzan académicos el postulante deberá haber obtenido la más alta calificación en el último proceso correspondiente.

No obstante, lo anterior según lo dispuesto en el Art. 15 del Reglamento General de Elecciones, existen requisitos de carácter general para postular a cualquier cargo o función que regule el referido Reglamento de Elecciones, los cuales son:

a) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones, y

b) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por crimen o simple delito.

Presentación de candidaturas:

  • La candidatura de los Representantes Académicos/as ante los Consejos de Escuela, se formalizará ante la Junta Electoral Local, adjuntando el patrocinio de 3 (tres) académicos pertenecientes al respectivo claustro elector.

En relación al número de patrocinantes, estos deberán manifestar su adhesión a la candidatura mediante correo electrónico institucional, dirigido al Presidente de la Junta Electoral Local, con copia al respectivo candidato/a, en el que se individualice al postulante, el nombre completo del patrocinante y la unidad académica a la que pertenece. En caso ser un correo electrónico de una cuenta personal y no por correo institucional, debe adjuntar copia de la cédula de identidad por ambas caras, y una imagen legible de la firma.

La nómina de patrocinantes deberá señalar bajo el encabezamiento, el nombre del candidato y el acto electoral de que se trate. Dejará expresa constancia de la numeración correlativa de las personas que la suscriban, apellidos y nombres completos, requisito habilitante del elector y, si correspondiese, jerarquía académica, unidad académica a la que pertenece, número de la cédula nacional de identidad y firma del elector, según documento adjunto. Un elector podrá patrocinar más de una candidatura para una misma elección.

El candidato podrá designar un apoderado general que lo represente ante la Junta Electoral correspondiente.

Claustro elector para representantes académicos Consejo de Escuela de Pregrado.

Los claustros electores estarán integrados, por todos los académicos/as con nombramiento, de cualquier categoría y jerarquía que realicen docencia en los programas de licenciatura, y las carreras profesionales.

Claustro elector para representantes académicos Consejo de Escuela de Postgrado.

Los claustros electores para esta elección estarán integrados, por una parte, por todos los académicos con nombramiento de cualquier categoría y jerarquía que realicen docencia en los programas de magister, y por otra parte los académicos con las mismas características que realicen docencia en los programas de doctorado.

Ponderación del Voto:

  • Académicos que ejerzan cargos Directivos, Profesores Eméritos y aquellos con nombramiento de 22 a 44 horas semanales: Un Voto.
  • Académicos con nombramiento de 7 a 21 horas semanales: Medio Voto.
  • Académicos con nombramiento igual o inferior a 6 horas: Un Octavo de Voto.

Los representantes académicos ante los Consejos de Escuela durarán 2 años en sus funciones, pudiendo optar a otro período consecutivo.

2. ELECCIÓN REPRESENTANTES ESTUDIANTES ANTE LOS CONSEJOS DE LAS ESCUELAS DE PREGRADO Y DE POSTGRADO:

Condiciones de Elegibilidad:

a. Ser estudiante regular de una carrera o programa de la respectiva Escuela al momento de la convocatoria.

Es importante señalar que las condiciones o requisitos de elegibilidad señalados precedentemente requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura

Presentación de Candidaturas:

  • Se efectuará en la Junta Electoral Local, acompañando el patrocinio de cinco (5) estudiantes que pertenezcan al claustro elector.

En relación al número de patrocinantes, estos deberán manifestar su adhesión a la candidatura mediante correo electrónico institucional, dirigido al Presidente de la Junta Electoral Local, con copia al respectivo candidato/a, en el que se individualice al postulante, el nombre completo del patrocinante y la unidad académica a la que pertenece. En caso ser un correo electrónico de una cuenta personal y no por correo institucional, debe adjuntar copia de la cédula de identidad por ambas caras, y una imagen legible de la firma.

La nómina de patrocinantes deberá señalar bajo el encabezamiento, el nombre del candidato y el acto electoral de que se trate. Dejará expresa constancia de la numeración correlativa de las personas que la suscriban, apellidos y nombres completos, requisito habilitante del elector y, si correspondiese, jerarquía académica, unidad académica a la que pertenece, número de la cédula nacional de identidad y firma del elector, según documento adjunto. Un elector podrá patrocinar más de una candidatura para una misma elección. 

El candidato podrá designar un apoderado general que lo represente ante la Junta Electoral correspondiente.

Claustro Elector:

  • El claustro estará compuesto por todos los estudiantes con matrícula vigente en la respectiva Escuela.

Ponderación del voto:

  • Voto igualitario. (voto entero)

Los representantes estudiantiles durarán un año, pudiendo optar a otro período consecutivo.

b. DE LAS ELECCIONES:

En el plazo señalado en la convocatoria, la Junta Electoral Local procederá a confeccionar y publicar el claustro elector correspondiente. Dentro de los siete días siguientes a su publicación, cualquier miembro del claustro podrá presentar ante la Junta Electoral Local reclamos por errores de hecho en la confección de la nómina, destinándose el siguiente horario de 9:30 a 16:30 horas para la recepción de las referidas impugnaciones. Las Juntas Electorales Locales, a su vez, remitirán los referidos reclamos, a la brevedad, a la Junta Electoral Central. Luego de resueltos los reclamos, la Junta Electoral respectiva publicará la nómina definitiva del claustro elector, a través de los referidos medios digitales dispuestos para tales efectos.

Es importante señalar que las condiciones o requisitos de elegibilidad señalados precedentemente requieren estar cumplidos al momento de la inscripción de la respectiva candidatura.

En lo relativo a inscripción de candidaturas, cabe señalar, que los candidatos deberán presentar sus postulaciones dentro del plazo establecido en la convocatoria, esto es entre el lunes 22 al miércoles 24 de agosto de 2022, mediante comunicación dirigida por correo institucional, al Presidente de la Junta Electoral Local, al correo electrónico vicedecanato.filosofia@uchile.cl, bajo el Asunto: PRESENTACIÓN DE CANDIDATURA + Nombre completo, y en cuyo cuerpo se manifieste su voluntad de ser candidato a determinado cargo, señalando nombre completo, cédula de identidad y la unidad a la que pertenece, un número de contacto, el resumen de sus patrocinantes de acuerdo a planilla tipo que se anexa.

Se hace presente que, dada la naturaleza de la votación a través de medios digitales/electrónicos, en estos comicios no son aplicables las normas relativas al voto anticipado, pudiendo ejercer su sufragio, en forma remota, todos quienes se encuentren incluidos en el padrón electoral, aun cuando se encuentren haciendo uso de:

  • Comisión académica o de estudios, siempre que éstos no sobrepasen los cinco años.
  • Feriado legal,
  • Permisos con y sin goce de remuneraciones, siempre que éstos no sobrepasen los cinco años.
  • Permisos administrativo
  • Licencia médica.

Asimismo, no será necesaria la designación de vocales de mesas ni la constitución de las mismas.

El día de la votación, el secretario de la Junta Electoral Local dejará constancia en la respectiva acta de la hora de inicio de la votación, la que se llevará a cabo durante ocho horas consecutivas, pudiendo declararse cerrada antes del cumplimiento de dicho tiempo si hubiesen sufragado todas las personas incluidas en el padrón electoral.

Al término de las ocho horas o habiendo sufragado todos los electores incluidos en el padrón, se dejará constancia del cierre de la votación en la referida acta.

Durante el proceso, toda información que deba transmitirse a la comunidad universitaria se comunicará a través del respectivo sitio web de la unidad académica, de los correos electrónicos oficiales de los interesados y de cualquiera otra plataforma como U-Cursos y U-Campus, que la Junta Electoral Local estime conveniente.

La Junta Electoral Local dispondrá para la recepción de las impugnaciones y reclamos que se verifiquen durante el desarrollo del proceso, el correo electrónico vicedecanato.filosofia@uchile.cl

En lo relativo a las comunicaciones que deban ser dirigidas a las Juntas Electorales Locales, tales como reclamos, impugnaciones, presentación de candidaturas, patrocinios o cualquier otra que surta efectos respecto del proceso eleccionario, éstas deberán realizarse por medio de correos electrónicos institucionales o bien, en su defecto, desde cuentas personales (en el siguiente horario de 9:30 a 16:30 horas), adjuntando copia de la cédula de identidad por ambas caras y de la firma del emisor. Dicha documentación deberá ser enviada debidamente escaneada o fotografiada, de tal manera que permita su legibilidad. La Junta Electoral Local podrá observar la legibilidad de la documentación dentro de las 24 horas, desde su recepción. Para lo cual el interesado dispone de 24 horas para subsanar dicho reparo, teniéndose por no efectuada la comunicación.

De acuerdo con lo preceptuado en el Art. 10 del Reglamento General de Elecciones, D.U. N° 004522 de 2010, tienen derecho a votar los académicos con una antigüedad de, a lo al menos SEIS MESES, contados desde el día de la convocatoria correspondiente:

Cabe señalar, que el proceso por el cual se llevarán a cabo los comicios será mediante el sistema participa.uchile.cl (https://participa.uchile.cl).

Anexos