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Las falencias del proyecto de ley de migraciones al que el Ejecutivo puso suma urgencia

Las falencias del proyecto de ley de migraciones
Una de las principales falencias del proyecto de ley de migraciones tiene relación con la ausencia de mecanismos de regularización permanentes.
Una de las principales falencias del proyecto de ley de migraciones tiene relación con la ausencia de mecanismos de regularización permanentes.
"Para una persona, estar irregular es una condena a vivir sin derechos básicos", asegura Eduardo Cardoza, vocero del MAM e integrante de la Cátedra de Racismos y Migraciones.
"Para una persona, estar irregular es una condena a vivir sin derechos básicos", asegura Eduardo Cardoza, vocero del MAM e integrante de la Cátedra de Racismos y Migraciones.
El proyecto prohíbe el cambio de categoría migratoria en el caso de la visa de turista, estableciendo que para tramitar el cambio de categoría las y los migrantes deberán volver a sus países de origen
El proyecto prohíbe el cambio de categoría migratoria en el caso de la visa de turista, estableciendo que para tramitar el cambio de categoría las y los migrantes deberán volver a sus países de origen
Otra falencia del proyecto es que propone un sistema de visados muy complejo para un Estado que no tiene capacidad para gestionarlo. Crédito: Revista Sur.
Otra falencia del proyecto es que propone un sistema de visados muy complejo para un Estado que no tiene capacidad para gestionarlo. Crédito: Revista Sur.
El proyecto establece requisitos para acceder a prestaciones de carga fiscal, lo que para los expertos es vulnetario de los derechos humanos de las personas migrantes.
El proyecto establece requisitos para acceder a prestaciones de carga fiscal, lo que para los expertos es vulnetario de los derechos humanos de las personas migrantes.
Otra las preocupaciones de los expertos es el futuro de las niños y niños hijos de migrantes, cuyos padres se encuentran en situación de irregularidad migratoria.
Otra las preocupaciones de los expertos es el futuro de las niños y niños hijos de migrantes, cuyos padres se encuentran en situación de irregularidad migratoria.

El Covid-19 no discrimina, pero lo cierto es que no afecta de la misma manera a todos los sectores de la sociedad. Las desigualdades agudizadas durante la postdictadura, junto al grave problema estructural del racismo en Chile, generan un complicado escenario para las poblaciones migrantes, que en muchos casos carecen de las condiciones mínimas para cumplir con las restricciones y mecanismos de protección ante la pandemia.

En medio de este contexto, y de fuertes discursos de odio, racismo y discriminación tanto de la población chilena como por parte de los medios de comunicación y de las autoridades, el presidente Sebastián Piñera otorgó suma urgencia al proyecto de ley de migraciones apenas el documento ingresó a la Comisión de Derechos Humanos del Senado para su examinación.

Preocupados por las vulneraciones a los derechos humanos de las personas migrantes, académicos y académicas de la Universidad de Chile, junto a expertos y expertas y dirigentes de organizaciones migrantes, se refieren a las principales falencias del proyecto de ley de migraciones.

Al respecto, la coordinadora académica de la Cátedra de Racismos y Migraciones Contemporáneas, María Emilia Tijoux, asegura que este proyecto de ley “no está basado en derechos humanos integrales y, por lo tanto, en la igualdad del reconocimiento y la consideración de personas migrantes que viven y trabajan en Chile”.

Para la también académica de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile esto se vincula con la idea de “un acceso desigual a derechos, un desconocimiento sobre las comunidades migrantes que están en Chile y, por lo tanto, la generalización que se hace de la migración, lo que impide apuntar de una manera más humana, específica y detenida a las características históricas y culturales de cada una de las comunidades que están residiendo en Chile”.

1. Falta de mecanismos de regularización permanente

“Los Estados partes en cuyo territorio haya trabajadores migratorios y familiares suyos en situación irregular tomarán medidas apropiadas para asegurar que esa situación no persista”, señala el Artículo 69 de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares.

Pese a que la convención fue suscrita por el Estado de Chile en 1993 y ratificada en 2005, el actual proyecto de ley no contempla mecanismos de regularización permanente dentro del país. Esta situación es considerada como uno de los puntos más vulneratorios del proyecto por parte de la academia y las organizaciones de migrantes y promigrantes, al propiciar un escenario de crecimiento constante de la irregularidad.

“Para una persona, estar irregular es una condena a vivir sin derechos básicos y sin acceder a cuestiones muy simples como un contrato de arriendo, de trabajo, una cuenta en banco, trámites diversos, entre otros”, asegura Eduardo Cardoza, vocero del Movimiento Acción Migrante (MAM) e integrante de la Cátedra de Racismos y Migraciones Contemporáneas.

“Los argumentos para oponerse a estos mecanismos de regularización permanente, generalmente consideran condiciones vinculadas a políticas de seguridad nacional que no se refieren a políticas migratorias y que incluso desconocen las características de los flujos migratorios, considerando erróneamente que la irregularidad es superable con prohibiciones o establecimiento de obstáculos administrativos”, explica Cardoza.

Por su parte, el sociólogo e integrante de la Cátedra de Racismos y Migraciones Contemporáneas, Luis Eduardo Thayer, sostiene que “el proyecto es una máquina de producir irregularidad porque crea incentivos para que las personas vengan con permisos de trabajo de entrada y, al mismo tiempo, limita las posibilidades de transitar entre categorías migratorias”.

En esa misma línea, para Cristian Orrego, cientista político e investigador del proyecto Anillos soc180008, esta situación “representa un peligro, por cuanto la única opción para la irregularidad es abandonar el país, lo cual constituye un elemento disuasivo para que las personas opten por mantener su situación de irregularidad por sobre acercarse a la institucionalidad a regularizar su situación”.

Para Constanza Ambiado, investigadora y coordinadora ejecutiva de la Cátedra de Racismos y Migraciones Contemporáneas, una de las principales preocupaciones en torno al proyecto de ley de migraciones tiene que ver con los derechos de niñas y niños hijos de migrantes.

“A pesar que los niños no deberían ver mermados sus derechos por su condición migratoria ni la condición migratoria de sus padres, todos los que hemos trabajado en terreno sabemos que no se les respetan sus derechos cuando son hijos de migrantes que no tienen documentación migratoria regular. No tienen acceso a derechos tan básicos como la salud, la educación, el debido proceso y, más aún, corren extremados peligros de caer en manos de los servicios de protección del Estado o privados”.

En esa línea, para Constanza Ambiado, “cabe preguntarse cuál es el futuro que les va a tocar a esos niños y niñas que hoy en día tienen serios problemas de acceso a derechos, donde aparte de las escasas redes de ayuda, son totalmente invisibles para el Estado y para la sociedad chilena. ¿Qué va a pasar con ellos una vez que se instale una ley que no va a permitir ninguna solución para el problema de la documentación migratoria? Y aún así, aunque a ellos se les permita quedarse en Chile, ¿se va a respetar el derecho a la unidad familiar de todo niño o se va expulsar a sus padres y madres?", reflexiona.

2. Imposibilidad de cambio de categoría migratoria para la visa de turista

El sistema de visados que actualmente contempla el proyecto prohíbe el cambio de categoría migratoria en el caso de la visa de turista, estableciendo que para tramitar el cambio de categoría las y los migrantes deberán volver a sus países de origen.

Uno de los principales argumentos del gobierno central para incorporar esta prohibición es que buscan “sincerar” las intenciones de las personas que ingresan al país. Al respecto, Pablo Rojas, integrante de la Red Nacional de Organizaciones Migrantes y Promigrantes, explica que se trata de “la falacia inicial de este gobierno en torno a que buscan sincerar las intenciones de las personas al entrar al país, estableciendo este argumento espurio de que las personas llegan como turistas y luego se quedan, y bueno, eso es perfectamente legal dentro del marco del decreto de ley 1.094”.

Las trabas para pasar entre categorías migratorias es de los principales instrumentos que generan, en el corto plazo, irregularidad en los países a los que llegan migrantes porque las personas están en el país y tienen una serie de incentivos económicos, afectivos, para quedarse y, sin embargo, el Estado les obstaculiza el acceso a la documentación para ello. Si se mantiene eso en el proyecto, se va a generar un dispositivo de creación de irregularidad”, afirma Luis Eduardo Thayer.

Por su parte, Cristian Orrego señala que “esto representa una dificultad a las personas que quieran migrar hacia Chile, y también para aquellas que, estando en Chile en calidad de turistas, tengan que volver a su país a tramitar la visa. El peligro de esto es que las personas opten por quedar en una situación migratoria irregular dados los costos que implica volver a su país”.

3. Complejidad del sistema de visados

Luis Eduardo Thayer explica que existe otro mecanismo que produce irregularidad migratoria que tiene que ver con la complejidad de los sistemas de visados en Estados que no tienen capacidad para gestionarlos. “En Chile hay un sistema de visados bastante simple, no hay muchas categorías en la ley ni en el reglamento, y hoy día el proyecto, lo que promete, lo que está implícito, es un sistema de visas muy complejo, es decir, con muchas categorías de visas para actividades distintas”, sostiene.

“Por lo tanto, cambiar de actividad en Chile siendo extranjero va a implicar cambiar de categoría de visa y eso es un riesgo de caída en la irregularidad por los plazos, por las situaciones contingentes que enfrentan los migrantes y por la natural flexibilidad que tienen las trayectorias en sí mismas”, agrega el experto.

Pablo Rojas asegura que “está claramente establecido que la política de visados consulares a nivel internacional y nacional -basta ver los últimos visados consulares para los dominicanos, luego los haitianos y los venezolanos- tienen como uno de sus principales efectos el aumento de la irregularidad migratoria, el aumento de las personas que son traficadas e incluso la trata de personas”.

Si bien existe consenso en que el sistema de visados consulares puede ser de gran ayuda debido a que la persona ingresa con un RUT al país desde el primer día, la necesidad de migrar y la demanda están superando ampliamente las posibilidades que ofrece el Estado chileno.

Al respecto, Pablo Rojas explica que “va a ser una sobrecarga a los consulados, que no sabemos si van a tener los debidos recursos para dar cuenta del aumento de la demanda”.

4. Requisitos para acceder a prestaciones de carga fiscal

El actual proyecto de ley establece un requisito de dos años de residencia para acceder a beneficios y prestaciones que impliquen transferencias monetarias desde el Estado a las personas migrantes. Tanto para Cardoza como para Thayer, esta situación es improcedente, considerando que las y los migrantes, que también cotizan y pagan impuestos, tienen derecho a recibir los mismos beneficios y prestaciones que los nacionales.

“La condicionalidad para acceder a los derechos es inherente a toda ley migratoria, no puede no existir. El problema es cuando se vincula esa condicionalidad al sistema de derechos sociales, o sea, es razonable que existan restricciones como, por ejemplo, las condiciones de permanencia temporal para acceder a los derechos políticos, pero los derechos sociales debieran estar asentados en el principio de los derechos humanos, es decir, debieran ser de acceso universal y garantizado a todas las personas, independientemente de su condición o situación administrativa o del tiempo que lleven viviendo en Chile”.

“La ley migratoria tendría que ratificar el principio de reconocimiento universal de acceso a los derechos sociales porque, si no, se están generando dispositivos de discriminación en la ley”, agrega Thayer.

“Es muy importante considerar la participación de la migración en los ingresos del Estado, que superan largamente lo gastado por éste. Simplemente con las visas y multas, el Estado recibe volúmenes enormes de recursos”, explica Eduardo Cardoza.

Sin embargo, enfatiza en que “el acceso a derechos y el reconocimiento de la dignidad humana no tiene nada que ver con la rentabilidad económica, porque la dignidad no tiene precio. La discriminación que implica esta restricción no tiene ni siquiera razones económicas que la sustenten, más que la xenofobia o el racismo institucional”.