Senado aprobó "idea de legislar" sobre las modificaciones al Estatuto de la Universidad de Chile

Senado aprobó "idea de legislar" sobre modificaciones al Estatuto
El Senador Rodrigo Baño, presidente de la Comisión de Estatuto, junto al Senador Sebastián Aylwin, secretario de la Comisión.
El Senador Rodrigo Baño, presidente de la Comisión de Estatuto, junto al Senador Sebastián Aylwin, secretario de la Comisión.
Rector Víctor Pérez y Senador Pedro Cattan, Vicepresidente del Senado Universitario.
Rector Víctor Pérez y Senador Pedro Cattan, Vicepresidente del Senado Universitario.
La plenaria del Senado aprobó el 12 de diciembre el Protocolo de Tramitación de la Propuesta de Reforma al Estatuto U. de Chile.
La plenaria del Senado aprobó el 12 de diciembre el Protocolo de Tramitación de la Propuesta de Reforma al Estatuto U. de Chile.
Fue consensuado además el Calendario Temático de discusión de la Propuesta.
Fue consensuado además el Calendario Temático de discusión de la Propuesta.
El Senado Universitario determinó que las modificaciones al Estatuto serán tratadas semana por medio.
El Senado Universitario determinó que las modificaciones al Estatuto serán tratadas semana por medio.

Hace poco más de un año la Comisión de Estatuto fue creada por el Senado Universitario para estudiar y presentar una propuesta de modificaciones a la carta fundamental de la Universidad de Chile, el cuerpo normativo que da forma legal a la Universidad de Chile y que consigna temas tan fundamentales como su carácter, misión, estructura orgánica, funciones de los distintos organismos, reconocimiento a los estamentos que la conforman, forma de gobierno interno y participación de sus miembros, entre otros temas.

Los avances en el trabajo de la Comisión fueron presentándose sucesivamente ante la plenaria del Senado, comenzando por dar cuenta de las reuniones de trabajo con autoridades y dirigentes gremiales de la Universidad de Chile, seguido de la presentación de una propuesta genérica con lineamientos de los temas centrales a abordar, hasta llegar a la presentación formal de la Propuesta de Modificaciones el pasado 14 de noviembre. (Revise el documento de la Propuesta de Modificaciones al Estatuto y el Paralelo con el Estatuto vigente)

Continuando el proceso, este 5 de diciembre el Senado acordó un "Protocolo de Tramitación" de la propuesta de reformas, que según el presidente de la Comisión de Estatuto, el Senador Rodrigo Baño, se estimó "necesario por la importancia que reviste una reforma estatutaria" y para dejar claramente establecido lo relacionado a "los quórums de aprobación" en el Senado. 

Así es como el 12 de diciembre pasado se llegó a la aprobación en forma general de la Propuesta de Modificaciones presentada por la Comisión, por 18 votos a favor, 7 en contra y 4 abstenciones, lo que permite iniciar la discusión en la plenaria. Junto a ello, fue consensuado un calendario temático para organizar la discusión.

Protocolo de Tramitación

El Senador Baño precisó que el Protocolo se enmarca en lo estipulado por la normativa vigente. En el caso del actual Estatuto de la Universidad, se señala en su artículo 25 que: "Corresponderá al Senado Universitario: a) Aprobar... las propuestas de modificación al Estatuto que deban someterse al Presidente de la República para su trámite respectivo". Agrega, en su segundo inciso, que "Las propuestas de modificación de los Estatutos deberán presentarse por escrito ante el Secretario del Senado, suscritas por el Rector o por un tercio de los integrantes del Senado, y contener proposiciones concretas. En lo demás, estas propuestas deberán ajustarse a lo que establezca el Reglamento Interno del Senado".

Luego, el artículo 25 en su letra i), que se refiere a la convocatoria a consultas, agrega que "Con todo, la consulta a la comunidad universitaria será obligatoria respecto de las propuestas de modificación a los Títulos I y II del presente Estatuto, que se sometan a su decisión de acuerdo con la letra a) de este artículo".

El presidente de la Comisión de Estatuto explicó que el Reglamento Interno del Senado señala que los acuerdos se aprueban con la mayoría simple de los senadores presentes, con lo que repite la norma genérica que establece el inciso final del artículo 24 del Estatuto. A su vez, el Reglamento Interno del Senado señala que la aprobación de reglamentos requiere la mayoría absoluta de los presentes. No existiendo norma específica que especifique el quórum de aprobación de reformas al estatuto, planteó el Prof. Baño que frente a las alternativas, el Protocolo propuesto a la plenaria y aprobado por 26 votos a favor y 1 en contra, optó por la segunda opción de mayoría absoluta, debido a la importancia que reviste la materia tratada.

El Protocolo de Tramitación establece los siguientes procedimientos:

1. Aprobación: aplicar quórum aprobatorio como reglamento y no como acuerdo simple, requiriendo su aprobación mayoría absoluta de los presentes (inciso 2° del art. 38 del Reglamento Interno del Senado).

2. Tramitación: de acuerdo al procedimiento de reglamentos complejos (Art. 32 del Reglamento Interno del Senado) que comprende las siguientes votaciones: a.- en general, b.- artículo por artículo y c.- del texto definitivo en su totalidad.

3. Agrupación de artículos: de acuerdo a ejes temáticos de la reforma, para su presentación en la plenaria y su votación conjunta o consecutiva.

4. Procedimiento para la ampliación de alternativas: cuando se someta un asunto a discusión cualquier senador podrá proponer a la plenaria -previo a la votación de la moción- votar que la Comisión presente más de una alternativa; de aprobarse dicha moción se suspende la discusión sobre dicho tema hasta que la Comisión traiga una nueva propuesta que contenga dos alternativas para que ambas sean sometidas a referéndum.

5. Tiempo para la discusión: Que la propuesta de modificación del Estatuto se presente como punto en tabla de la plenaria del Senado semana por medio.

Todas las propuestas u opiniones de la comunidad deben canalizarse a través de los Senadores Universitarios. (Revise los nombres y las unidades académicas donde pertenecen)

Calendario temático

El orden temático acordado para la discusión de la Propuesta de Modificaciones al Estatuto de la Universidad de Chile es el siguiente:

1.- DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS ÓRGANOS SUPERIORES DE LA UNIVERSIDAD

a.    Aprobación de los reglamentos universitarios.

b.    Elaboración y aprobación del presupuesto de la Universidad.

c.    Creación, modificación o supresión de unidades.

d.    Establecimiento de la planta del personal académico y no académico de la Universidad y límite de académicos en la contrata.

e.    Reemplazo de términos ambiguos, tales como "opinión" o "pronunciamiento".

f.    Eliminación de los quórum supra mayoritarios, por mayoría absoluta de integrantes.

g.    Interpretación de las normas del Estatuto.

h.    Creación y organización de sociedades, corporaciones o fundaciones.

i.    Investigaciones de hechos relativos al funcionamiento de la Universidad.

j.    Fijación de aranceles.

2.- DE LA COMPOSICIÓN DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS

a.    Propuestas relativas al Consejo Universitario:

  • Agregar la participación con derecho a voto de los Directores de Institutos de Rectoría y de un representante gremial por cado uno de los tres estamentos.
  • Representantes del  Presidente de la República designados y destituidos con acuerdo del Senado de la Nación. Terminar con ejercicio ad honorem para permitir su eventual remuneración.
  • El Prorrector como Secretario del Consejo Universitario.

b.    Propuestas relativas al Senado Universitario:

  • Presidido por uno de los académicos que lo integra.
  • Rector con atribuciones de: a) asistir a sus sesiones, b) incorporar en forma preferente asuntos a debate y c) vetar acuerdos en materias reglamentarias.
  • Modificación de la representación de los estamentos: académicos 24, estudiantes 10 y funcionarios no académicos
  • Académicos elegidos por todos sus pares de la Universidad, mediante sistema que asegure al menos un representante por cada facultad.
  • Nueva causal de cesación en la función de integrante del Senado, por inasistencia reiterada.

c.    Propuestas relativas al Consejo de Facultad:

  • Incorporar participación, con derecho a voto, de estudiantes y funcionarios no académicos.
  • Participación sólo con derecho a voz de Directores de Escuela y de Centros de carácter temporal e integrantes del Senado.

3.- DE LA ELECCIÓN DE AUTORIDADES UNIPERSONALES:

a.    Elección de Rector, Decanos y Directores de Institutos de Rectoría de acuerdo a la siguiente ponderación: a) académicos: 60%, b) estudiantes: 25% y c) funcionarios no académicos: 15%.

b.    Sólo podrán votar académicos y funcionarios no académicos con, al menos, un año de antigüedad en la Institución.

c.    Derecho de los Profesores Eméritos a votar en la elección de Rector.

d.    Reconocimiento legal de la elección de Directores de Departamento e Institutos de Facultad por los académicos de la unidad.

e.    Características generales del sufragio: secreto, directo, personal e indelegable. Posibilidad de ponderar el voto de los académicos sólo por jornada.

4.- OTRAS MODIFICACIONES:

a.    Modificar denominación del "personal de colaboración" por "funcionarios no académicos".

b.    Posibilidad de la Universidad de conferir títulos técnicos.

c.    Cambio de nombre del "Consejo de Evaluación" por "Consejo de Evaluación de la Calidad Institucional" y ubicación  dentro de un nuevo Título Tercero denominado "Otras Autoridades y Órganos de la Universidad".

d.    Término del carácter inamovible del Contralor Universitario, fijando 4 años de plazo en sus funciones.

e.    Docencia impartida, como regla general, por los académicos de la Universidad.