Columna de opinión

El Derecho Constitucional a la Alimentación

El Derecho Constitucional a la Alimentación

Como parte del debate sobre la necesidad de una nueva Constitución para Chile, como Grupo Transdisciplinario de Obesidad de Poblaciones (GTOP) queremos plantear la necesidad de pensar en la alimentación como un derecho constitucional, porque es un asunto de valores superiores sobre lo que somos y queremos ser como Nación, y el reconocimiento que el Estado no puede ser neutral en la forma de garantizar su accionar sobre la materialidad de los factores que la determinan.

¿Por qué es necesario incluir este derecho en la nueva Constitución y en políticas públicas que se deriven de este nuevo orden institucional? Porque en la alimentación de nuestra población se expresa una profunda desigualdad.

Una alimentación adecuada tanto en cantidad y calidad a través de todo el ciclo vital del individuo garantiza una vida digna, plena y reduce el riesgo de múltiples enfermedades, asegurando de esta forma otro derecho fundamental que es la salud.

Es deber del Estado preocuparse por mantener a la ciudadanía sana. El derecho a la alimentación está garantizado en varias constituciones en el mundo, sin embargo, la nuestra no hace referencia a este fundamental elemento de equidad, vinculado a la salud y al buen vivir.

Cuando hablamos del derecho a la alimentación estamos hablando de que debe ser saludable para las personas y para el planeta, debe ser sostenible, inocua, diversa y multicultural, es decir el Estado debe garantizar la soberanía y seguridad alimentaria.

La actual crisis social nos obliga a repensar el modelo vigente basado en la ilusión de elegir, que deja la alimentación de la población a cargo de los intereses del mercado y la industria alimentaria. Creemos necesario trasladar la responsabilidad de la alimentación saludable desde los individuos al Estado. Este debe garantizar, mediante medidas estructurales, que el entorno agrícola y marino, educacional, laboral y territorial sea saludable y permita que las personas tengan acceso, disponibilidad y utilización de alimentos sanos y seguros, pertinentes a sus preferencias y tradiciones culturales. El entorno alimentario debiese favorecer un tipo de alimentación local, natural, que promueva la tradición culinaria y el compartir colectivo en torno a ella.

Para que este derecho se cumpla es preciso contar con políticas, planes, estrategias, programas y proyectos en distintos ámbitos en forma simultánea. Deberíamos considerar fortalecer las medidas de información y protección de la población de la influencia del marketing, incorporar impuestos a los alimentos no saludables, garantizar el acceso a las fuentes de aguas naturales, incentivos y subvención a la producción y obtención de alimentos saludables, rediseño participativo de las guías alimentarias poblacionales con pertinencia cultural y geográfica, e incorporar la educación alimentaria integral de manera transversal en todas las etapas educativas, entre otras políticas públicas. Es decir, más Estado y mejor regulación del sector privado.

Es necesaria una nueva mirada transdisciplinar de la alimentación con participación ciudadana vinculante, si queremos avanzar al concepto de salud en todas las políticas que propone la Organización Mundial de la Salud. No podemos seguir mirando la alimentación sólo desde una lógica de cobertura de requerimientos nutricionales, sin considerar integralmente el sistema alimentario incorporando al menos lo sanitario, agronómico, pesquero, económico, cultural, social y político. Una alimentación garantizada constitucionalmente es fundamental en la mantención de la salud de la población, partiendo por el cuerpo y la afectividad de las personas e incluyendo la generación de vínculos sociales positivos.