Protocolo de recepción denuncias de estudiantes por Acoso Sexual, Violencia de Género, Acoso Laboral o Discriminación Arbitraria

La Dirección de Bienestar y Desarrollo Estudiantil asume un rol de recepción y canalización de denuncias estudiantiles -verbales o escritas- por conductas de Acoso Sexual, Violencia de Género, Acoso Laboral o Discriminación Arbitraria en contra de algún estudiante, funcionario/a, académico/a, personal de colaboración (incluidos/a servidores/as a honorarios y colaboradores/as académicos/as contratados/as de acuerdo a la normativa universitaria), cuando quien denuncia es estudiante de esta Casa de Estudios (artículo 4°, letra c), del D.U. N° 19.942, de 2019, que establece el “Nuevo Protocolo de Actuación ante Denuncias sobre Acoso Sexual, Violencia de género, Acoso Laboral y Discriminación Arbitraria).

Con el objetivo de resguardar y respetar tu privacidad y la de quienes puedan estar involucrados/as en la denuncia, hemos creado el siguiente correo de contacto denuncias.dirbde@uchile.cl. Esta nueva herramienta digital permitirá conducir las denuncias estudiantiles al personal capacitado, y evitar la intervención innecesaria de otros/as funcionarios/as de la DIRBDE.

Otros instrumentos u organismos universitarios receptores de denuncias estudiantiles:

Es importante tener en cuenta que, como estudiantes denunciantes de alguna de las conductas antes mencionadas, se puede elegir libremente al receptor de la denuncia, entre la DIRBDE y los siguientes organismos universitarios e instancias receptoras:

  • Dirección de Igualdad de Género: denuncias por acoso sexual, violencia de género o discriminación arbitraria por razón de género (oficinaacososexual@uchile.cl).

  • El/la Director/a Jurídico/a: para toda denuncia, cualquiera sea la persona denunciante y denunciada (direccionjuridica.rectoria@uchile.cl).

  • El correo electrónico dispuesto por la Universidad (Unidad de Transparencia) para toda denuncia, cualquiera sea la persona denunciante y denunciada: denuncias@uchile.cl.

Se debe tener presente que al momento de recibir la denuncia, el/la funcionario/a receptor/a deberá entregar una copia material o acuse de recibo electrónico de ésta, haciendo constar la fecha de su recepción y la identificación del organismo o funcionario receptor, mediante timbre del organismo o identificación y firma del/la funcionario/a. Además, deberá informar a el o la denunciante sus derechos y efectos legales que pudiese tener la denuncia.

Para mayor información, revisa los instrumentos en documentos adjuntos (costado derecho).

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https://uchile.cl/u178930
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