Reglamento para la elección de integrantes del Senado Universitario

IV. DE LA ELECCION

Artículo 20°.

Las elecciones se efectuarán en la forma de votaciones secretas e informadas, que se realizarán en la fecha establecida en el numeral 5 del Decreto Exento N° 004960, de 2006, con la sola excepción del estamento de los estudiantes y del Hospital Clínico de la Universidad de Chile.

En consecuencia, las elecciones de los estamentos académicos y del personal de colaboración se efectuarán el día jueves 15 de junio de 2006.

Las elecciones del estamento de estudiantes se realizarán los días miércoles 14 y jueves 15 de junio de 2006, y en esas mismas fechas se efectuará la votación de los académicos y del personal de colaboración del Hospital Clínico de la Universidad de Chile.

En caso de ser necesario y corresponder, se efectuará una segunda vuelta el día jueves 22 de junio de 2006, que corresponde a una fecha única para todos los estamentos.

Para tales efectos, las Juntas Electorales Locales administrarán las medidas necesarias destinadas a asegurar que cada sufragante ejerza su derecho en forma libre, informada y privada.

Los estudiantes del Programa de Bachillerato sufragarán en la Facultad de Ciencias.

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