Columna de Opinión:

Gobierno de la Universidad de Chile y Proyecto de Ley de Universidades Estatales

Gobierno de la U. de Chile y Proyecto de Ley de Ues estatales
"La Universidad de Chile ha demostrado que la eficiencia y la democracia universitaria son compatibles", plantean los integrantes del CCI en esta columna.
"La Universidad de Chile ha demostrado que la eficiencia y la democracia universitaria son compatibles", plantean los integrantes del CCI en esta columna.

El director del Centro de Estudios Públicos (CEP) y ex ministro de Educación del ex presidente Sebastián Piñera Harald Beyer manifestó el sábado 19 de agosto su opinión respecto de la forma de gobierno universitario que plantea el proyecto de ley sobre universidades estatales. Beyer, en esa oportunidad, se refiere en particular a la Universidad de Chile.

Tras contrastar el sistema de gobierno de nuestra Universidad —fruto, según sus palabras, de una “reflexión profunda” a partir de la tragedia que significó el período de intervención de las universidades— con el diseño que presenta el proyecto de ley —que califica de “muy rústico”—, Beyer sostiene, sin embargo, que este último no sería incorrecto en su espíritu.

Lo que no considera Beyer -quien fue representante de Sebastián Piñera en el Consejo Universitario entre octubre de 2010 y marzo de 2012- es que la estructura de gobierno de la Universidad de Chile obedece a un proceso democrático de reflexión institucional. Este tuvo su origen en el movimiento de 1997, cuando la comunidad universitaria demandó un Estatuto acorde con el carácter estatal y nacional de la Universidad, y con principios de participación, distribución de poderes y autonomía universitaria. Tras años de trabajo y consulta de la comunidad, el 10 de marzo de 2006,  bajo la Presidencia de Ricardo Lagos, se promulgó el DFL N°3 del Ministerio de Educación, que fijó el Estatuto vigente. Este establece tres órganos superiores: el Rector, el Consejo Universitario y el Senado Universitario. Mientras los dos primeros ejercen las funciones ejecutivas, el Senado tiene la función normativa y estratégica. Existe también un Consejo de Evaluación, con función de superintendencia encargado garantizar la calidad institucional.

Contra lo que podría deducirse de la columna, la historia de los órganos superiores no nace con el retorno a la democracia. En particular, el Consejo Universitario ya figuraba en la Ley que creó la Universidad en 1842, con el nombre de Consejo de la Universidad. La reforma de 1931 hace referencia expresa a la denominación actual. Por su parte, el Senado Universitario es continuación del Consejo Normativo Superior que establecía el Estatuto de 1971. Integrado por el Rector, 27 académicos de distintas facultades e institutos, siete estudiantes y dos funcionarios no académicos, permite pensar la institución como un todo y proyectar su futuro de modo inclusivo y consistente. El Consejo de Evaluación, innovación del texto de 2006 que contribuye a garantizar la calidad institucional, no se contempla en el proyecto ni en la columna del Sr. Beyer.

El proyecto de ley reemplaza el Consejo Universitario, presidido por el Rector e integrado por todos los decanos de las facultades -que son elegidos por los académicos-, por un Directorio, al que denomina “Consejo Superior“. En este habría fuerte presencia de consejeros externos designados por el gobierno de turno, una participación minoritaria del cuerpo académico y un poder disminuido del Rector. A ello, agrega un órgano consultivo triestamental, con funciones muy reducidas.

La comunidad de la Universidad de Chile valora la necesidad de una Ley de Universidades Estatales, pero rechaza la forma de gobierno del proyecto actual, que constituye un evidente atentado contra la autonomía académica y financiera y la historia de la Universidad. Por la conciencia que tiene de su rol público y de su relevancia para la nación, la Universidad de Chile se caracteriza por la participación de su comunidad tanto en el debate como en la toma de decisiones estratégicas en las temáticas que afectan su futuro. Esto no podría ser de otro modo, ya que su soberanía se encuentra expresamente reconocida en su Estatuto, que es ley de la República, y se ejerce por las autoridades y órganos universitarios respectivos, que, en nuestro caso, representan a la comunidad universitaria toda.

Harold Beyer expone algunas posibles modificaciones al proyecto. Así, propone que el Senado pudiera mantener algunas de sus funciones actuales, como las referidas a las políticas académicas. También plantea que podría disminuirse la injerencia gubernamental en el nombramiento de los consejeros externos, algo que ocurre, por ejemplo, en la designación de los consejeros de Televisión Nacional. Apoya sus propuestas con ejemplos de algunas universidades prestigiosas, sin considerar el modo en que ha funcionado hasta hoy el gobierno de las universidades estatales en el país. Con respecto al sistema de elección de rector de la Universidad de Sao Paulo a partir de una terna elegida por la asamblea universitaria —el modelo más cercano de los mencionados—, Beyer no informa sobre los conflictos generados en aquellos casos en que el gobernador no ha elegido al primero de la lista propuesta.

La Universidad de Chile ha demostrado que la eficiencia y la democracia universitaria son compatibles. Así lo indican los principales rankings internacionales, como  el recien publicado de Shanghái, que la ubica como líder del país por decimoquinto año consecutivo y como una de las instituciones más relevantes de la región.

Pero más allá de los resultados, o de  algún cambio puntual en la propuesta del Gobierno, es imprescindible una discusión seria que incluya efectivamente a las comunidades universitarias organizadas. Así, los cambios tendrán un apoyo amplio que permita garantizar su perdurabilidad. Esto es más imperioso aun, considerando que el proyecto de ley presenta aspectos críticos en otras áreas, como el estatus jurídico de los funcionarios no académicos, las limitaciones al crecimiento de la matrícula, y el escaso financiamiento que se otorgaría a las universidades del Estado.

Ennio Vivaldi, Rector de la U. de Chile

REPRESENTANTES DEL CONSEJO UNIVERSITARIO

María Olivia Mönckeberg, directora del Instituto de la Comunicación e Imagen

Davor Harasic, de la Facultad de Derecho

Santiago Urcelay de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias

Roberto Aceituno, decano de la Facultad de Ciencias Sociales

REPRESENTANTES DEL SENADO UNIVERSITARIO

Guillermo Soto, vicepresidente del Senado Universitario

Claudio Olea, Florencia Infante, Daniel Burgos, Patricia Gómez, senadores universitarios

REPRESENTANTES DEL CONSEJO DE EVALUACIÓN

María Cecilia Hidalgo, presidenta del Consejo de Evaluación

Luis Valladares, vicepresidente del Consejo de Evaluación

REPRESENTANTES GREMIALES

Daniel Andrade, presidente de la Fech

Héctor Díaz, presidente de la Acauch

Miryam Barahona, presidenta de la Fenafuch

Vicente Neira, presidente del Sitrauch