Información general

A continuación encontrará información del proceso de postulación a cupos exentos del pago total de arancel de programas académicos, dirigido a funcionarios/as, del personal de colaboración y académicos/as, de la Universidad de Chile. Podrán optar a los programas académicos de magíster, diplomas de postítulo, diplomas de extensión, cursos de especialización de postítulo, cursos intensivos, cursos de actualización y cualquier otro curso o actividad de extensión que se impartan en nuestra Casa de Estudios.

El otorgamiento de cupos exentos tiene por objetivo:

  1. Valorar y estimular el mérito académico del postulante.
  2. Propiciar una mayor equidad o inclusión de la comunidad universitaria.
  3. Favorecer el perfeccionamiento de los académicos/as y del personal de colaboración, teniendo en especial consideración sus respectivas áreas de desempeño y la forma en que contribuiría o mejoraría el cumplimiento de sus funciones universitarias otorgarle un cupo de exención arancelaria para continuar sus estudios.
  4. Mejorar las competencias y habilidades de los/as académicos/as y funcionarios/as de la Universidad de Chile.
  5. Reconocer el mérito y aporte de académicos/as y funcionarios/as, según sea el caso, en el cumplimiento de las funciones universitarias y el respectivo desempeño que han desplegado en el ejercicio de estas.

El beneficio consiste en que, en cada cohorte de estudiantes o alumnos/as de los programas académicos mencionados, deberá asegurarse la existencia de al menos un cupo exento de pago total de arancel por cada programa o curso que las respectivas unidades académicas impartan.

¿Cuáles son los programas académicos a los que se podrá postular a cupo exento de aranceles?

Los programas académicos que contarán con al menos un cupo exento de arancel son los siguientes:

  • Magíster
  • Diplomas de postítulo
  • Diplomas de extensión
  • Cursos de especialización de postítulo,
  • Cursos intensivos,
  • Cursos de actualización y cualquier otro curso o actividad de extensión que se imparta por la Universidad de Chile.

¿Dónde puedo encontrar información de los programas de estudio?

Cada Facultad e Instituto tienen sus propios sitios web, donde podrá revisar los programas de estudio que sean de su interés.

¿Cuál es la vigencia del beneficio de cupo exento?

Se tiene cotemplado como un beneficio para personal de colaboración y académicos/as, de la Universidad de Chile.

¿Puedo postular a un programa de Doctorado o de Título Profesional Especialista?

No, la normativa no contempla cupos exentos para los programas de Doctorado ni para los de título Profesional Especialista.

¿La persona interesada debe pagar alguna matrícula?

Si. El cupo de exención arancelaria implica que el/la beneficiario/a, se encontrará exento de pagar la totalidad del arancel o valor asignado al programa de magíster, diploma o curso de que trate, sin perjuicio del pago del correspondiente derecho de matrícula, en los casos que corresponda.

Por lo tanto, si el programa de estudios contempla el pago de matrícula, esta debe ser pagada por la persona interesada.

¿Cada cuánto tiempo los programas académicos ofrecerán al menos un cupo exento de aranceles?

Este cupo es por cohorte. Por tanto, si un programa académico tiene en un mismo año varias cohortes, deberá contemplar al menos un cupo gratuito por cada cohorte.

¿Qué requisitos se deben cumplir para postular?

Se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Contar con al menos dos años de antigüedad ininterrumpida en la Universidad (contados desde su último ingreso como funcionario/a).
  • Estar ubicado/a en el último proceso de calificación en la lista número uno, de distinción, si se trata de personal de colaboración, o en nivel bueno (3) en el caso del personal académico.
  • No haber sido sancionado/a en los últimos dos años como consecuencia de un proceso disciplinario afinado.
  • Contar con el apoyo de la respectiva Jefatura, a través de la correspondiente carta de compromiso.

Para más información revisa: Requisitos de postulación

¿Cuáles son los criterios, puntajes y ponderaciones que se considerarán para asignar los cupos exentos?

Los criterios a evaluar son los siguientes:

  • Años de antigüedad en la Universidad
  • Remuneración promedio mensual bruta percibida el año precedente
  • Cantidad de horas en su jornada semanal
  • Pertinencia de la actividad académica cursada respecto a las funciones que realiza actualmente en la Universidad

La información respecto a los puntajes y ponderaciones la encuentras en el siguiente enlace: Criterios, puntajes y ponderaciones

¿Quién evaluará las postulaciones?

La Dirección de Gestión y Desarrollo de Personas (DGDP), en coordinación con la Dirección de Desarrollo Académico serán las unidades encargadas de recibir las postulaciones correspondientes, analizar los antecedentes de los(as) candidatos(as) y proponer la correspondiente adjudicación del beneficio para cada programa académico, sobre la base de los criterios, puntajes y ponderaciones definidos.

¿Qué ocurre si hay empate en la puntuación obtenida por dos o más candidatos/as a un cupo exento?

En caso de producirse empate entre dos o más candidato(as) a un cupo de exención para un mismo programa, curso o diplomado, se adjudicará conforme a quien haya obtenido el mayor puntaje en uno de los siguientes criterios, en orden de preferencia:

  • Pertinencia de la actividad académica en relación con las labores realizadas en la Universidad.
  • Años de antigüedad en la Universidad.
  • Remuneración bruta percibida.
  • Cantidad de horas de su jornada semanal.

En caso de persistir el empate, se asignará el beneficio de acuerdo a los siguientes criterios, en orden de preferencia:

  • Mayor antigüedad en la institución, considerando el día, mes y año de ingreso a la Institución.
  • Menor remuneración bruta percibida.

¿Cómo se notificará a las personas que obtengan el beneficio?

El /la Vicerrector(a) de Asuntos Económicos y Gestión Institucional, resolverá fundadamente sobre la adjudicación a los postulantes que hayan solicitado cupos de exención arancelaria, en mérito a los antecedentes presentados y la evaluación efectuada por la Dirección de Gestión y Desarrollo de Personas (DGDP) y la Dirección de Desarrollo Académico.

Dicha decisión se materializará mediante uno o más actos administrativos fundados, los que se notificarán a cada postulante en forma personal o mediante carta certificada, salvo que el (la) postulante haya renunciado a este tipo de notificación y solicitado que ésta se realice por correo electrónico.

¿Puedo revisar los resultados en la página web de la universidad?

Si, puede revisar los resultados de su evaluación en Resultados

¿Quién informará a la unidad académica los resultados de la postulación al cupo exento?

La Dirección de Gestión y Desarrollo de Personas (DGDP) informará al organismo que dicte el programa académico respectivo los resultados de postulación a cupo exento.

Si obtengo el cupo exento ¿quedo aceptado/a inmediatamente en el programa de estudios?

No. El otorgamiento de un cupo de exención arancelaria no obliga a que el organismo respectivo deba aceptar al postulante al programa académico, siendo procesos independientes.

La persona interesada debe postular, cumplir los requisitos de ingreso y ser aceptada en el programa de estudios de su interés, de manera separada a este proceso de postulación a cupo exento.

El cupo sólo se materializará si el/la postulante se encuentra aceptado en el programa académico de que se trate.

Si un postulante obtiene el cupo, pero no es aceptado en el programa de su preferencia, se reasignará el cupo al siguiente postulante mejor evaluado, si lo hubiera.

Si he iniciado el pago de mis estudios y me notifican posteriormente la adjudicación del cupo exento, ¿hay algún reembolso de dichos pagos?

Si. En aquellos que el(la) funcionario(a) del personal de colaboración o académico(a) resulte adjudicado con un cupo exención arancelaria, y al momento de la notificación del otorgamiento del referido beneficio ya se encontrare cursando el correspondiente programa académico, curso o diplomado y hubiese dado inicio al pago de cuotas por concepto de arancel a la respectiva unidad académica, tendrá derecho a que dichos pagos le sean reembolsados por la Universidad, solo tratándose del semestre en curso. En ningún caso procederá el reembolso por pagos efectuados en semestres anteriores al que se hubiese adjudicado el beneficio de exención.

Contacto

cupoexento.funcionari@uchile.cl

 

 

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