Protocolo de actuación para la prevención y protección de la salud, higiene y seguridad

Protocolo de actuación para la prevención y protección de la salud.

Protocolo de actuación para la prevención y protección de la salud, higiene y seguridad de la comunidad universitaria en actividades presenciales frente a la emergencia sanitaria covid-19

Nuestro propósito:

El presente documento tiene por propósito definir un marco de actuación para prevenir y proteger la salud, higiene y seguridad de la comunidad universitaria, y todos(as) quienes desempeñan funciones en facultades, institutos, Servicios Centrales u otros organismos, esto es, académicos, personal de colaboración y servidores a honorarios. Se hace expresa prevención que respecto de las personas que desempeñan funciones en el Hospital Clínico, este documento aplica como un estándar básico, dado que el hospital cuenta con protocolos y procedimientos específicos al ser un establecimiento de salud, los que tienen aplicación preferente por su carácter especial por sobre este Protocolo. Sólo en aquellas materias que dichos protocolos o procedimientos nada regulen, será aplicable a las personas que desempeñan funciones en el Hospital Clínico lo dispuesto en el presente documento y sus modificaciones, si las hubiere.

Definir e implementar este protocolo representa un desafío inédito, considerando que se trata de un número aproximado de 8.000 funcionarios(as) que conforman el personal de colaboración, 6.000 académicos(as) y 4.000 personas que prestan servicios a honorarios, quienes ejercen sus funciones en una infraestructura constituida por 5 campus, que representan un número de 166 edificios, distribuidos en 685.215 metros cuadrados edificados.

A lo anterior, se suman los más de 33.000 estudiantes de pregrado y los 10.000 de post grado, que comparten todas las instalaciones universitarias con los académicos y personal de colaboración.

De acuerdo al Decreto Universitario N°8607, de 18 de marzo 2020, se dispusieron medidas excepcionales de funcionamiento para el desarrollo y ejecución de las labores del personal académico y de colaboración de la Universidad de Chile, lo que ha significado que gran parte de los funcionarios(as) de la Universidad de Chile se encuentra desempeñando sus funciones bajo la modalidad de trabajo remoto desde sus hogares u otros lugares donde se encuentren y aproximadamente, un 12% se encuentra en modalidad de trabajo presencial, en forma parcial o total, al tratarse de funciones críticas1.

Considerando que a la fecha existen algunas tareas y funciones críticas que se están desempeñando en forma presencial; y que en algún momento es esperable que existan mejores condiciones sanitarias y epidemiológicas para que se adopten decisiones institucionales que permitan retomar de forma paulatina las actividades de docencia, investigación y extensión de manera presencial. En particular, respecto de las actividades de docencia, conforme a las Orientaciones para la programación de actividades emanadas de la Vicerrectoría de Asuntos Académicos, con fecha 2 de julio de 2020, es indispensable contar desde ya, con la implementación de manera transversal y bajo un mismo estándar, de medidas de salud, higiene y seguridad en las dependencias universitarias, dirigidas a los(as) estudiantes y a los(as) funcionarios(as) para ejercer sus tareas de atención de los distintos servicios que requieren los estudiantes, y los propios funcionarios(as), como también para el funcionamiento de las instalaciones universitarias.

El Contexto COVID-19

La pandemia por COVID-19 ha traído como consecuencia repensar no sólo la forma de relacionarnos en espacios privados, sino también públicos y comunitarios, impactando de manera impredecible en los espacios laborales, generando riesgos y daños a la vida, salud y seguridad de las personas, a la salud pública, en el actual estado de alerta sanitaria.

Es por ello que, para poder desarrollar mecanismos eficaces de prevención y protección, es esencial afrontar esta realidad como Universidad, como empleador, y como espacio en que converge la comunidad universitaria en su conjunto, de manera integral, colaborativa, con énfasis en el autocuidado tanto en los espacios domésticos y laborales.

Objetivos del protocolo de actuación
Este protocolo de actuación tiene por objetivo generar estándares comunes de prevención de la salud, higiene y seguridad en las actividades presenciales, como asimismo implementar medidas y procedimientos transversales eficaces, a efectos de evitar los contagios, abordarlos de manera pertinente y oportuna. Por otra parte, generar definiciones específicas para las unidades que atienden público y recepcionan documentos, que por sus especiales funciones consideran de manera constante y diaria, la interacción con un número importante de personas. Finalmente, todo lo anterior supone la implementación de procedimientos técnicos de limpieza y desinfección para la protección y control de los microorganismos.

Este protocolo y sus procedimientos constituyen un estándar básico y mínimo, a partir del cual, cada organismo puede generar procedimientos específicos.

Alcances del protocolo

Este protocolo y los tres procedimientos que lo constituyen es aplicable al personal de colaboración, académicos(as), honorarios, estudiantes, proveedores, contratistas y en general, para quienes concurren a cualquiera de las dependencias de las facultades, institutos, servicios centrales y los organismos de la Universidad de Chile.

Respecto del Hospital Clínico, este documento constituye un estándar básico, dado que el hospital cuenta con protocolos y procedimientos específicos al ser un establecimiento de salud, los que tienen aplicación preferente por su carácter especial. Sólo en aquellas materias que dichos protocolos o procedimientos nada regulen, será aplicable al Hospital Clínico lo dispuesto en el presente documento y sus modificaciones, si las hubiere.

Marco normativo
Para la elaboración de este protocolo y los tres procedimientos que lo constituyen se han considerado leyes y normativas nacionales y textos especializados internacionales, que se encuentra detallados en las “Referencias” de estos documentos, donde destacan normativas del Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, Superintendencia de Seguridad Social, Asociación Chilena de Seguridad, Instituto de Salud Pública y la propia Universidad de Chile2, entre otras

Determinación de grupos vulnerables al ser población de riesgo y casos en situaciones particulares Es necesario considerar que el COVID-19 es una cepa de la familia de coronavirus que no se había identificado previamente en humanos. Es el nombre definitivo otorgado por la OMS. Los coronavirus son causantes de enfermedades que van desde el resfriado común hasta enfermedades más graves, como Insuficiencia Respiratoria Aguda Grave.

Todas las personas son susceptibles de adquirir el virus, siendo las que tienen más riesgo aquellas que tratan con personas contagiadas. El riesgo aumenta en la medida que la persona tiene más exposición social. Conjuntamente, se ha solicitado por las autoridades del país, un mayor cuidado a poblaciones de riesgo como son:

- Personas mayores de 60 años
- Mujeres embarazadas
- Personas con diabetes, personas con hipertensión, personas con enfermedades pulmonares, personas con cardiopatías, personas obesas mórbidas, personas con insuficiencia renal o hepática, personas con asma, personas con enfermedades autoinmunes, personas con VIH positivos, personas sometidas a tratamientos inmunosupresor activo o personas con otra patología crónica.

Por su parte, la Universidad, respecto de los académicos/as, personal de colaboración y personas que prestan servicios a honorarios, que se encuentren dentro de las poblaciones de riesgo, deberá tomar esta circunstancia en consideración para determinar, a su respecto, la ejecución de tareas bajo la modalidad de trabajo remoto, la reasignación de tareas a aquéllas que impliquen un menor riesgo de contraer el COVID-19, u otras medidas idóneas para reducir la exposición al riesgo de contagio.

En estos casos, se deberá adoptar las medidas que permitan mantener la confidencialidad sobre todos los detalles relativos al estado de salud de los académicos(as), personal de colaboración y personal que preste servicios a honorarios.

Adicionalmente, los académicos(as), personal de colaboración y honorarios pueden encontrarse en ciertas condiciones particulares, según se especifica:
- Madre o padre que tenga el cuidado indelegable de un niño(a) de hasta dos años de edad.
- Madre o padre que tenga el cuidado indelegable de un niño(a) mayor de dos años, en caso que éste deba permanecer en el hogar debido a una cualquiera de las siguientes razones: a) no se encuentren en funcionamiento jardines infantiles o establecimientos educacionales por disposición de la autoridad;
b) que el jardín infantil o el establecimiento en que el niño o niña se encontraba matriculado(a) para el año 2020 se encuentra cerrado en forma permanente, por razones diversas a las disposiciones de la autoridad, tales como el cese de su operación; y c) en caso que el niño o niña de que se trate, se encuentre en alguna de las poblaciones de riesgo, razón por la cual se encuentra impedido de asistir normalmente a jardín infantil o su establecimiento educacional, aun cuando éstos se encuentren en funcionamiento.
En caso de que el padre y madre de un niño(a) fueren ambos funcionarios(as) de la Universidad, se otorgará el permiso al funcionario(a) que de común acuerdo estos manifiesten.
- Funcionario(a) que tiene el cuidado indelegable de adultos mayores.
- Funcionario(a) que tiene el cuidado indelegable de personas dependientes.

La Universidad deberá considerar estas condiciones particulares, de forma de precaver la debida conciliación de éstas con el cumplimiento de funciones, pudiendo adoptar medidas tales como la mantención del trabajo remoto, el establecimiento de turnos u otras medidas idóneas.

Para ambos casos, es decir funcionarios(as) que se encuentren dentro de la población de riesgo y/o en condiciones particulares señaladas precedentemente, académicos(as), personal de colaboración y personal a honorarios, deberán enviar a la Unidad de Personal de su organismo y a su jefatura directa, por correo electrónico, una declaración jurada simple que acredite la condición de salud, embarazo o condiciones particulares que se señalaron precedentemente, de acuerdo a los formatos establecidos en el anexo 9 de este protocolo. A dicha declaración jurada se podrá adjuntar voluntariamente, los demás antecedentes que el funcionario(a) estime pertinentes para acreditar su condición.

Respecto de los funcionarios(as) de 60 años o más, tal condición particular será acreditada internamente por cada Unidad de Personal del organismo respectivo.

Cada organismo deberá definir lineamientos transversales aplicables a académicos/as, personal de colaboración y honorarios, para los casos señalados como grupos de riesgo o que concurran a su respecto las circunstancias particulares señaladas en el párrafo precedente, de forma que a personas en condiciones equivalentes se les dé el mismo trato, considerando como mínimos los criterios señalados precedentemente.

Así, la Universidad deberá tomar todas las medidas para proteger la salud de la Comunidad Universitaria, informando los riesgos y manteniendo las condiciones de higiene y seguridad con el fin de evitar la propagación del virus.

Establecimiento de medidas de flexibilidad laboral
Para poder establecer un plan de prevención y protección que cumpla con sus objetivos, y para poder desempeñar las funciones presenciales críticas y esenciales que puedan llevarse a cabo conforme a las condiciones epidemiológicas y sanitarias existentes, cada uno de los organismos deberá planificar la asistencia del número de académicos y personal de colaboración que sean necesarios para la ejecución de esas funciones. Dicha planificación deberá actualizarse periódicamente y ajustarse a la evolución de las condiciones sanitarias y, por tanto, a las actividades que es posible realizar de manera presencial.

Asimismo, a efectos de evitar aglomeraciones al interior de los organismos, y evitar el aumento de riesgos de contagio, se proponen las siguientes medidas:
- Flexibilidad horaria, en el ingreso y salida de la jornada laboral.
- Jornadas parciales entre el trabajo presencial y no presencial.
- Definición de turnos (semanales, quincenales, y/o mensuales, entre otras).

Información, Comunicación y Capacitación
Constituyen un eje central en la prevención y protección pertinente y oportuna, la generación de canales informativos, material de difusión, instancias de capacitación de los procedimientos asociados a este protocolo, instalación de señaléticas y de la implementación de las medidas de autocuidado de la comunidad universitaria en su conjunto.

Especialmente, se deben generar acciones de información, comunicación y capacitación previas al ingreso a las funciones presenciales, y de manera permanente en las dependencias universitarias.

Se deben considerar todo tipo de instrumentos informativos: boletines, dípticos, capacitaciones de expertos de la ACHS, de los expertos prevencionistas de la Universidad, de carácter on-line y presenciales, videos, entre otros.

Ciclo de Prevención, Protección y Autocuidado
Comprender que la prevención y protección requiere un tratamiento sistémico, donde es esencial la implementación de medidas como un continuo que se inicia en el hogar, luego avanza en el traslado al trabajo, el ingreso a las dependencias de las facultades, institutos, Servicios Centrales, la permanencia en las mismas, su salida y el regreso al hogar.

a) Medidas preventivas en el hogar:

b) Medidas preventivas en el transporte público desde y hacia el hogar:

C)Medidas preventivas y de protección al ingreso, circulación y permanencia en las dependencias de las facultades, institutos, Servicios Centrales u otros organismos de la Universidad:

Se adjuntan Protocolo de Gestión y Resolución Rectoría para la prevención e higiene de salud.