Ingresan indicaciones del Senado Universitario a discusión de la Cámara Alta sobre leyes de Educación Superior

Ingresan indicaciones a proyectos de Educación Superior en el Senado
El Senado Univeristario logró que fueran ingresadas algunas de sus indicaciones sobre los proyectos de ley de educación superior, hoy en discusión en el Senado de la República.
El Senado Univeristario logró que fueran ingresadas algunas de sus indicaciones sobre los proyectos de ley de educación superior, hoy en discusión en el Senado de la República.

El Proyecto de Ley de Reforma a la Educación Superior se encuentra en segundo trámite constitucional en el Senado de la República y en este contexto los Senadores y el Ejecutivo ingresaron un total de 615 indicaciones, dentro de las cuales se encuentran las 9 elaboradas por el Senado Universitario y presentadas a través del Senador de la República Carlos Montes. El detalle a continuación, según número de indicación ingresada:

Indicaciones al proyecto de Reforma a la Educación Superior: 

  • N° 11 Educación Superior como un derecho social. (N° 1 del Documento del SU)
  • N° 235 Forma de gobierno en universidades privadas donde se garantiza participación de la participación con reconocimiento estatutario. (N° 2 del Documento del SU)
  • N° 461 Adecuación conceptual de "Instituciones de educación superior organizadas como personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro" en vez de universidades, institutos y centros de formación técnica. (N° 3 del Documento SU)
  • N° 473 Expreso reconocimiento de gratuidad para instituciones de educación superior estatal por el solo ministerio de la ley (N°4 del Documento SU)
  • N° 513 Expreso reconocimiento de gratuidad para instituciones de educación superior estatal por el solo ministerio de la ley (N° 5 del Documento SU)
  • N° 556 Reglamento de Carrera Académica para universidades personas jurídicas de derecho privado (N° 6 del Documento SU)
  • N° 557 Reconocimiento a órganos superiores de gobierno en universidades privadas (N° 6 del Documento SU)
  • N° 585 Sobre transitoriedad en los procedimientos de acreditación; plazos; requisitos. (N° 7 del Documento SU)
  • N° 586 Sobre transitoriedad en los procedimientos de acreditación; plazos; requisitos. (N° 7 del Documento SU)

Las 615 indicaciones se comenzaron a votar hoy viernes 12 de enero y se continuará a partir del día lunes de la próxima semana.

Revise en detalle el contenido de cada una de estas indicaciones.

Indicaciones al proyecto de Universidades Estatales

Con respecto al Proyecto de Ley sobre Universidades Estatales, también alojado en el Senado, fueron ingresadas 231 indicaciones, de las cuales 10 fueron elaboradas por el Senado Universitario y, de igual forma, presentadas a través del Senador de la República Carlos Montes, quien atendió la solicitud efectuada por el órgano normativo de la U. de Chile.

Indicaciones al proyecto de Universidades Estatales:

  • N° 12 Mantener concepto de autonomía universitaria presente la Ley General de Educación (N° 1 del Documento del SU)
  • N° 40 Incorporar como obligación general del Estado, velar por la calidad y el correcto funcionamiento del sistema de educación superior estatal en su conjunto, fomentando equidad y pertinencia, así como también gratuidad para estudios conducentes a títulos o licenciaturas. (N° 2 del Documento del SU)
  • N° 166 Normas sobre gratuidad, financiamiento del Estado y colaboración con los órganos del Estado (N° 3 del Documento SU)
  • N° 165 Convenios Marcos como complemento a las fuentes de financiamiento directo. (N° 4 del Documento SU)
  • N° 172 Nueva norma sobre otras fuentes de financiamiento (N° 5 del Documento SU)
  • N° 175 Propuesta de incorporar el Plan de Fortalecimiento como norma transitoria y no permanente (N° 6 del Documento SU)
  • N° 214 Sobre excepcionalidad en la aplicación de normas comunes a las Ues. del Estado, como norma final (N° 7 del Documento SU)
  • N° 224 Modificación art. transitorio que evite condicionalidad de financiamiento a determinada forma de gobierno para ues. que tengan vigentes estatutos post 1990. (N° 8 del Documento SU)
  • N° 230 Norma que faculta al Presidente de la República para que mediante uno o más decretos con fuerza de ley modifique estatutos de ues. estatales que ya hayan modificado sus estatutos con anterioridad a la presente ley. (N° 9 del Documento SU)
  • N° 232 Nuevos artículos transitorios sobre gratuidad; colaboración con los órganos del Estado; Plan de Fortalecimiento; Líneas de acción del Plan de Fortalecimiento; y sobre integrantes del Comité y Secretaría Técnica. (N° 10 del Documento SU)

Las 232 indicaciones comenzaron a ser votadas desde las 15:00 hrs. de hoy viernes 12 de enero.

Revise en detalle el contenido de cada una de estas indicaciones.

Más informaciones en el Observatorio Legislativo de las Reformas a la Educación Superior