En el marco de la Ley N° 21.094

Senado Universitario presta asesoría virtual a la U. de Tarapacá en el proceso de reforma estatutaria

Senado asesora a la U. de Tarapacá en proceso de reforma estatutaria
En enero de este año la Universidad de Tarapacá formó un comité triestamental que guiará el proceso de modificación de los estatutos.
En enero de este año la Universidad de Tarapacá formó un comité triestamental que guiará el proceso de modificación de los estatutos.

Tras un largo proceso de discusión, la Ley de Universidades Estatales (N° 21.094), promulgada en 2018, estableció que todas todas las instituciones del Estado que tengan estatutos vigentes anteriores a 1990 deberán presentar una propuesta de modificación de sus estatutos –en lo que respecta a los órganos de gobierno– antes del 5 de junio de 2021. Es decir, prácticamente todas las universidades estatales del país –a excepción de la de Los Lagos, Tecnológica Metropolitana, O`Higgins, de Aysén y nuestra Universidad– tendrán que conformar organismos triestamentales similares a nuestro Senado Universitario, entre otras adecuaciones.

En este contexto, la abogada Paula Lepe Caiconte, Secretaria de la Universidad de Tarapacá y Bernardina Cisternas Arapio, Vicerrectora de Desarrollo Estratégico (S) de dicha casa de estudios se reunieron virtualmente con la Mesa y el Área Jurídica del Senado Universitario –conformada por el abogado jefe Gustavo Fuentes Gajardo, y los abogados Ariel De La Maza Martínez y Raquel Águila Kiwi– quienes expusieron sobre las obligaciones que emanan de la Ley N°21.094 y la historia del órgano triestamental de nuestra Universidad. Asimismo, presentaron, a modo de ejemplo, el "Protocolo extraordinario de funcionamiento del SU" mediante el cual se establecen las medidas necesarias para operar a distancia en el marco de la pandemia por COVID-19 en Chile.

"Contar con un estatuto democrático, y dejar atrás el originado en dictadura involucra, por cierto, un desafío mayor. El periodo de tiempo es acotado por lo que se requerirá la unión de todos los estamentos. Este proceso no solo conlleva cambios legales sino que, sobre todo, modificaciones en la forma de relacionarnos al interior de la Universidad de Tarapacá", advirtió el vicepresidente del SU, Luis Felipe Hinojosa Opazo.

A partir de enero de este año la U. de Tarapacá (UTA) ya cuenta con un comité triestamental que guiará el proceso de modificación de los estatutos institucionales (conformado por seis estudiantes, seis funcionarios y 21 académicos) que, en la actualidad, está funcionando de manera remota. En este sentido, han orientado el trabajo a partir de cuatro etapas fundamentales. La primera de ellas, ya finalizada, se centró en la difusión de la ley al interior de su comunidad, la invitación a formar parte del proceso y el decreto y aprobación de las disposiciones generales. La segunda, con un 30% de avance, dice relación con las normas comunes a las universidades estatales. La tercera se abocará a determinar tanto el principio basal como los objetivos y la cuarta definirá las políticas de propiedad intelectual e industrial, las disposiciones finales y las disposiciones transitorias.

"La UTA es una universidad regional, en una zona extrema, bifronteriza, que cuenta con una marcada presencia de pueblos originarios. Trabajamos cercanamente con instituciones educacionales de Perú y Bolivia por lo que esperamos seguir proyectándonos hacia la macro-zona norte. Todas estas particularidades deben verse reflejadas en el nuevo estatuto. Precisamente, esa identidad y su constante refuerzo, nos permite competir con el resto de las universidades del Estado", señaló Lepe.

Esta no es la primera reunión de coordinación y colaboración que establece el órgano superior con otras universidades estatales. Antes ya lo había hecho con las Universidades de Atacama, Antofagasta, La Serena y de Aysén, que desde enero de este año ya cuenta con su propio Senado Universitario.

¿Debe la Universidad de Chile modificar sus estatutos?

La Universidad de Chile pertenece al grupo de cinco de 18 universidades del Estado que no están obligadas a modificar sus Estatutos. No obstante, deberán proponer un mecanismo institucional permanente que asegure la participación y corresponsabilidad del Estado en la aprobación del Plan de Desarrollo Institucional y del Prespuesto de la Universidad, en igual plazo que las otras casas de estudios; es decir, antes del 5 de junio de 2021.