Definiciones

¿Qué entendemos por acoso laboral?

La ley 20.607 que modifica el Código del Trabajo en sus artículos 2°, 160 y 171 y establece la figura del Acoso Laboral entendida como;

“Toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, y que tenga como resultado para el o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación, o bien, que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo”. (Art. 2 C. del T.)

Esta disposición modifica el Estatuto Administrativo e incluye la figura del acoso laboral para los funcionarios públicos.

Elementos presentes en el acoso laboral

  • Actitud abusiva: Supone abuso de poder se puede expresar en gestos, palabras, actitudes y comportamientos.
  • Repetida y sistemática: Este es un aspecto central de la definición ya que lo que caracteriza al acoso laboral es su repetición y sistematización, no son conductas de una ocurrencia, sino un encadenamiento de comportamientos que se desarrollan en el tiempo.
  • Afecta la dignidad de la persona: Es una conducta que afecta a las personas en sus derechos fundamentales, en su la autoestima y auto percepción, haciéndola sentir degradada.
  • Afecta la integridad física o síquica: Tiene consecuencias en la salud de las personas, tanto física como las enfermedades derivadas del estrés, como sicológicas, produciendo, ansiedad, depresión y/o angustia.
  • Pone en peligro el empleo: La conducta afecta a la persona en su desempeño laboral, por tanto es ese el elemento que está en juego, se cuestiona su desempeño, se dificulta su quehacer y las personas pueden no poder continuar, renunciando o ser desvinculadas.
  • Degrada el clima de trabajo: Afecta el clima laboral, enrarece las relaciones al interior de la organización, ya que además de la víctima, las situaciones de acoso involucran al resto de los integrantes, ya sea en forma activa, siendo parte y cómplice del acoso, o pasivo viendo lo que ocurre a su alrededor, pero ignorando o definitivamente negando lo que ocurre.

Distinguimos tres tipos de acoso laboral

  • Descendente: desde una persona con rol superior hacia el/la subordinado/a.
  • Horizontal: entre personas del mismo rango jerárquico (iguales).
  • Ascendente: desde subordinados/as a su jefatura.

Algunos ejemplos

  • Gritar, avasallar o insultar la víctima cuando está sola o en presencia de personas.
  • Asignar objetivos o proyectos con plazos que se saben inalcanzables o imposibles de cumplir, y tareas que son manifiestamente inacabables en ese tiempo.
  • Sobrecargar selectivamente a la víctima con mucho trabajo.
  • Quitar áreas de responsabilidad clave, ofreciéndole a cambio tareas rutinarias, sin interés o incluso ningún trabajo que realizar.
  • Ignorar o excluir, hablando sólo a una tercera persona presente, simulando su no existencia (ninguneándolo) o su no presencia física en la oficina o en las reuniones a las que asiste (como si fuera invisible).
  • Retener información crucial para su trabajo o manipularla para inducirle a error en su desempeño laboral, y acusarle después de negligencia o faltas profesionales.
  • Difamar a la víctima, extendiendo por la empresa rumores maliciosos o calumniosos que menoscaban su reputación, su imagen o su profesionalidad.
  • Ignorar los éxitos profesionales o atribuirlos maliciosamente a otras personas o a elementos ajenos a él, como la casualidad, la suerte, la situación del mercado, etc.
  • Criticar continuamente su trabajo, sus ideas, sus propuestas, sus soluciones.
  • Animar a otros compañeros/as a participar en cualquiera de las acciones anteriores mediante la persuasión, la coacción o el abuso de autoridad.

Diferencias y similitudes

Maltrato laboral  Acoso laboral

Agresión esporádica
Acción explícita
Conducta generalizada
Objetivo expresar rabia o molestia
Afecta la dignidad de las personas
Es una expresión de violencia en el espacio laboral

Hostigamiento reiterado
Acción discreta
Conducta selectiva a una o unas personas específicas (siempre las mismas)
Objetivo desgastar a víctima/s
Afecta la dignidad de las personas
Es una expresión de violencia en el espacio laboral
 

NO es acoso laboral

  • El estrés: el estrés se asocia a sobrecarga y mala organización del trabajo, pero no es acoso específico hacia una persona.
  • El conflicto: aunque genera situaciones complejas este tiene la posibilidad de ser resuelto, enfrentado, aclarado.
  • Relaciones distantes: aunque las personas no se simpaticen, pueden trabajar juntas en base a relaciones de respeto.  
  • La evaluación de desempeño o retroalimentación periódica: a través de la cual se solicita al trabajador corregir errores específicos de su desempeño, lo que forma parte de la organización del trabajo, sin que constituya acoso.
  • Malas condiciones de trabajo: tampoco constituyen acoso, como tampoco el hecho de que el trabajo existan prácticas reñidas con las normas laborales (malas condiciones de higiene y seguridad, prácticas antisindicales, incumplimiento de jornada, etc), estas son resorte de las tareas de Inspección y pueden ser denunciadas en este ámbito. 
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