Segunda Sesión Extraordinaria, martes 09 de marzo del año 1999

C i t a c i ó n

Por encargo del señor Rector tengo el agrado de invitar y citar a usted a la segunda sesión extraordinaria del Consejo Universitario, que se realizará el día martes 9 de marzo de 1999 a las 9:00 hrs. en la sala Eloísa Díaz , 2° piso, Casa Central.

Tabla

  1. Proyecto de Ley que Norma las Universidades Estatales.
  2. Referéndum universitario.

Nota:

El documento correspondiente al punto 2 de la tabla “Proposición de la Comisión sobre Proyecto Institucional sobre propuestas pendientes del referéndum de la Universidad de Chile realizado en abril de 1998” fue distribuido para la I sesión extraordinaria, del 15 de enero de 1999.

Saluda atentamente a Ud.,

GUIDO MACCHIAVELLO CONTRERAS
Secretario General
Secretario Consejo Universitario



ACUERDOS 2ª SESION

ACUERDO N°6 BIS

Se acuerda constituir una Comisión integrada por los Decanos Sr. Mario Orellana, Sr. Luis Merino y Sr. Antonio Bascuñán para que, coordinadamente con la Rectoría, colaboren en las gestiones vinculadas a la tramitación del Proyecto de ley que norma las universidades estatales.


ACUERDO N°7

El Consejo Universitario acuerda convocar a referéndum a la comunidad universitaria para los días 15 y 16 de abril de 1999 con el objeto de que ésta se pronuncie sobre las propuestas pendientes del referéndum de la Universidad de Chile realizado en abril de 1998.


ACUERDO N°8

El Consejo Universitario acuerda unánimemente formar una Comisión ad-hoc, presidida por el Sr. Prorrector e integrada por los Decanos de las Facultades de Derecho, Arte, Medicina y el Consejero Sr. Andrés Weintraub, para que analice y elabore el texto definitivo de las preguntas que se someterán a referéndum a la comunidad universitaria sobre la base de los acuerdos adoptados en la presente sesión con respecto a cada una de las proposiciones de la CPI sobre las propuestas pendientes del referéndum de la Universidad de Chile realizado en abril de 1998.


ACUERDO N°9

Con relación a las proposiciones de la Comisión sobre Proyecto Institucional sobre las propuestas pendientes del referéndum de la Universidad de Chile y teniendo en consideración lo aprobado en el Acuerdo N° 8 de la presente sesión, el Consejo Universitario acuerda lo siguiente:

A) DEFINICIONES ESTAMENTALES: ESTAMENTO ESTUDIANTIL Y ESTAMENTO FUNCIONARIO

Propuestas 14-15 en la primera vuelta del Referéndum

Se aprueban las proposiciones de la CPI para la segunda vuelta del referéndum eliminándose en ambas la referencia a los derechos políticos y, por tanto, la nota a la que remiten las definiciones. La Nota aludida que se conviene eliminar es la siguiente: "Las dos propuestas en la segunda vuelta del Referéndum deben ir acompañadas con una nota que indique que los derechos políticos se refieren a tener derecho de voz y voto en los órganos y procesos que correspondan, de acuerdo a la normativa que los rija".

Proposición de la CPI para la segunda vuelta del Referéndum:

“14. Definición del Estamento Estudiantil.

Son estudiantes quienes están reconocidos como tales por la Universidad como alumnos de pregrado, post grado o postítulo. Este estamento forma un cuerpo periódicamente renovado que es el destinatario activo de las funciones fundamentales.
EN RELACION A ESTA PROPUESTA, ESTÁ USTED: DE ACUERDO / EN DESACUERDO “

“15. Definición del Estamento Funcionario.

Son funcionarios aquellas personas que, en virtud de un nombramiento vigente, en calidad de planta o contrata, en las categorías de directivos, profesionales, técnicos, administrativos y servicios, realizan funciones de apoyo y colaboración a la misión académica y universitaria en general, y son evaluados y promovidos por un reglamento de carrera funcionaria.
EN RELACION A ESTA PROPUESTA, ESTÁ USTED: DE ACUERDO / EN DESACUERDO “


B) COMPOSICION Y NUMERO DE MIEMBROS DEL CONSEJO NORMATIVO O SENADO

Propuestas 26 y 27 en la primera vuelta del Referéndum

Con relación a la pregunta 26 se aprueba la proposición de la CPI con respecto a dejar sólo las dos opciones más votadas en la consulta (a y b) respecto a la integración del Consejo Normativo.

Con relación a la Presidencia del Consejo Normativo, se acuerda no tomar en cuenta la Nota 10, contenida en la página 11 del documento de la CPI, titulado “Resumen de los resultados del referéndum de la Universidad de Chile” y especificar que el Consejo Universitario se pronunciará al respecto cuando corresponda.

Respecto a la pregunta 27 sobre la composición numérica del Consejo Normativo se aprueba la proposición de la CPI, señalándose el número de integrantes según se apruebe la bi o triestamentalidad.

Proposición de la CPI para la segunda vuelta del Referéndum:

Composición y número de miembros del Consejo Normativo.

Considerando que en la primera etapa del Referéndum la comunidad aprobó la constitución de un Consejo Normativo y que las dos opciones que alcanzaron un mayor apoyo fueron la triestamentalidad (académicos, estudiantes y funcionarios) y la biestamentalidad (académicos y estudiantes), las opciones propuestas son las siguientes:

  • Opción a:
    Consejo Normativo triestamental de 37 miembros: 27 académicos, 8 estudiantes y 2 funcionarios.
  • Opción b:
    Consejo Normativo biestamental de 37 miembros: 28 académicos y 9 estudiantes.

C) REQUISITO ADICIONAL DE ELEGIBILIDAD DE LOS ACADÉMICOS

Propuesta 31 en la primera vuelta del referéndum

Se aprueba la proposición de la CPI para la segunda vuelta del referéndum.

Propuesta de la CPI para la segunda vuelta del Referéndum:

“31. Requisito adicional de elegibilidad.

En el caso de aprobarse la Propuesta 30:

Para ser elegibles al Consejo Normativo, adicionalmente a los requisitos enunciados en la propuesta 30, el nombramiento vigente de los académicos deberá ser:

  • Opción b:
    De a lo menos 22 horas semanales.
  • Opción c:
    Sin restricción horaria.”

D) ESTUDIANTES ELEGIBLES PARA EL CONSEJO NORMATIVO

Propuesta N°32 en la primera vuelta del Referéndum

El Consejo Universitario estima necesario aclarar que esta elegibilidad no se restringe sólo al Consejo Normativo, sino que se relaciona con la participación en general de los alumnos, por lo que debería señalarse que se trata de elegibilidad para todos los organismos colegiados.

Se aprueba la proposición de la CPI, precisándose que, en el caso de los alumnos de postgrado deben estar acreditados por las Escuelas correspondientes y, en los de postítulo, además de la acreditación debe tratarse de programas conducentes a diplomas firmados por el Rector (cursos de especialización de acuerdo a la normativa vigente, independientemente de la duración). En todo caso, se acuerda que la Comisión presidida por el Sr. Prorrector evalúe y determine la redacción más adecuada desde el punto de vista técnico.

Propuesta de la CPI para la segunda vuelta del Referéndum:

“32. Estudiantes elegibles para el Consejo Normativo

Son elegibles los estudiantes regulares de pregrado acreditados por su respectiva Escuela que hayan aprobado como mínimo cuatro semestres o su equivalente en carga académica en su respectiva carrera o programa. Asimismo, son elegibles los alumnos de postgrado y postítulo que estén cursando un programa con una duración mínima de dos años; si cursaron sus estudios de pregrado en la Universidad de Chile, no tendrán restricciones de permanencia para ser candidatos al referido Consejo; si no cursaron dichos estudios en la Corporación, deberán haber aprobado dos semestres o su equivalente en carga académica.

EN RELACION A ESTA PROPUESTA, ESTA USTED: DE ACUERDO / EN DESACUERDO “

E) GENERACION DEL ORGANO EVALUADOR

Propuesta 34 en la primera vuelta del Referéndum

Se aprueba la proposición de la CPI para la segunda vuelta del Referéndum.

Propuesta de la CPI para la segunda vuelta del Referéndum.

“ 34. Generación del Órgano de Evaluación. La generación del Órgano Evaluador Central será por designación del Poder Normativo.

EN RELACION A ESTA PROPUESTA, ESTÁ USTED: DE ACUERDO / EN DESACUERDO “

F) FUNCIONARIOS CON DERECHOS POLITICOS

Propuesta 45 en la primera vuelta del Referéndum

La proposición de la CPI para la segunda vuelta del Referéndum debe corregirse, indicándose que este acápite trata, en verdad, de las condiciones de Elegibilidad de los funcionarios para los organismos colegiados.

Propuesta de la CPI para la segunda vuelta del Referéndum:

“45. Funcionarios con derechos políticos. Los funcionarios de planta tienen derechos políticos y los de contrata los tendrán a partir de un año continuo de permanencia hasta la fecha en que se determine el claustro electoral.

EN RELACION A ESTA PROPUESTA, ESTA USTED: DE ACUERDO / EN DESACUERDO “

G) ELECCION DE RECTOR: CLAUSTRO ACADEMICO

Propuesta 38 en primera vuelta del Referéndum.

Se aprueba acoger la proposición de la CPI sobre la materia.

Propuesta de la CPI para la segunda vuelta del Referéndum:

“38. Elección de Rector: claustro académico.
La elección de Rector por el estamento académico deberá ser mediante:

  • Opción a: Votación de todos los académicos.
  • Opción b: Votación de los académicos con jerarquía de Profesor “.

H) COBERTURA DEL APORTE FISCAL A PROYECTOS ESPECÍFICOS

Propuesta 64 de la primera vuelta del Referéndum.

Se aprueba la propuesta de la CPI para la segunda vuelta del Referéndum.

Propuesta de la CPI para la segunda vuelta del Referéndum:

“64. Cobertura del Aporte Fiscal a Proyectos Específicos. De existir el Aporte Fiscal a Proyectos Específicos descrito en la Propuesta 62, éste debería estar destinado:

  • Opción a: Sólo a las universidades estatales.
  • Opción b: Sólo a las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores.“

I) COBERTURA DEL APORTE FISCAL PARA FINANCIAMIENTO ESTUDIANTIL

Propuesta 65 en la primera vuelta del Referéndum

Propuesta de la CPI aprobada.

Propuesta de la CPI para la segunda vuelta del Referéndum:

“65. Cobertura del Aporte Fiscal para financiamiento estudiantil. De existir el Aporte Fiscal por concepto de financiamiento estudiantil descrito en la Propuesta 62, éste debería estar destinado:

  • Opción b:
    Sólo a los estudiantes de las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores.
  • Opción c:
    A los estudiantes de cualquier institución de Educación Superior debidamente acreditada, incluyendo los Institutos Profesionales y los Centros de Formación Técnica“.

J) COBERTURA DEL APORTE FISCAL A FONDOS DE INVESTIGACION, CREACION Y POSTGRADOS

Propuesta 66 en la primera vuelta del Referéndum

Propuesta de la CPI aprobada.

Propuesta de la CPI para la segunda vuelta del Referéndum

“66. Cobertura del Aporte Fiscal a Fondos de Investigación, Creación y Postgrados. De existir el Aporte Fiscal a Fondos de Investigación, Creación y Postgrados descrito en la Propuesta 62, éste debería estar destinado:

  • Opción a: Sólo a las universidades estatales
  • Opción b: Sólo a las universidades pertenecientes al Consejo de Rectores “.

Asimismo el Consejo Universitario aprueba la proposición de la CPI de no someter a consulta las propuestas 70, 74 y 78 de la primera vuelta sobre GESTION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, CONTRATO A HONORARIOS y MECANISMOS DE FINANCIAMIENTO ESTUDIANTIL, respectivamente.

 

 
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