En recintos asistenciales públicos de todo el país

Investigadoras estudiarán las barreras que deben enfrentar las mujeres que requieren interrupción voluntaria del embarazo por tres causales

Estudiarán las barreras para el aborto en tres causales
Dra. Adela Montero, directora del Centro de Medicina Reproductiva y Desarrollo Integral del Adolescente.
Dra. Adela Montero, directora del Centro de Medicina Reproductiva y Desarrollo Integral del Adolescente.
El estudio busca detectar las barreras en la implementación de la Ley 21.030.
El estudio busca detectar las barreras en la implementación de la Ley 21.030.

"Nos llamó la atención el bajo número de mujeres que han accedido a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en los establecimientos del sector público, muy inferior al estimado por el Ministerio de Salud; particularmente en la tercera causal, que es la de embarazo como consecuencia de violación. Eso nos hizo pensar que deben existir barreras que impiden o entorpecen el acceso de las mujeres a este procedimiento”, explica la académica de la Facultad de Medicina, Adela Montero, sobre las motivaciones del proyecto Fondecyt que encabeza. 

El equipo investigador está compuesto además por las profesoras Mirliana Ramírez, del Departamento de Enfermería –en calidad de coinvestigadora-; Lidia Casas, como parte del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales, que es institución asociada y la doctora Paz Robledo, pediatra con formación en políticas públicas que contribuyó a la redacción del reglamento de acompañamiento que implementa la ley 21.030 o de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en tres causales.

Como parte de la formulación de este proyecto, las investigadoras recopilaron información bibliográfica de países donde se ha despenalizado la interrupción del embarazo. Allí encontraron la descripción de múltiples barreras relacionadas, por ejemplo, con el desconocimiento del marco legal, tanto por parte de las usuarias como de los propios integrantes del equipo de salud e incluso de los funcionarios del sector judicial. Ese desconocimiento llevaba a la vulneración de las normativas sobre los derechos de la mujer y al incumplimiento de obligaciones relacionadas con la interrupción del embarazo.

Otra de las barreras descritas en la experiencia internacional es la interpretación restrictiva del marco legal, limitando las prestaciones con fundamento en la edad gestacional del feto, en solicitud de requisitos adicionales, en el uso inconstitucional de la objeción de conciencia como  su invocación institucional y colectiva por grupos de profesionales.  A esto se suman las restricciones en base a la causal de salud.

En cuanto a las fallas en la prestación en sí, varios estudios mostraban la existencia de otras barreras evidenciadas a través de la carencia de protocolos internos, inconvenientes en el sistema de referencia y contrarreferencia, falta de entrenamiento de los profesionales para hacer los procedimientos, aplazamientos injustificados de la interrupción y manejo inadecuado del dolor, entre otras. Además, aparecía como barrera la estigmatización que se daba a la mujer que se sometía a una IVE, pero también hacia los profesionales que pudieran realizar este procedimiento.

Garantizar acceso

Durante su primer año de implementación, las autoras del proyecto se abocarán a analizar y procesar la información que recogerán luego de solicitarla, mediante Ley de Transparencia, a los establecimientos de salud de segundo y tercer nivel de atención respecto de la implementación de la ley 21.030. “Además, tenemos considerado identificar y contactar a los directivos de los establecimientos de salud para informarles del estudio, de manera de sentar las bases de nuestra fase de entrevistas a informantes clave, que realizaremos durante el segundo año y tercer año de investigación”, añade la doctora Montero.

En ambas etapas, el objetivo es explorar las principales barreras que pudieran estar presentes en el nivel secundario y terciario de atención respecto de la implementación para el acceso a las prestaciones que se garantizan en la ley 21.030.

El estudio contempla capturar información a nivel nacional, no sólo centrado en la Región Metropolitana. “Levantar información científicamente válida es clave para proponer estrategias que apunten a resolver los problemas que podamos detectar", indicó la profesora Montero. Para ello, agregó, "nos comprometemos a aportar a la toma de decisiones que alimenten políticas públicas que prevengan, eliminen o disminuyan las barreras que las mujeres pudieran enfrentar al solicitar un procedimiento de IVE en tres causales, lo que contribuirá a mejorar las buenas prácticas y la calidad de la atención".

Como complementó la académica, "los establecimientos públicos de salud deben garantizar el acceso a estas prestaciones, y para ello deben contar con el personal suficiente e idóneo para poder hacerlo. Si, por ejemplo, constatamos que existe una falta de conocimiento cabal de la ley, o problemas administrativos que dificultan el acceso al acompañamiento psicosocial y al procedimiento, se podría sugerir la puesta en marcha de nuevas capacitaciones en distintos ámbitos".