Senado Universitario entregó indicaciones sobre proyecto de ley de Universidades Estatales

Senado entregó indicaciones sobre reforma a Universidades Estatales
El Senado Universitario presentó una propuesta de indicaciones al proyecto de ley sobre Ues Estatales, en las que se enfatiza la necesidad de mejorar el sistema de financiamiento de la reforma.
El Senado Universitario presentó una propuesta de indicaciones al proyecto de ley sobre Ues Estatales, en las que se enfatiza la necesidad de mejorar el sistema de financiamiento de la reforma.
Presentación del análisis del Senado Universitario sobre proyecto de ley en la sesión del martes 8 de agosto de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.
Presentación del análisis del Senado Universitario sobre proyecto de ley en la sesión del martes 8 de agosto de la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.
Marcha del 10 de Agosto en el marco del acto de reflexión sobre el proyecto de Universidades del Estado  que se llevó a cabo en la Casa Central de la U. de Chile.
Marcha del 10 de Agosto en el marco del acto de reflexión sobre el proyecto de Universidades del Estado que se llevó a cabo en la Casa Central de la U. de Chile.

El Senado Universitario de la Universidad de Chile entregó una serie de indicaciones a los miembros de la Cámara de Diputados sobre la reforma a las Universidades del Estado. Este análisis se configura como un complemento a las indicaciones realizadas por el Comité de Coordinación Institucional (CCI) de la Casa de Bello, y tiene la intención de incidir en la construcción de un proyecto que mantiene a las comunidades expectantes luego de hacerse presente su "suma urgencia", lo que implica que tanto su discusión como su votación en la Cámara deba realizarse en el plazo de 15 días.

Conoce el calendario de sesiones para la discusión en la Cámara de Diputados aquí.

Dentro de los puntos relevantes de la propuesta presentada por el órgano triestamental, se encuentra la incorporación explícita de la obligatoriedad del Estado respecto al resguardo de la calidad y al correcto funcionamiento del sistema de educación superior estatal en su conjunto, dejando en claro el deber del Estado en estos asuntos.

La necesidad de concebir a las Universidades Estatales como un motor de desarrollo para el país también forma parte de los planteamientos presentados por el Senado. Es por esto que el documento agrega la idea de conferirles la responsabilidad de colaborar con los órganos del Estado que así lo requieran, con el fin de contribuir a satisfacer los intereses generales de nuestra sociedad.

El actual proyecto -luego de las indicaciones ingresadas por el Mineduc- contempla una excepcionalidad en cuanto a las normas sobre gobierno universitario, para aquellas instituciones cuyos estatutos hayan entrado en vigencia con posterioridad al 11 de marzo de 1990. Esto siempre y cuando éstas propongan un mecanismo institucional permanente que asegure la participación y corresponsabilidad del Estado en la aprobación del Plan de Desarrollo Institucional y del presupuesto de la universidad. De no cumplir dichas condiciones dejarían de recibir recursos públicos.

Ante esta situación el Senado plantea otorgar excepcionalidad sin condicionar el financiamiento, posibilitando a las Universidades de Chile, Los Lagos, Tecnológica Metropolitana, de O´Higgins y de Aysén que conserven sus actuales estatutos. Lo anterior, dado que todas las instituciones ya mencionadas -salvo la U. de Chile- poseen mecanismos que aseguran la corresponsabilidad del Estado en temas relativos al presupuesto y Plan de Desarrollo institucional. Por lo tanto, la Casa de Bello sería la única obligada a modificar sus estatutos. 

Financiamiento y fortalecimiento a las Universidades del Estado

Luego de las modificaciones ingresadas por el Mineduc, se logró avanzar considerablemente en dimensiones como la democratización universitaria y las condiciones laborales de los funcionarios, sin embargo, el sistema de financiamiento no sufrió cambios y seguiría siendo insuficiente para concretar un real fortalecimiento al sistema de educación superior estatal.

El documento entregado por el órgano colegiado establece la necesidad de otorgar gratuidad - por el sólo ministerio de la ley- a las instituciones de educación superior del Estado en lo referido a estudios conducentes a títulos o licenciaturas.

Así mismo, se propone el Aporte Fiscal Directo como principal fuente de financiamiento basal otorgado por el Estado a sus universidades, el que deberá ser equivalente al menos al 50% del presupuesto de cada universidad. Respecto a los Convenios Marco –actual instrumento de financiamiento en la reforma- constituirían un complemento al financiamiento directo y en ningún caso  lo reemplazarían.

El fortalecimiento y expansión del sistema de educación superior estatal constituye un aspecto central para el Senado Universitario. Por ende, dentro de las indicaciones se define el incremento de matrículas como una de las líneas de acción del plan de fortalecimiento propuesto en el proyecto de ley, visibilizando la necesidad de equilibrar el sistema de educación superior en nuestro país, que actualmente es mayoritariamente privado.

Periplo del proyecto sobre Universidades del Estado

El proyecto de ley sobre Universidades Estatales fue ingresado el 6 de junio de 2017 al Senado de la República, pero fue retirado el 13 de julio y reingresado a la Cámara de Diputados el 17 de julio, con un nuevo inciso que estipula que las Universidades que no adapten sus estatutos a las condiciones explicitadas no recibirán financiamiento público. En la jornada del 5 de septiembre la Comisión de Educación dio luz verde a la idea de legislar la iniciativa.

El 11 de septiembre el Ejecutivo presentó indicaciones al proyecto de ley, entre las cuales -además de la excepcionalidad para las instituciones cuyos estatutos hayan entrado en vigencia con posterioridad al 11 de marzo de 1990- se encuentran las modificaciones a la situación laboral de los funcionarios, quienes seguirían bajo el Estatuto Administrativo; al Consejo Universitario, que ahora además de ser consultivo tendría atribuciones resolutivas en materias del quehacer institucional y académico; y al Consejo Superior, que estaría compuesto en su mayoría por miembros de la Universidad.