Temas abordados de forma pionera por la U. de Chile

Ley sobre acoso sexual, violencia y discriminación de género en la educación superior entra en plena vigencia

Ley sobre acoso sexual en universidades entra en plena vigencia
Ley de género
La normativa tiene como finalidad la construcción de espacios seguros en los que se respetan los derechos de todas las personas, y surgió tras las multitudinarias manifestaciones estudiantiles de 2018.
Ley de género
La Universidad de Chile "viene trabajando desde hace años en este tema, antes de que hubiese ley para enfrentar el acoso sexual y la violencia de género. Por lo tanto, al aprobarse esta legislación, ya cumplíamos con la mayoría de los requisitos y las exigencias que allí se establecen", señala la directora de Igualdad de Género, Carmen Andrade.
Ley de género
Actualmente, la U. de Chile cuenta con una Política para Prevenir el Acoso Sexual, un Protocolo de Actuación ante Denuncias, una Oficina de Atención socio jurídica; una Unidad de Investigaciones Especializada; y un equipo de género dentro de la Unidad de Salud Mental de SEMDA.

La Ley 21.369 define el acoso sexual como una manifestación de violencia de género, al señalar que es “cualquier acción o conducta de naturaleza o connotación sexual, sea verbal, no verbal, física, presencial, virtual o telemática, no deseada o no consentida por la persona que la recibe, que atente contra la dignidad de una persona, la igualdad de derechos, su libertad o integridad física, sexual, psíquica, emocional, que cree un entorno intimidatorio, hostil o humillante, o que pueda amenazar, perjudicar o incidir en sus oportunidades, condiciones materiales o rendimiento laboral o académico, con independencia de si tal comportamiento o situación es aislado o reiterado”.

Esta nueva ley responde a lo establecido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Belém do Pará); así como en otras convenciones internacionales ratificadas por Chile en materia de derechos humanos y violencia contra las mujeres.

La normativa tiene como finalidad la construcción de espacios seguros en los que se respetan los derechos de todas las personas, y surgió tras las multitudinarias manifestaciones estudiantiles de 2018, en las que se plantearon demandas concretas para terminar con las prácticas de violencia de género que afectan principalmente a las mujeres estudiantes, funcionarias y académicas.

En efecto, un estudio realizado por la Dirección de Igualdad de Género (DIGEN) en 2016 evidenció que un 26% de personas encuestadas en la Universidad de Chile ha conocido situaciones de acoso sexual en la institución y un 14,7% lo ha sufrido directamente durante su trayectoria universitaria. Las personas afectadas son mayoritariamente mujeres, principalmente estudiantes, y los agresores son hombres, tanto académicos como estudiantes.

Pionera en normativas de género

Carmen Andrade, directora de la DIGEN, señala que “la Universidad de Chile, al igual que otras universidades públicas, viene trabajando desde hace años en este tema, antes de que hubiese ley para enfrentar el acoso sexual y la violencia de género, por lo tanto, al aprobarse esta legislación, ya cumplíamos con la mayoría de los requisitos y las exigencias que allí se establecen. Entonces, lejos de ser difícil de cumplir, más bien vino a consolidar y a fortalecer lo que ya teníamos avanzado. Lo único que está aún en proceso es incorporar esta normativa interna en los contratos laborales, en los convenios y en todas las prestaciones de servicio. En eso está trabajando la Dirección de Gestión de Personas y la Dirección Jurídica”.

Actualmente, la U. de Chile cuenta con una Política para Prevenir el Acoso Sexual; un Protocolo de Actuación ante Denuncias; una Oficina de Atención socio jurídica, que asesora y acompaña durante todo el proceso a las personas que presentan denuncias; una Unidad de Investigaciones Especializada; y un equipo de género dentro de la Unidad de Salud Mental de SEMDA, que realiza atención psicológica reparatoria. También se desarrollan cursos de formación general sobre género y violencias, planes de capacitación y campañas de difusión. Desde el año pasado, además, se está incursionando, junto con la Vicerrectoría de Asuntos Estudiantiles y Comunitarios, en un programa sobre nuevas masculinidades dirigido principalmente a hombres y enfocado en la prevención del acoso sexual y la violencia de género.

En todo este trabajo, el compromiso y la participación de la comunidad universitaria, especialmente de las organizaciones estudiantiles y de funcionarios/as, ha jugado un rol fundamental. Sin embargo, a pesar de los avances, existen aún obstáculos en la implementación de la Política de Prevención, principalmente en lo referido a la demora excesiva que tienen los procesos de investigación. Por ello, la Dirección Jurídica ha reforzado sus equipos de abogados/as y actuarios/as.

“En el debate parlamentario que dio lugar a esta ley, la Universidad de Chile participó activamente, al igual que otras universidades públicas, y muchas de las cuestiones que allí se incorporaron, como por ejemplo la necesidad de tener una política integral y contar con organismos especializados, fueron tomados precisamente de la experiencia de la Universidad de Chile”, agrega Carmen Andrade.

En cuanto a las complejidades para la implementación de esta ley, Andrade destaca que “en conversaciones con otras universidades, se ha planteado que los plazos establecidos en la Ley para algunas instituciones han sido muy cortos. También hay un tema de falta de recursos, porque cuando decimos que hay que constituir instancias especializadas, significa, entre otras cosas, contratar personal capacitado. Por ejemplo, abogadas expertas en género y violencia, profesionales para la atención psicológica reparatoria, entre otros. Todo eso implica recursos que la ley no contempla”.

A pesar de las dificultades, existe consenso en que este es un gran paso, ya que una de las carencias que tenían las universidades para enfrentar el acoso sexual y la violencia de género era la falta de marcos normativos generales. Esta nueva legislación establece, además, que si las Instituciones no cumplen, lo que será fiscalizado por la Superintendencia de Educación Superior, no podrán acceder a la acreditación institucional establecida en la ley de aseguramiento de la calidad.

En la Universidad, el seguimiento de la implementación de la Política de prevención está a cargo del Observatorio de Género y Violencias de la Dirección de Igualdad, y para el seguimiento de la ley se ha constituido una Comisión integrada por todas las unidades que participan en su ejecución.

Esta legislación responde a los cambios socioculturales que demandan mayor igualdad, y el fin del acoso sexual y las discriminaciones hacia las mujeres, hechos ante los cuales las universidades no pueden estar ajenas, y deben dar respuestas institucionales concretas que permitan avanzar hacia una transformación cultural. Este es un camino de largo plazo, en el que la Universidad de Chile está encaminada gracias al compromiso de la Rectoría, y de toda la comunidad triestamental.