Universidad de Chile

Consejo Universitario

Misión y funciones del Consejo Universitario

consejo universitario

El Consejo Universitario es el organismo superior de la Casa de Bello encargado de aprobar las decisiones del más alto nivel en conformidad a la normativa del Estatuto de la Universidad de Chile, fijando así su orientación global.

Está compuesto por el Rector, quien lo preside, el Prorrector, los Decanos, tres académicos designados por el propio Consejo entre los miembros de la más alta jerarquía académica, uno de los cuales debe ser Director de Instituto Interdiciplinario y por dos Consejeros designados por el Presidente de la República.

Los académicos designados por el Consejo Universitario durarán un año en sus funciones, pudiendo ser nombrados por un nuevo periodo.

Los integrantes de designación presidencial ejercerán sus funciones por un período de tres años, y podrán cesar con anterioridad si el Presidente de la República así lo dispone.

El desempeño del cargo de Consejero será Ad Honorem.

El quórum para sesionar será el de la mayoría de sus integrantes.

Los acuerdos se adoptarán por simple mayoría de los asistentes, salvo que este Estatuto o un Reglamento establezca una mayoría superior . Para el caso de nombramiento del Prorrector se requerirá la aprobación por la mayoría absoluta de los integrantes del Consejo Universitario.

Se desempeñará como Secretario del Consejo la persona que se designe al efecto.

Son funciones y atribuciones del Consejo Universitario de la Universidad de Chile las siguientes:

 

Aprobar la política global de desarrollo de la Universidad y los planes de mediano y largo plazo destinados a materializarla;

Aprobar el presupuesto de la Corporación;

Aprobar el nombramiento de las Autoridades Superiores, Centrales y de Facultad;

Aprobar la estructura orgánica general de la Universidad y sus modificaciones;

Aprobar las contrataciones de empréstitos con cargo a fondos de la Universidad;

Aprobar la creación, modificación y supresión de grados y los títulos profesionales que correspondan;

Aprobar la enajenación de bienes raíces;

Pronunciarse sobre la cuenta anual del Rector;

Aprobar el reglamento interno de Consejo Universitario;

 Requerir del Rector, o a través de él, los antecedentes que se estime necesarios para el ejercicio de sus atribuciones;

Resolver en última instancia las apelaciones a las medidas disciplinarias de exoneración, expulsión y cancelación de matrícula aplicadas a académicos, funcionarios y estudiantes, conforme a Reglamento;

Proponer al Presidente de la República la remoción del Rector. El acuerdo respectivo deberá adoptarse por los dos tercios de sus miembros; y,

Proponer al Presidente de la República las modificaciones al Estatuto de la Universidad de Chile

 

Secretaría del Consejo
Abogada: Graciela Garay Ulloa
Secretaria: Soledad Cortés Romero
Dirección provisional: Diagonal Paraguay 265, of. 404
Teléfonos: +562 29781040 / +562 29781045
Fax:  +562 29781052

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