Cuarta Sesión Ordinaria, martes 04 de abril del año 2006

El día martes 4 de abril de 2006, siendo las 9:00 hrs., se reunió el Consejo Universitario presidido por el Sr. Rector (S), Dr. Jorge Litvak, con la asistencia del Sr. Prorrector (S), Sr. Camilo Quezada y de los señores Decanos de las Facultades que a continuación se indican:

  • Artes Sra. Clara Luz Cárdenas (Decana (S))
  • Arquitectura y Urbanismo Sr. Julio Chesta
  • Ciencias Sr. Víctor Cifuentes (Decano (S))
  • Cs. Agronómicas Sr. Mario Silva
  • Cs. Físicas y Matemáticas Sr. Luis Ayala (Decano (S))
  • Cs. Forestales Sr. Guillermo Julio
  • Derecho Sr. Roberto Nahum
  • Economía y Negocios Sr. Joseph Ramos
  • Filosofía y Humanidades Sra. Lucía Invernizzi (Decana (S))
  • Medicina Sr. Sergio Tambo (Decano (S))
  • Odontología Sr. Julio Ramírez
  • Cs. Químicas y Farmacéuticas Sr. Javier Puente (Decano (S))
  • Cs. Sociales Sr. Eugenio Aspillaga (Decano (S))
  • Cs. Veterinarias y Pecuarias Sr. Santiago Urcelay

Excusa su inasistencia el representante del Presidente de la República, Sr. Patricio Rojas. Asisten el Presidente de la FECH, Sr. Nicolás Grau; el representante de la ACAUCH, Sr. Sergio Mora y el representante de la FENAFUCH, Sr. Carlos Abarca.

Concurren por invitación del Sr. Rector, la Vicerrectora de Asuntos Académicos, Dra. Cecilia Sepúlveda; el Vicerrector de Asuntos Económicos y Gestión Institucional, Sr. Carlos Cáceres; la Vicerrectora de Investigación y Desarrollo, Sra. Texia Gorman; el Contralor, Sr. Antonio Zapata; el Director del Instituto de Asuntos Públicos, Sr. Fernando Durán; la Directora del Instituto de Estudios Internacionales, Sra. Jeannette Irigoin; el Director del INTA, Dr. Fernando Vio; el Director del Programa de Bachillerato, Sr. Jorge Babul; el Director del CEAC, Sr. Luis Merino y el Director del Hospital Clínico José Joaquín Aguirre, Dr. Italo Braghetto.

Para exponer sobre el punto 5 de la tabla asiste el Sr. Juan Carlos González, Secretario de la Junta Electoral Central.

Actuó como Secretario del Consejo Universitario, el Secretario General (S), Sr. Roberto La Rosa Hernández.

Tabla

  1. Aprobación de las actas correspondientes a la III sesión ordinaria, de 14 de marzo de 2006 y a la II sesión extraordinaria, de 17 de marzo de 2006.
  2. Cuenta.
  3. Integración Juntas Electorales.
  4. Situación de claustro electoral Facultad de Ciencias Sociales.
  5. Reglamentación de las elecciones de Rector, Decanos, Directores de Departamento e Integrantes del Senado Universitario.
  6. Varios.

1.- Aprobación de las actas correspondientes a la III sesión ordinaria, de 14 de marzo de 2006 y a la II sesión extraordinaria, de 17 de marzo de 2006.

Acta III sesión ordinaria, de 14 de marzo de 2006.

El acta es aprobada con las siguientes observaciones:

  • El profesor Merino plantea que, en la página 10, se lo identifica como Decano y solicita corregir el error.
  • El Vicerrector Sr. Cáceres señala que al final del primer párrafo de la página 4, en su Cuenta, debe decir, “Las instituciones que hagan capacitación sin obtener la certificación podrán efectuarla pero no estarán certificadas por el SENCE”.

Acta II sesión extraordinaria, de 17 de marzo de 2006.

El acta es aprobada sin observaciones.

2.- Cuenta.

Cuenta del Sr. Rector (S)

  • Consejeros elegidos de acuerdo al artículo 8º del DFL Nº153, de 1981. Comenta que el DFL Nº1, de 2006, modificatorio del DFL Nº153, suprimió la norma que contemplaba la designación de tres académicos como integrantes del Consejo Universitario, por lo que han cesado en sus funciones los profesores Sra. Faride Zeran, Sra. Rosa Deves y Sr. Jorge Valenzuela. Solicita consenso para remitir a cada uno de ellos una carta de reconocimiento y gratitud por sus contribuciones a las tareas de este Consejo. Existe consenso.
  • Reunión con el Ministro de Educación: Informa que el nuevo Ministro de la cartera de Educación presidió la última reunión del Consejo de Rectores donde dio a conocer las prioridades del nuevo Gobierno en materia de educación superior, enfatizando especialmente el desarrollo en investigación y el aseguramiento de la calidad. Agrega que invitó al Sr. Ministro a una reunión con este Consejo Universitario para una próxima fecha que se acordará. Al igual que lo que ocurrió con el ex Ministro Sr. Bitar habrá la oportunidad para escucharlo y efectuar consultas de modo informal.
  • Agradece a todos los Decanos y Coordinadores de Campus por la invitación que le han hecho a las inauguraciones de los años académicos que, en esta posición transitoria de Rector (S), le ha sido muy útil.
  • Inauguración del año académico 2006 en el mes de abril: informa que se ha invitado a la Presidenta de la República, Sra. Michelle Bachelet, para dicho evento. Recibirá oficialmente el título de patrono/a de la Universidad de Chile.

Cuenta de la Sra. Vicerrectora de Asuntos Estudiantiles

  • Mecesup: a) El 29 de marzo se efectuó reunión presidida por el Rector (S) Dr. Litvak, para dar inicio al seguimiento de impacto de los proyectos Mecesup. Como se señala en el convenio entre el Ministerio de Educación y las universidades, estos proyectos, iniciados en 1999 hasta los del año 2003, tienen un período de 3 años de ejecución y compromiso de recursos entregados por el Mecesup y luego es necesario un seguimiento de 4 años a objeto de medir el impacto de ellos. Se efectuó la reunión de inicio y se espera tener reuniones específicas a partir de la próxima semana con quienes fueron directores de estos proyectos para concordar esencialmente cuáles serán los indicadores de seguimiento, tanto transversales como individuales, de cada uno de los 60 proyectos que la Universidad tuvo durante este período. b) Ha habido una demora en la aprobación de las bases de postulación del concurso del nuevo Fondo de Innovación Académica; se calcula que el cierre sea a fines de mayo. Ante esta situación. la Universidad ha acordado una nueva agenda para la selección interna de proyectos y en ella se contempla la entrega de perfiles de proyectos para el 17 de abril, para proceder a la selección interna el 2 de mayo y recepcionar los proyectos finales el 8 de mayo de modo de presentarlos al final del mes al Mecesup. Se está distribuyendo un formulario para la presentación del perfil básico e interesa que haya una estrecha relación entre el proyecto a presentar y los términos de referencia entregados por Mecesup y los acuerdos que la Comisión Mixta de Docencia y Economía ha tomado al respecto en dos sesiones que ha celebrado para estos fines.

Cuenta del Sr. Contralor

  • Reglamento sobre declaración patrimonial de bienes de la Ley Nº20.088. Publicado el 22 de marzo del 2006. Presenta modificaciones a la declaración de intereses que las autoridades de la Universidad prestaron en su oportunidad, siendo más comprensible de valores y bienes que integran el patrimonio; incluye inmuebles, vehículos, valores, derechos y muchos bienes más que integran el patrimonio. Está siendo materia de un instructivo de la Contraloría General de la República, que habrá que esperar para su vigencia. La vigencia empieza 90 días después de la publicación de este reglamento en el Diario Oficial y hay 30 días para entregar la declaración de intereses. La Dirección de Recursos Humanos va a preparar los formularios correspondientes. Todas las autoridades de la Universidad deberán prestar esa declaración.

3.- Integración Juntas Electorales.

El Sr. Rector (S) indica que se halla presente en la sesión el Secretario de la Junta Electoral Central. Ofrece la palabra al Sr. Prorrector (S).

El Sr. Prorrector (S) señala que las unidades académicas están completando sus Juntas electorales; indica que ha recibido la información de 6 de ellas y ruega que se remitan los datos faltantes a la brevedad. En el caso de la Junta Electoral Central refiere que es necesario completar su integración con dos miembros en calidad de suplentes. De acuerdo a reglamento debe efectuarse un sorteo para su elección por este Consejo y se ha cumplido con la norma en el sentido de solicitar a las unidades académicas que hagan su propuesta de nombres. Se ha distribuido en la sala la nómina de académicos candidatos. (Anexo 1 de la presente acta).

Acota que los miembros suplentes de la Junta Electoral Central pasaron a ser titulares y por ello se requiere elegir a dos suplentes.

El Secretario de la Junta Electoral Central inicia el sorteo, solicitando el Sr. Prorrector (S) a la Decana (S) Sra. Luz Maria Cárdenas que saque los números. Sale sorteado el número 26 de la lista, que corresponde a uno de los candidatos presentado por la Facultad de Medicina, Sr. Ivan Saavedra Saavedra; enseguida se sortea el segundo cupo y resulta elegido el número 6 de la lista, correspondiente al profesor de la Facultad de Ciencias, Sr. Alberto Veloso Martínez.

El Sr. Rector (S) reitera que el sorteo que se ha hecho es para los dos miembros suplentes.

Se da por concluido el procedimiento y se procede a la formulación del respectivo Acuerdo.

ACUERDO Nº19

El Consejo Universitario, luego de proceder al sorteo correspondiente, aprueba la designación de los profesores Sr. Ivan Saavedra Saavedra, de la Facultad de Medicina, y Sr. Alberto Veloso Martínez, de la Facultad de Ciencias, como miembros suplentes de la Junta Electoral Central de conformidad con lo dispuesto en los Decretos .Universitarios Nº 002163, de 1994; Nº004105, de 1994 y Nº00 35315, de 2004.

El Sr. Prorrector (S) plantea la posibilidad de que en cualquiera de las Juntas Electorales se produzca un problema de vigencia de las designaciones de sus integrantes actuales. Quisiera que el Consejo Universitario acuerde prorrogar esas designaciones hasta la terminación de los procesos electorales que deben tener lugar dentro de los 120 días a que se ha hecho alusión, de modo de dar estabilidad a las Juntas. Así se acuerda.

ACUERDO Nº20

El Consejo Universitario aprueba que los actuales integrantes de la Junta Electoral Central que preside el Prorrector, y de las Juntas Electorales Locales que presiden los Ministros de Fe de las Facultades e Institutos (Vicedecanos, Subdirectores o quien haya sido designado para tal función) continuarán desempeñándose en las mismas funciones y calidades para todas las elecciones que deban realizarse de conformidad al artículo segundo transitorio del DFL Nº1, de 2006, del Ministerio de Educación, siempre que tengan la calidad de elector en éstas.

Quienes no puedan desempeñarse por haber cesado en funciones de la Corporación, por ausencia u otro impedimento, serán reemplazados, en calidad de titulares, por los actuales suplentes y, en este evento, el respectivo Consejo de Facultad o Instituto designará los nuevos suplentes que sean necesarios.

4.- Situación de claustro electoral Facultad de Ciencias Sociales.

El Sr. Rector(S) alude a la documentación distribuida sobre el punto. Ofrece la palabra al Decano (S) Sr. Aspillada.

El Decano (S) Sr. Aspillaga señala que la petición es formulada por el Consejo de su Facultad, con consulta a los Profesores Titulares de la misma, y está expresada en la carta de fecha 28 de marzo remitida al Sr. Rector (S). En ella se pide postergar la convocatoria a elección de Decano y autoridades de la Facultad, con el objetivo de permitir la jerarquización de –ojalá- la totalidad de los nuevos académicos, así como la rejerarquización, que aumente el número de profesores elegibles para los distintos cargos de acuerdo a la reglamentación vigente. Agrega que existe también acuerdo para que el tiempo requerido para poder ejercer sus derechos político-académicos se restrinja para el nuevo contingente al mínimo de tiempo de permanencia en la jerarquía correspondiente. Agrega que lo planteado apunta a culminar con éxito el proceso de reestructuración en un plazo que permita cumplir con los objetivos definidos. Señala que el nuevo contingente representa, de acuerdo al gráfico, al 36% de las horas de la Facultad. Indica que, de 12 Profesores Titulares de la Facultad, sólo 2 serían eventuales candidatos: el Profesor Manuel Antonio Garretón y la Profesora Victoria Castro. A juicio de ambos profesores, esto menoscaba las posibilidades de que la Facultad esté bien administrada por un consenso de académicos de la propia unidad académica. El universo electoral de la Facultad es hoy 68 profesores y los profesores nuevos son alrededor de 30. Es un número significativo y no tendrían derechos políticos por 4 años. Esto preocupa a la Facultad, porque la participación es algo muy estimado por el cuerpo académico.

El Sr. Prorrector (S) entiende que sólo afectaría a las elecciones de Decano y Directores de Departamentos. No afectaría a las de Rector ni Senado Universitario.

El Decano (S) Ayala consulta cuánto es el plazo que se estima que debiera postergarse la elección programada.

El Decano (S) Sr. Aspillada indica que se ha dejado a consideración de la Junta Electoral Central y del Consejo Universitario.

El Decano (S) Sr. Ayala precisa que hay 120 días y en un lapso más o menos acotado podría correrse el plazo. Le gustaría saber cómo es el plazo de jerarquización en el caso de académicos que tienen que pasar por una Comisión de Evaluación Académica; supone que lo se está esperando es promoción de Instructor a Profesor Asistente y no de Profesor Asistente a Profesor Asociado para que puedan integrar los claustros.

El Decano (S) Sr. Aspillada responde que ese es el mayor volumen y que pueden predecir, por los currícula, que la mayor parte de los Profesores nuevos que aún no han sido jerarquizados serán Profesores Asistentes, ya que la Facultad privilegió en la elección a personas con doctorados, con investigación, en general con postgrado. Con respecto a los Profesores Asistentes y Asociados no se puede prever porque la Comisión de Evaluación demora mucho más en resolver esos casos. La Facultad pregunta cuánto se puede dilatar esto dado que sería una excepción al resto del proceso.

El Decano (S) Sr. Ayala expresa preocupación por la situación de esos académicos en proceso de jerarquización porque de acuerdo a la normativa vigente solo son académicos quienes tengan un nombramiento vigente y estén evaluados. Ello implica, por tanto, que al no estar aún evaluados no son académicos.

El Decano(S) Sr. Aspillada señala que todos tienen un contrato transitorio a la espera de su jerarquización. Se espera que estén jerarquizados en su mayoría a fines del mes de mayo.

El Decano (S) Sr. Ayala indica que, entonces, no son académicos.

El Decano (S) Sr. Aspillada plantea que ganaron un concurso público para ocupar un cargo académico. Lo que la Facultad quiere hacer sentir es que esas personas se van a integrar a la Facultad y que durante cuatro años no tendrían derechos políticos.

El Decano (S) Sr. Ayala considera que sólo son académicos aquellas personas cuyos antecedentes han sido evaluados por la Comisión de Evaluación Académica. Concluye, por tanto, que las personas aludidas no pueden votar, porque no son académicos.

El Sr. Contralor explica que el nombramiento es del 1º de marzo, esto es antes de la vigencia del actual estatuto; si se aplicara el actual estatuto se estaría frente a una petición de principios, es decir, alguien externo a la Universidad no podría concursar para ser académico y, si es externo a la Universidad, no puede tener evaluación por lo que no podría haber ningún ingreso de personas externas. Por eso se optó por un contrato transitorio que permita la evaluación; hecha ésta, se hará el nombramiento en calidad de planta, en el cargo de académico, con la evaluación correspondiente. No hay otra forma de proceder en este caso.

El Decano(S) Sr. Ayala se disculpa por insistir en el tema, pero la experiencia suya en su Facultad es que cuando se llama a un concurso y antes de que la persona ingrese a la Universidad se someten los antecedentes a la Comisión de Evaluación Académica, la que determina en qué jerarquía se ubica esa persona. Es más, se le comunica si está dispuesta a aceptar esa jerarquía antes de su nombramiento porque éste, independiente de que sea en planta o contrata, tiene por propósito asegurar de que sea un contrato sin vicios. Por eso le extraña el planteamiento del Sr. Contralor. En su Facultad siempre el académico sólo toma la calidad de tal en la medida en que es debidamente jerarquizado por la Comisión de Evaluación. Incluso, cuando se trata de la jerarquía de Asociado o Titular, el problema que se presenta habitualmente es el exceso de tiempo que toman los procesos de evaluación y por eso se da trato diferente. Este es un punto central a su juicio.

El profesor Babul comenta que lo importante es la publicación de la nómina de académicos con derecho a voto porque todas las elecciones tienen su fecha; si aparecen en esa publicación, tienen derecho a voto. Cree que serán distintas las listas para cada una de las elecciones.

El Sr. Rector (S) precisa que el Decano (S) Sr. Aspillaga ha presentado una solicitud en el sentido de postergar la elección en función de los argumentos entregados. Debe resolverse sobre esta propuesta. Aparentemente, ella sería aceptable en la medida en que este atraso esté dentro del plazo de 120 días que manda la ley. De tal modo que la propuesta es: 1) que la elección se haga el último jueves dentro de los 120 días y 2) respecto al claustro y la posibilidad de jerarquizar a los que acaban de ingresar por concurso, estima que es un tema que debe informar la Contraloría Interna.

El Sr. Prorrector (S) señala que estas son dos excepciones a las reglas establecidas: 1) cambio de fecha de la elección de Decano, pero poniéndola al final de los 120 días; 2) conformación del claustro para el caso de Decanos, se pide por lo menos 30 días de antelación. Se ha fijado el 17 de marzo como fecha general. Esto requiere, entonces una medida de excepción con la Facultad de Ciencias Sociales para fijarla 30 días antes de esa elección estén o no evaluados los académicos que acaban de ingresar. Depende de una decisión del Consejo dar lugar a una excepción al proceso.

El Sr. Rector (S) cree que, igualmente, las dudas planteadas por el Decano (S) Sr. Ayala deben ser revisadas por la Contraloría interna.

El Decano Sr. Nahum considera desagradable tener que plantear que hay un proceso general que ha establecido un cierre de claustro al 17 de marzo. No cree que haya habido una diferencia entre el 14 y el 17 de marzo para pedir un cambio hoy. Hay un precedente de su Facultad cuando le tocó subrogar durante un periodo y hubo una elección sin que se perfeccionara el claustro. Cree que no hay otra alternativa que asumir la situación tal cual está porque no es admisible legislar para el caso concreto. Se opone tajantemente por principio. No se puede someter un proceso general de renovación de autoridades de la Universidad de Chile a una situación que contemple excepciones.

Con respecto a lo planteado por el Decano Sr. Nahum, el Decano (S) Sr. Aspillaga aclara que se le solicitó especialmente no incluir este tema en las sesiones del 14 y 17 de marzo para no complicar la discusión. Por eso lo ha planteado ahora. Insiste en que está representando la inquietud de toda su Facultad ya que el grupo de académicos involucrados en esta situación representa un tercio de las horas que la unidad ha debido llamar a concurso; creen que es injusto que personas que integrarán el cuerpo académico de la Facultad no puedan opinar sobre quienes van a administrarla durante los próximos cuatro años.

El Decano Sr. Ramos señala que si la mayoría de los integrantes de esa Facultad desea que participen todos sus integrantes, se podría emplear el siguiente mecanismo: elegir a un Decano que después de dos meses renuncie y, con el claustro completo, llamar a nueva elección. Si esta posición no corresponde al sentir mayoritario, se suscribe entonces a la postura del Decano Sr. Nahum.

El Decano (S) Sr. Ayala está de acuerdo en que sienta precedentes complejos legislar para el caso particular. Concuerda con la conveniencia de obtener la mayor participación posible. Le parece que por los antecedentes entregados, no serán tantos los profesores que queden fuera. Le preocupa más allá de la dimensión jurídica del tema, que esta urgencia constituya una presión para la Comisión de Evaluación Académica. Los procesos de evaluación académica son delicados y de una alta sensibilidad y una presión como la que se generaría a partir de una decisión de este Consejo, podría ir en contra de lo que se persigue, que es lograr el mejor resultado para la Facultad.

El profesor Merino encuentra salomónica la propuesta del Decano Sr. Ramos. La idea sería, entonces, que la Facultad eligiera un Decano transitorio hasta que se normalice el claustro con la idea de que renuncie en ese momento para proceder a una nueva elección. Cree que podría ser una buena solución; sería una recomendación del Consejo nada más.

El Decano (S) Sr. Cifuentes señala que habría que pensar que la jerarquía más baja a la que podrían quedar adscritos estos nuevos académicos es la de Ayudante y en la elección de Decano votan todos los académicos, de manera que en verdad es una situación que podría resolverse.

El Presidente de la FECH cree que debe haber un nivel de flexibilidad considerando que se trataría de 30 académicos por lo menos. No entiende cuál sería el mal precedente; es más, cree que el mal precedente estaría en mostrar tanta rigidez y quitarle legitimidad a una elección, sobre todo teniendo en cuenta que es un sentir de toda la Facultad la que expresa esta petición que ha presentado el Decano (S) Sr. Aspillaga. Cree que menos presentable sería la solución del Decano transitorio porque le quitaría legitimidad al proceso y, también, carecerá de legitimidad una elección en que una parte importante de sus académicos no participe. Insiste en la necesidad de ser flexibles.

El Sr. Rector (S) sintetiza la propuesta. Se solicita postergar la elección de Decano de la Facultad de Ciencias Sociales hasta el último jueves de los 120 días en que concluye el plazo y que el claustro se fije 30 días antes de esa fecha de manera de lograr el máximo de académicos evaluados.

El profesor Babul precisa que la solicitud no se refiere sólo a la elección de Decano sino también de Directores de Departamentos y que si se opta por la transitoriedad hasta que se haga nueva elección, deberían renunciar todos los elegidos, lo cual complica mucho la situación.

El Sr. Rector (S) agrega que la otra posición es la del Decano Sr. Nahum que propone simplemente no innovar en el Acuerdo del Consejo Universitario y llevar adelante el proceso en esa Facultad igual que en las demás.

El Decano Sr. Nahum considera difícil que aumente la posibilidad de elegibles para Decanos. Sólo se podrían evaluar Instructores, Ayudantes y Asistentes. No le parece que sea adecuado aparecer modificando el claustro sólo de los votantes y no de los posibles elegidos.

El Decano Sr. Urcelay señala que si se mantiene la fecha máxima para Decanos y Directores de Departamento -considerando que hay que realizar la elección dentro de un plazo, pero sin que se hayan establecido hasta ahora fechas específicas-, es posible pedir un esfuerzo a la Comisión de Evaluación Local para que resuelva esos 30 casos que no son de las altas jerarquías y, por tanto, no tendrían que pasar por la revisión de la Comisión Superior. Cree factible que se evalúen esos casos en los 23 días hábiles restantes.

El Decano Sr. Silva opina que es particularmente importante en este caso que el Decano sea realmente representativo de su Facultad dado el proceso por el que ha atravesado. Este 36% que no podría votar es un porcentaje relevante, pero también entiende que hay en juego un tema de transparencia. Le parece que la alternativa del profesor Ramos es interesante. Recuerda su experiencia con la separación de la Facultad de Ciencias Agrarias y Forestales en dos Facultades, Cs. Agronómicas y Cs. Forestales, que ocurrió siendo él Decano; comenta que en esa ocasión una vez producida la división, él renunció al Decanato porque el claustro que lo había elegido ya no era el mismo. Estima factible la propuesta del Decano Sr. Ramos y que la Facultad trate el tema porque quien renuncia puede ser reelegido por el nuevo claustro.

Al Decano Sr. Julio le parece que, en el espíritu, todos apoyan al Decano (S) Sr. Aspillaga, pero también coincide con el Decano Sr. Nahum en cuanto a que un proceso eleccionario es algo muy delicado y debe ser absolutamente preciso, transparente y atenerse a Derecho no pudiendo depender de situaciones coyunturales, ya que puede sentar precedentes muy riesgosos para el futuro. Hay que atenerse a la reglamentación: quienes estén en la lista dentro de los 30 días, pueden votar; los que no alcanzan no deben votar y no caben status especiales.

El Dr. Braghetto concuerda con el Decano Sr. Urcelay en cuanto a que la Comisión de Evaluación Local debe hacer el máximo esfuerzo para llevar adelante el proceso de evaluación de manera de que participe la mayor cantidad de profesores. Le parece que ello favorece la transparencia y una buena manera de hacer las cosas.

El Sr. Rector somete a votación las propuestas del Decano (S) Sr. Aspillaga y del Decano Sr. Nahum en cuanto a no acceder a la solicitud de la Facultad de Ciencias Sociales.

Se rechaza la propuesta del Decano Sr. Aspillaga y se aprueba mantener el status quo, no innovando en esta materia. Se mantiene la fecha de elección de Decanos para todas las Facultades y los claustros se fijan en la fecha acordada en el último Consejo.

El Dr. Braghetto cree que habría una tercera posibilidad: postergar hasta la última semana la elección y dejar un mes para las evaluaciones, con lo cual se le daría salida al elenco de votantes y flexibilidad al Decano de Ciencias Sociales, cumpliéndose ambos objetivos.

El Sr. Rector (S) precisa que esa propuesta no obtuvo ningún voto.

El Dr. Braghetto insiste en que no se planteó de ese modo.

El Sr. Rector (S) reitera que el planteamiento fue claro en ese sentido.

El Decano Sr. Urcelay señala que su planteamiento fue hacer la elección en las fechas topes acordadas y que mientras tanto la Comisión de Evaluación Local trabaje para lograr el máximo de evaluados posible.

El Sr. Rector (S) plantea que esa fue la primera posición que puso en votación y nadie la votó.

El Decano Sr. Urcelay insiste en que el planteamiento no cambia las fechas acordadas anteriormente.

El Sr. Rector (S) subraya que esa votación se perdió. Propone cerrar el debate y continuar con los puntos de la tabla.

5.- Reglamentación de las elecciones de Rector, Decanos, Directores de Departamento e Integrantes del Senado Universitario.

El Sr. Rector (S) ofrece la palabra al Sr. Prorrector (S).

El Sr. Prorrector se refiere a los distintos aspectos que se tomaron en cuenta para la elaboración de los reglamentos que se someten a la consideración del Consejo. Destaca que se consideró especialmente que una de las tareas fundamentales del Senado Universitario, una vez instituido, será la elaboración de toda esta normativa. Por ello, se trató de innovar lo menos posible en la materia, tomando en cuenta que las decisiones que habían llevado a la reglamentación que hasta ahora ha regido las elecciones en la Universidad, han estado fundadas en estudios serios y consideraciones del propio Consejo Universitario. Esta ha sido la filosofía con la que se trabajó, pensando en dar el máximo de garantía y transparencia. La minuta distribuida sobre el punto ha tenido por objeto facilitar la lectura de las propuestas. En el fondo se mantiene el espíritu de la regulación que ha establecido la Universidad en esta materia.

El Sr. Rector (S) señala que en esta Minuta se hallan mencionados aquellos aspectos en que hay diferencias con la normativa que ha estado vigente hasta ahora.

Para una mayor claridad en la discusión, la Secretaría del Consejo transcribe la mencionada minuta:

“INTRODUCCION:

De conformidad con la disposición referida en la materia, corresponde a la Universidad de Chile realizar, dentro del plazo de 120 días a contar del 10 de marzo de 2006, elecciones de Rector, Decanos, Directores de Departamento y Senado Universitario.

El H. Consejo Universitario, en sesión de 17 de marzo de 2006, aprobó la propuesta presentada por la Junta Electoral Central, con una modificación en la fecha de la elección de Rector y Decanos. Asimismo, acogió la propuesta de la Junta Electoral Central en términos de mantener en general el esquema normativo vigente, con las adecuaciones que sea del caso incorporar, para el mejor desarrollo de los actos eleccionarios. Finalmente, se aprobó establecer como fecha general de determinación de los claustros la de la convocatoria, tal es, el 17 de marzo de 2006, para efectos de antigüedad y determinación de jornada.

La convocatoria a las elecciones y el calendario de sus etapas más relevantes se oficializó mediante D.U. N°004960 de 17 de marzo de 2006.

El Rector (S) de la Universidad presenta al H. Consejo la propuesta de reglamentos para estas cuatro elecciones. En ellas, se ha mantenido en general la reglamentación vigente, y se han incorporado algunas modificaciones surgidas del análisis efectuado por la Junta Electoral Central, que permiten adaptar los reglamentos a la normativa actual.

Dichas modificaciones se detallan a continuación, para mejor información y resolución de los Sres. Consejeros.

A.- REGLAMENTO DE ELECCION DE RECTOR:

Se tomó como base el actual D.U. N°002163 de 1994, con las siguientes modificaciones:

  1. Se ajustan las fechas al calendario aprobado por el Consejo Universitario.
  2. Artículo 1° inciso segundo: Se especifica el requisito de antigüedad de un año, siguiendo el modelo del D.U. N°0016.288 de 2004, que convocó a elecciones para la Comisión Especial - Senado Universitario. Corresponde, además, al criterio que históricamente ha aplicado la Junta Electoral Central para determinar la antigüedad. Asimismo, se explicita un criterio que siempre se ha aplicado en la práctica y que ya existía en los reglamentos de consultas para designación de Decanos y de Directores de Departamento, cual es que para tener derecho a voto no deberán haberse retirado con posterioridad a la fecha de convocatoria a elección.
  3. Artículo 1° inciso cuarto: Se incorpora la ponderación de los votos para jornadas de 6 horas o menos, de conformidad con el acuerdo N°60 del Consejo Universitario, adoptado el 28 de diciembre de 2004.
  4. Artículo 1° inciso quinto: se especifica la fecha de corte que se considera para determinar la jornada del elector (por ende, la ponderación de su voto), siendo ésta la de convocatoria, de conformidad con lo propuesto por la Junta Electoral Central y aprobado en la sesión anterior del Consejo Universitario.
  5. Artículo 1° inciso final: aplica excepción a restricción de jornada, según Acuerdo N°15 del Consejo Universitario, de fecha 9 de marzo de 2004, y según D.U. N°0015.650 de 26 de abril de 2004. Lo hace extensivo a los Profesores Eméritos.
  6. Artículo 2° incisos primero y cuarto, artículo 7°, artículo 8° y artículo 17: incorporan referencia a decreto de convocatoria.
  7. Artículo 4° inciso primero: incorpora conformación de Junta Electoral Central, que corresponde a la contenida en todos los decretos de “consulta para la designación”.
  8. Artículo 8°: Se especifica que los patrocinantes de la candidatura deben tener jornada superior a seis horas.
  9. Artículo 9°: Establece requisitos del candidato a Rector, mediante referencia a las nuevas normas vigentes. Tales requisitos son “Deberá ser Profesor Titular de la Universidad de Chile o una personalidad académica de una jerarquía que la Institución, a través del Consejo de Evaluación, reconozca equivalente de conformidad a lo previsto en el Reglamento contemplado en el artículo siguiente”.
  10. Artículo 12 inciso primero: se incorpora frase “adoptando las medidas de ordenamiento que posibiliten el mejor desarrollo del acto eleccionario”.
  11. Artículo 17: se actualiza referencia a norma que establece la posibilidad de segunda vuelta.
  12. Artículo 18: incorpora fecha de asunción del Rector electo.
  13. Artículo Transitorio: se modifica, al tenor de la institucionalidad vigente.

B.- REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE DECANOS:

En la propuesta de Reglamento para la elección de Decanos, se ha tomado como base el D.U. N° 004105 de 1994 regula la Consulta para la designación de Decanos y Directores de Instituto Interdisciplinario, en cuanto a los aspectos de fondo (claustro, requisitos candidatura, patrocinio). En cuanto a los elementos operacionales, se ha adaptado al D.U. N°0035.315 de 2004, que regula la Consulta para la designación de Directores de Departamento, que siendo muy similar a su homólogo del año 1994, trata en mejor forma los aspectos propiamente de procedimiento.

Además, se han incorporado los plazos de acuerdo con lo aprobado por el H. Consejo Universitario en su sesión de 17 de marzo pasado.

En consecuencia, las modificaciones o ajustes propuestos son los siguientes:

  1. Se ajustan las fechas y plazos al calendario aprobado por el Consejo Universitario.
  2. Se adecua la nomenclatura de “consultas” a “elecciones”, y sus derivados.
  3. Artículo 1° inciso primero y segundo: la fecha de corte considerada para determinar la antigüedad y jornada del elector es la de convocatoria (17 de marzo de 2006) y no la de realización de la elección, de conformidad con lo propuesto por la Junta Electoral Central y aprobado en la sesión anterior del Consejo Universitario.
  4. Artículo 2°: se señala que podrán ser candidatos los Profesores Titulares de la respectiva Facultad.
  5. Artículo 10°: incorpora referencia a decreto de convocatoria.
  6. Artículo 13: Se agrega la frase “Asimismo, en términos generales, podrá adoptar las medidas de ordenamiento que posibiliten el mejor desarrollo del acto eleccionario”.
  7. Artículo Transitorio: se modifica, al tenor de la institucionalidad vigente.
  8. Punto 2.- del Decreto: deroga en el D.U. N°004105 de 1994 lo referido a consulta para la designación de Decanos, dejando subsistentes las normas sobre Directores de Institutos.

C.- REGLAMENTO PARA LA ELECCION DE DIRECTORES DE DEPARTAMENTO:

Se tomó como base el D.U. N° 0035.315 de 2004, que regula la Consulta para la designación de Directores de Departamento, con las siguientes precisiones:

  1. Se ajustan las fechas y plazos al calendario aprobado por el Consejo Universitario.
  2. Se adecua la nomenclatura de “consultas” a “elecciones”, y sus derivados.
  3. Artículo 1° inciso primero y segundo: la fecha de corte considerada para determinar la antigüedad y jornada del elector es la de convocatoria (17 de marzo de 2006) y no la de realización de la elección, de conformidad con lo propuesto por la Junta Electoral Central y aprobado en la sesión anterior del Consejo Universitario.
  4. Artículo 1° inciso final: incorpora norma contenida en los otros reglamentos.
  5. Artículo 10°: incorpora referencia a decreto de convocatoria.
  6. Artículo 13: Se agrega la frase “Asimismo, en términos generales, podrá adoptar las medidas de ordenamiento que posibiliten el mejor desarrollo del acto eleccionario”.
  7. Artículo Transitorio: se agrega, siguiendo el modelo de los otros reglamentos.

D.- SENADO UNIVERSITARIO.

En este caso, se tomó como base el D.U. N°0016.288 de 2002, que convocó y reguló las elecciones de representantes a la Comisión Especial – Senado Universitario. Se tuvo a la vista, además, los instructivos que en esa oportunidad emitió la Junta Electoral Central, que rigieron algunas materias que, a juicio de la Junta Electoral Central, es preferible estén previstas en el reglamento (número de preferencias a emitir, validez de los votos).

Las precisiones propuestas son las siguientes:

  1. Se ajustan las fechas y plazos al calendario aprobado por el Consejo Universitario.
  2. Artículo 2° incisos primero y segundo: si bien mantiene la norma anterior (el mismo claustro que actualmente...), cabe hacer presente que implica aplicar la restricción según jornada, reiterando las normas de los Reglamentos para elección de Decanos y Directores de Departamento.
  3. Artículo 2° inciso cuarto y 30 inciso segundo: Consecuencia de lo anterior es la situación de quienes teniendo nombramientos de hasta seis horas en distintas unidades, al sumarlos presentan una jornada superior a seis horas. Se propone que estos académicos voten por candidato transversal, en el claustro donde tengan mayor jornada, o en caso de igualdad, en el que la Junta Electoral Central le asigne.
  4. Artículo 3°: En el caso de los estudiantes se sugiere innovar respecto de la norma general de fecha de corte (17 de marzo), dado que 30 días antes muchos de ellos no están matriculados.
  5. Artículo 3°, 20 y 35: Se propone que estudiantes y Hospital Clínico tengan dos días de votación.
  6. Artículo 5° y 15 letra b): El padrón académico será fundamentalmente proporcionado por las Juntas Electorales Locales, en atención a que es el mismo de la elección de Decanos y Directores de Departamento.
  7. Artículo 6° inciso primero: Se sugiere eliminar restricción para los Profesores Asistentes con más de doce años en la jerarquía.
  8. Artículo 6° incisos tercero y cuarto: Se recomienda señalar expresamente estas inhabilidades.
  9. Artículo 9°: Se especifica que la inscripción de candidatos estudiantiles se realice ante la Junta Electoral Central.
  10. Artículo 10: Se reduce a dos años la exigencia de antigüedad para los candidatos no académicos. Se restringe a los patrocinantes a un solo candidato, tal como se especifica para académicos y estudiantes.
  11. Artículo 12 inciso segundo: Se plantea un recurso de reconsideración para candidaturas inscritas ante la Junta Electoral Central y rechazadas por ésta.
  12. Artículo 13: Se especifican los Institutos que participan en el proceso, en atención a las nuevas disposiciones estatutarias.
  13. Artículo 17: Se propone dicha conformación para la Junta Electoral Local del Hospital Clínico.
  14. Artículo 23 inciso primero: Se agrega la frase “Asimismo, en términos generales, podrá adoptar las medidas de ordenamiento que posibiliten el mejor desarrollo del acto eleccionario”.
  15. Artículo 25: Se propone redacción respecto de conformación de las mesas receptoras de sufragios.
  16. Artículo 27 inciso primero: Se considera la posibilidad de integración incompleta de la mesa.
  17. Artículo 35 inciso primero: se especifica que, en el caso de votación en dos días, no se realizarán escrutinios parciales.
  18. Artículo 40 inciso segundo: Se establece que no exista segunda vuelta de candidatos académicos transversales
  19. Artículo 43: Se considera la posibilidad que motivos fundados o de fuerza mayor requieran flexibilizar algunos horarios. (Ejemplo: alumnos de postgrado).
  20. Artículo Transitorio: se modifica, siguiendo el modelo de los otros reglamentos”.

El Sr. Rector (S) propone discutir cada uno de los reglamentos comenzando con el de la elección de Rector de la Universidad de Chile. Ofrece la palabra.

A) Reglamento para la elección de Rector de la Universidad de Chile

El Decano (S) Sr. Ayala señala que ha tenido especial cuidado de cotejar lo que se afirma respecto a que la Junta Electoral Central ha tenido especial cuidado en mantener los reglamentos vigentes adecuándolo sólo en lo necesario al nuevo Estatuto. Al respecto, indica que el análisis del reglamento para la elección de Rector del año 2002 da cuenta de que el Claustro está compuesto de igual modo pero no se incorpora la ponderación de votos en un corte de 7 horas o más y 6 horas o menos. También en la elección de Decano, el año 2002, se permitía la votación de todos los profesores y no como ahora que se establece que votan solo los que tienen 7 horas o más. Personalmente, le parece que, si bien hay un Acuerdo del Consejo Universitario de diciembre de 2004, en cuanto a incorporar una ponderación de votos de 1/8, esto es 8 personas de nombramiento de 6 horas o menos equivalen a 1 voto, es, por lo menos, una arbitrariedad, que no se condice con la transparencia que requiere este proceso de instalación del nuevo estatuto, sobre todo porque la ponderación y el corte son absolutamente arbitrarios.

Agrega que se tomó el trabajo de analizar el claustro del 2002 comparándolo con el del 2006 y ha encontrado anomalías altamente preocupantes, de las que quiere dejar constancia aquí, particularmente en el Hospital. El número de electores del Hospital creció de 228 el 2002 a 301 el 2006, de los cuales 280 están en el rango de 7 horas o más. El resto de las unidades –analizados en el nombramiento de 7 horas- se ajustan razonablemente bien al número de electores del 2002, de modo que la variación que tienen -salvo el caso de su Facultad que baja a la mitad sus electores, y en general todas bajan un poco-, no son muy relevantes. Cree que frente a una comunidad de casi 22.000 estudiantes, alrededor de 3500 funcionarios y 5000 académicos, llevar a cabo una elección con una ponderación arbitraria tanto en el corte de horas como en la ponderación, y, en el caso de Decanos y Directores, dejando fuera a los profesores de jornada parcial de 6 horas, realmente es un tema muy delicado que mueve a sospecha. Lo dice porque en el mismo espíritu que señaló respecto a la propuesta del Decano (S) Sr. Aspillaga, le importa mucho la participación y dejar fuera arbitrariamente a una parte de la comunidad que juega un rol relevante, que son los ingenieros, los médicos, los economistas, los arquitectos etc., que van a enseñar por hora a las Facultades y entregan un tremendo aporte con su experiencia, conlleva el gran peligro de que estas elecciones se vean objetadas de fondo. Por eso, desde el comienzo de este debate, desea dejar establecido que la incorporación de la ponderación de votos, la limitación en el número de patrocinantes a las candidaturas con jornadas superiores a 6 horas y la constitución de los claustros con la exclusión señalada, le parece que no es aceptable ni sensato. El Consejo debe entender que no se puede dejar fuera a una importante cantidad de académicos en esta nueva institucionalidad universitaria.

El Sr. Prorrector (S) explica que cuando se aprobó ese Acuerdo se hizo luego de un largo debate de comisiones mixtas formadas por integrantes del Senado Universitario y el Consejo Universitario. Hubo mucho debate y se trabajó mucho y por eso le duele que se califique de arbitraria la decisión. La opinión predominante tanto del Senado como del Consejo fue que la Universidad debiera ser gobernada por la gente que “vivía” más en ella. La posición inicial fue que nadie de menos de 6 horas votara, ni siquiera en la elección de Rector. Hubo una complicación legal y la Contraloría estimó que no se podía ponderar en 0 la votación de quienes tenían menos de 6 horas y de allí surgió el octavo. Por eso no fue una medida tomada a la ligera; fue una de las razones por la que se integró en las proposiciones de ahora, porque era el resultado de un trabajo serio y prolongado en el tiempo. Enfatiza que se ha hecho un esfuerzo para dar la mayor limpieza a este proceso.

El Dr. Braghetto recuerda el debate a que ha hecho referencia el Sr. Prorrector (S). El Hospital ha contratado a estos profesionales porque cubren actividades en los centros periféricos y esto fue un largo debate. La idea era dejar fuera a todos estos profesionales de los centros externos; se discutió mucho esta materia y le parece que no corresponde ahondar ahora ya que fue largamente debatido con amplia participación.

El Sr. Rector (S) recuerda que este tema lo inició el Senado Universitario y por eso se formó una comisión mixta con la Comisión de Estructura de este Consejo, que presidió el Decano Sr. Urcelay, y ésta fue la que recomendó la ponderación que aprobó el Consejo.

El Decano Sr. Urcelay comenta que se hizo este trabajo en una zona fría, esto es lejos de procesos eleccionarios, porque en la elección pasada se apreció que había mucho nombramiento con escasa carga horaria y el tema de política fue que aquellos que “vivían más “en la Universidad debían participar en la elección de sus autoridades; se llegó a plantear incluso un corte en las 22 horas. Se trató en una muy buena relación con el Senado y se concluyó inicialmente que quienes tuvieran seis horas o menos simplemente. no tendrían derechos políticos. Pero, con posterioridad, un año después, por un alcance de la Contraloría General de la República se llegó a la ponderación por cuanto ésta señaló que de acuerdo a la normativa vigente no se podía discriminar dejando sin derecho a voto a los académicos con esa carga horaria porque la ley no distinguía. Se llegó a esa transacción, que es un número mágico, porque podría haber sido cualquier otro. Lo central es que el Consejo planteaba que no deberían tener derechos políticos en todos los niveles. Hoy existe la situación en que sólo tienen derechos políticos para la elección de Rector con esa ponderación, pero en el resto de las elecciones no votan. Cree que todo se puede revisar y corresponde al Senado esa tarea de acuerdo al nuevo estatuto. El Senado tenía una matriz que daba ponderación según los distintos contratos, pero era muy complejo y se optó por una ponderación simple.

El Decano (S) Sr. Ayala no puede estar más de acuerdo con lo que han dicho el Sr. Prorrector (S) y el Decano Sr. Urcelay. Naturalmente, es de los que vive en la Universidad y no tiene dudad de eso; no discrepa del articulo 11 del nuevo estatuto que deja la posibilidad de ponderar según jerarquía y dedicación horaria. Pero le parece que debe haber una racionalidad. Por qué un académico que tiene 7 horas tiene derecho 100% y el que tiene 6 horas no tiene derechos; es una arbitrariedad insustentable. No hay lógica alguna. Esto es para él un tema esencial; esta Universidad funciona con académicos de jornada completa y académicos de jornada parcial que hacen un gran aporte. Hay que entender eso. En Derecho, Ingeniería, Agronomía, Economía etc. se requiere de esos profesores. Insiste en que el espíritu fue otro y quedó plasmado en el estatuto que establece una gradualidad, relacionada con dedicación y jerarquía. Es obvio que las jerarquías nuevas, recién ingresadas tampoco entienden mucho de lo que es el gobierno de la Universidad. Le parece lógico que las ponderaciones sean graduadas. Está en desacuerdo con el Dr. Braghetto; se está en una instancia muy importante de la universidad y todas las opiniones deben ser recogidas y no es partidario de que esas opiniones pasen por la censura que él ha señalado al plantear que el debate está cerrado. Cree que no lo está en absoluto, porque es el tema más importante del proceso que está viviendo la Universidad. Es la primera vez que se va a elegir de una manera informada a todos los cuerpos colegiados y directivos. Apela a tener cuidado con este tema porque no es un tema cualquiera. Durante la dictadura no se pudo decir nada; hoy, en cambio se tiene toda la libertad para hablar y en este momento se toma esa libertad porque le preocupa la situación de la Universidad con cifras que no se sostienen, como los quiebres a 6 horas y que ciertos académicos importantes queden fuera del proceso. Se pregunta qué pasaría si la Universidad no contara con esos académicos que hoy se pretende dejar afuera.

El Sr. Rector (S) insiste en que la discusión fue larga, seria, rigurosa y muy ponderada.

El Decano (S) Sr. Aspillaga reclama para esta situación el mismo criterio empleado para el caso de su Facultad. Esto es, respetar la normativa decidida por los dos organismos colegiados mencionados. En su Facultad, los profesores son ahora todos de más de 12 horas, porque se eliminó la situación anterior, en que la mayoría de los académicos tenían una carga horaria inferior a 6 horas. Propone no discutir este tema en este momento para estas elecciones.

El Decano Sr. Ramos cree que el claustro propuesto es una mejora respecto al antiguo. Una sugerencia de mayor gradualidad quizás hubiera sido mejor, pero lo actual es de todos modos mejor. Cree que no corresponde discutir ahora este tema. Le inquieta el planteamiento del Decano (S) Sr. Ayala en el sentido que en algunas Facultades se habría subido la carga horaria a siete horas o más con el fin de que participen en el claustro. Eso violentaría, a su juicio, el espíritu del acuerdo, porque lo harían algunas Facultades y otras no. Reitera que le preocupa si eso es cierto. Lo que ha señalado el Dr. Braghetto de que los nuevos nombramientos son de 7 horas por razones particulares le parece razonable, pero le preocuparía que gente con nombramiento antiguo haya cambiado la carga horaria para esta finalidad. Es una materia que debe revisarse.

El Decano (S) Sr. Ayala consulta al Sr. Rector (S) si puede distribuir una hoja donde están las cifras a que ha hecho referencia.

Se distribuye el documento, que se identifica como Anexo 2 de la presente sesión.

El Decano(S) Sr. Ayala entiende que no hay disposición para discutir la materia, pero desea insistir en la necesidad de que haya transparencia para la tranquilidad del proceso eleccionario. Solicita que a partir de la Tabla distribuida se estudie el tema para tranquilidad de todos.

El Dr. Braghetto señala que el incremento de contratos en el Hospital se deben exclusivamente a que ha habido que cubrir las necesidades profesionales de los centros periféricos del Hospital y por contrato tienen una hora. No ha habido ninguna manipulación y desea que ello quede claro.

La Decana (S) Sra. Invernizzi manifiesta una pavorosa inquietud porque muchos de los planteamientos ponen un velo de sospecha sobre la manera en que se va a desarrollar este proceso electoral. Le parece conveniente que esta información sobre los nombramientos, que está directamente ligado al derecho a voto, sea una información oficial de los organismos responsables de la Universidad. Si hay situaciones en que se ha aumentado de cinco a siete horas debe saberse claramente para que no haya elementos de objeción. Planteada la duda es necesario disponer de la información relativa a los movimientos recientes de personal para conocimiento de todos. La revisión de lo que aquí se propone no es algo para discutir hoy pero sí debería ser materia que aborde el Senado de la Universidad. Le parece que la ponderación es vergonzosa porque realmente esos académicos de menos de siete horas aportan al trabajo universitario. Hay también muchos profesores que se están retirando y desearían continuar vinculados a ellas mientras se mantengan vigentes y es probable que tengan nombramientos de 6 horas. No le gustaría, después de 40 años en la institución, que la excluyeran por el hecho de tener 6 horas contractuales o le otorgaran una ponderación vergonzosa. Insiste en que el Senado debe discutir el tema.

El Decano Sr. Urcelay se refiere al artículo 12 sobre mesas receptoras de sufragio. Consulta si habrá mesa distinta para los votos ponderados.

El Sr. Prorrector (S) responde afirmativamente.

El Decano Sr. Nahum señala que cuando se debatió el tema de la ponderación fue el único Decano que se opuso. Se reconoció que la Facultad de Derecho tenía una situación especial porque funciona básicamente con profesores a horario y se señaló que se iba a buscar una solución. Comenta que en su oportunidad adelantó que aumentaría la carga horaria porque era la única forma de proceder en su caso. Recuerda esto ahora para no caer bajo sospecha cuando se revisen las cifras.

El Sr. Rector (S) rechaza en forma genérica las insinuaciones y sospechas que se han formulado a propósito de los temas vistos, porque parte de la presunción de que son razones de buen servicio las que hacen que un Decano o Director modifique la carga horario de un académico. Lo contrario debiera probarse. Habría que hacer un estudio completo de los movimientos de personal. Recuerda que cuando asumió esta subrogancia como Rector envió un mail a toda la comunidad universitaria asegurando que mientras sea responsable de la Universidad habrá absoluta transparencia. Y se hace cargo de todas las acusaciones justas, pero las injustas rebotan hacia los Decanos y Directores. Solicita calma; hasta ahora ninguna acusación ha tenido fundamento.

Consulta si hay otra observación sobre el reglamento.

El Decano (S) Sr. Ayala declara conocer y no dudar del equipo a cargo de este proceso. Ha sentido un deber presentar la información disponible. Consulta sobre el artículo 9º y los requisitos para ser candidato a Rector. Señala que no existe el Consejo de Evaluación y no sabe cómo se resolvería esa situación que contempla la ley que es la posibilidad de un candidato que no tenga jerarquía de profesor titular y sobre la que debe resolver el mencionado Consejo. Consulta si no sería mejor dejar explícito que en esta elección concreta no podría presentarse nadie con esas características o bien que se acudiría a la Comisión Superior de Evaluación.

El Secretario de la Junta Electoral Central precisa que en esta elección no puede aplicarse esa norma simplemente.

El Decano (S) Sr. Ayala solicita explicitarlo.

El Sr. Rector (S) plantea que se precisará en el articulado.

El Decano Sr. Nahum consulta si es suficiente estar en la contrata o hay que estar en la planta para ser candidato. Hay un dictamen de Contraloría que exige planta.

El Sr. Secretario de la Junta Electoral Central señala que no habiéndose innovado en lo señalado por el dictamen, la Junta Electoral Central entiende que debe estar en la planta.

El Decano (S) Sr. Ayala plantea que, en el artículo 1º, 2º párrafo, se dice que todos los profesores deberían contar con 1 año de permanencia ininterrumpida, salvo el caso de la interrupción transitoria para fines previsionales. Le parece rara esta excepción.

El Sr. González indica que la Junta Electoral Central consideró que en la ley no se hace una definición del año de antigüedad y surgieron dudas sobre la manera de contabilizar ese plazo. Entonces, frente a la necesidad de claridad y para integrar esa norma, se recurrió al único antecedente que había que era lo que el 2002 se había aprobado para el Senado Universitario por el Consejo Universitario. Se estableció esta excepción para fines provisionales, porque ocurre en la práctica que los académicos se desvinculan por plazos muy breves.

El Sr. Rector (S) procede a la formulación del Acuerdo correspondiente.

ACUERDO Nº21

El Consejo Universitario aprueba la propuesta de reglamento para la elección de Rector de la Universidad de Chile presentada por la Junta Electoral Central en los términos contenido en el documento sometido a la consideración del Consejo denominado “Propuesta de Reglamento para la Elección de Rector de la Universidad de Chile”, con la siguiente salvedad: en el artículo 9º se debe precisar que en esta elección “para ser candidato a Rector se requerirá ser Profesor Titular de la Universidad de Chile”, toda vez que, al no estar instituido el Consejo de Evaluación, no se puede reconocer la equivalencia a la jerarquía de Profesor Titular de una personalidad académica para ser candidato a Rector”.

El documento aludido se entiende formar parte del presente Acuerdo.

B) Reglamento para la elección de Decanos.

El Sr. Rector (S) ofrece la palabra.

El Decano Sr. Julio señala que el reglamento no establece el plazo para asumir el cargo, a diferencia de lo que ocurre con la elección de Rector.

El Sr. Prorrector (S) indica que se estimó que eso debía ser materia de cada Facultad con su Junta Electoral.

La Profesora Irigoin señala que en la Minuta no se menciona a los Directores de Institutos en el enunciado, pero hay una inconsecuencia porque en la primera línea después se señala que regula la elección de Decanos y Directores de Institutos, página 2, abajo.

El Sr. Rector (S) precisa que esa es la minuta de referencia que se usó para la elaboración de la propuesta de reglamento.

La profesora Irigoin pregunta qué pasará con la elección de Directores de Institutos y si, por analogía, habría que aplicar el mismo procedimiento que para la elección de Decanos.

El Sr. Prorrector (S) señala que el nuevo estatuto no se refiere a la elección de Directores de Institutos y por lo tanto no obligaba a que se resolviera ahora. No hay ninguna reglamentación para hacerlo, pero habrá que buscar una modalidad que se parezca a la de los Decanos prontamente.

La profesora Irigoin señala que su período de cuatro años concluye el 7 de mayo. Está bastante intranquila.

El Sr. Director Jurídico indica que en el mismo reglamento de elección de Decanos se señala que se mantiene vigente el reglamento de 1994 para la designación de Directores de Institutos mientras el Senado Universitario no dicte un nuevo reglamento; solamente se elimina la referencia a Decanos y Directores de Departamentos en aquel reglamento.

La profesora Irigoin solicita que en el próximo Consejo el Consejo decida sobre la situación de su Instituto.

El Sr. Rector (S) señala que así se hará.

El Decano (S) Sr. Araya comenta que en este reglamento hay un acápite dedicado al procedimiento de votación que no aparece en el reglamento para la elección de Rector. El artículo 8 se refiere a la identificación del elector y señala que éste se puede identificar con su cédula de identidad u otro mecanismo idóneo. Pregunta cuál es ese mecanismo idóneo y por qué no es sólo la cédula como en todas partes.

El Secretario de la Junta explica que el reglamento de Rector nunca ha tenido estas normas a las que se refiere el Decano Sr. Ayala y por eso no se incluyeron; se ha operado sobre la base de instructivos que son de conocimiento de la comunidad universitaria desde hace mucho tiempo. No existe inconveniente para incorporarlas, si se estima necesario. Sobre la identificación del elector es una norma que viene desde hace mucho y significa recurrir a alguien que identifique al elector.

El Decano (S) Sr. Ayala no está de acuerdo porque en facultades grandes no se conoce a todos los académicos y se abre innecesariamente una situación que puede resultar delicada, por decir lo menos.

El Secretario de la Junta comenta que la Junta no quiso innovar en esto porque era una norma de larga data.

El Decano Sr. Ramos considera que los requisitos para ser Decano son más exigentes que para ser Rector. No entiende claramente la referencia que hay en la elección de Rector a esa “personalidad académica de jerarquía equivalente” a la de Profesor Titular. Pregunta si sería adecuado tener esa cláusula para Decanos. También pregunta si esa referencia a ser Profesor Titular de la “respectiva facultad” es un requerimiento del nuevo estatuto para los Decanos, porque antes podía ser de cualquier Facultad.

El Sr. Prorrector (S) cree que muchos de estos planteamientos deberán ser revisados por el Senado Académico.

El Secretario de la Junta señala que esa es una recomendación de la Junta Electoral Central.

El Decano Sr. Ramos cree que si esa es una recomendación de la Junta solamente, propone eliminarla. Prefiere ser liberal y no restrictivo en estos aspectos.

El Sr. Prorrector señala que si el Consejo está de acuerdo, se puede eliminar esa limitación de que sea de la respectiva Facultad. Así se aprueba.

ACUERDO Nº22

El Consejo Universitario aprueba la propuesta de reglamento para la elección de Decanos de la Universidad de Chile presentada por la Junta Electoral Central en los términos contenido en el documento sometido a la consideración del Consejo denominado “Propuesta de Reglamento para la Elección de Decanos de la Universidad de Chile”, con la siguiente salvedad: se elimina en el artículo 2º del reglamento la frase “de la respectiva Facultad”.

El reglamento aludido se entiende formar parte del presente Acuerdo.

C) Reglamento para la elección de Directores de Departamento.

El Sr. Rector (S) ofrece la palabra.

El Decano Sr. Nahum señala que, en el artículo 4º, hay una omisión relativa al patrocinio del candidato por un número de profesores y que el candidato acepte serlo. Siempre hay un patrocinio y una carta de aceptación.

El Sr. Prorrector (S) precisa que el reglamento no lo contemplaba. Puede cada Junta Electoral establecer ese mecanismo.

El Secretario de la Junta señala que eso no se puso en el reglamento de 1994 porque hay Departamentos muy pequeños y se prefirió no considerarlo.

El Decano Sr. Nahum indica que se puede establecer un porcentaje y la carta de aceptación.

El Decano Sr. Silva señala que hay un acuerdo del Consejo en virtud del cual puede ser Director excepcionalmente quien no pertenezca a las dos más altas jerarquías.

El Sr. Prorrector (S) cree más práctico que las Facultades con sus Juntas Electorales fijen el porcentaje de firmas para el patrocinio y la carta de aceptación.

El Decano (S) Sr. Cifuentes plantea que en su Facultad proponen que los candidatos a Director de Departamento cumplan con el requisito de tener calificación máxima en el proceso de calificación último.

El Decano Sr. Chesta se refiere al artículo 2º que alude a los requisitos para ser candidato a Director. Cree que los Departamentos son los depositarios de la investigación de las Facultades y que habría que incorporar como requisito para ser Director que el académico pertenezca a la carrera ordinaria. En su opinión quien tiene 6 horas es alguien con actividad mayor en el exterior y por eso su mirada es muy limitada. Ponerlos a cargo de una actividad como la que se exige en un Departamento es una inconsecuencia.

El Sr. Rector (S) señala que hay dos propuestas. Incorporar la calificación máxima para ser candidato y la del Decano Sr. Chesta.

El Decano Sr. Ramos entiende la lógica de la propuesta pero cree que hay que tener un poco más de fe en el claustro académico.

El Sr. Prorrector (S) propone no innovar en este artículo.

El Decano (S) Sr. Cifuentes indica que no le ve sentido, entonces, al proceso de calificación.

El Decano (S) Sr. Ayala apoya esa moción, porque la calificación es un instrumento fundamental. También es liberal en el pensamiento pero preferiría estar con el Decano Chesta en cuanto a restringir, porque la dedicación horaria es un elemento importante.

El Sr. Rector (S) señala que da por entendido que en esta Universidad nunca se elegirá a alguien mal calificado porque no responde a la idiosincrasia de esta Corporación, que es una Universidad de excelencia. Si no es redundante se puede incluir.

El Decano Sr. Chesta propone que pertenezca a la carrera académica ordinaria para este cargo de Director.

El Sr. Rector (S) cree que eso conlleva un serio problema porque discrimina a la carrera docente cuando siempre se ha hablado de equivalencia entre ambas y es tan meritoria una como la otra. Diferenciar en este caso iría en contra del principio.

El Decano Sr. Chesta insiste en que no diferencia para ser candidato a Rector o a Decano, pero sí para Director de Departamento, por la naturaleza de la tarea.

El Decano (S) Sr. Campos piensa que un reglamento tan tutelar y que contemple todas las posibilidades implica dudar de la responsabilidad académica de los claustros. Es indispensable que ese cuerpo tenga la responsabilidad de resolver y no colocar cortapisas. Dejaría que esto no fuera tutelado a nivel central sino que pasara la responsabilidad a los claustros.

El Decano Sr. Julio tiene dudas respecto a la exigencia de nombramiento de 6 horas para ser candidato a Director. En su Facultad han tenido candidatos y han exigido posteriormente que tengan media jornada. Es una exigencia problemática para las Facultades chicas.

El Sr. Rector (S) indica que por la carga horaria ahora no pertenecería al claustro. Propone incorporar la referencia a la calificación máxima entre los requisitos solamente. Así se acuerda.

El Sr. Prorrector (S) plantea que ese requisito no figura en la elección de Decano. Pregunta si se deja así.

El profesor Merino cree que si se coloca ese requisito para la elección de Director de Departamento con mayor razón debiera incorporarse en la de Decano considerando que es quien preside la Comisión de Apelación en la calificación.

ACUERDO Nº23

El Consejo Universitario aprueba la propuesta de reglamento para la elección de Directores de Departamento de la Universidad de Chile presentada por la Junta Electoral Central en los términos contenido en el documento sometido a la consideración del Consejo denominado “Propuesta de Reglamento para la Elección de Directores de Departamento de la Universidad de Chile” con la salvedad de incorporar en el Artículo 2º, relativo a las condiciones de elegibilidad para el cargo de Director de Departamento, y luego de la expresión “nombramiento remunerado”, el siguiente requisito “que hayan obtenido la más alta calificación en el último proceso correspondiente (…)”.

D) Reglamento para la elección del Senado Universitario

El Sr. Rector (S) ofrece la palabra.

El Presidente de la FECH plantea que tiene cuatro observaciones que se encuentran contenidas en el documento que distribuirá a los Sres. Consejeros ahora.

Se incorpora el documento como Anexo 3 de la presente acta.

El Sr. Grau señala que hay una propuesta respecto a la elección de los estudiantes y otra sobre la elección de los académicos.El Sr. Rector (S) propone que haga referencia directa a los artículos en sus planteamientos para seguir mejor la discusión.

El Sr. Grau señala que en el inciso 3º del artículo 31, se propone seguir la misma norma que se ocupó el 2002 y es que los alumnos votan por tres candidatos a senador de Facultades distintas; de lo contrario, el voto se anula. Explica que se eligió esa forma porque no perjudica a las Facultades pequeñas. No hay riesgo porque la experiencia del 2002 mostró que la anulación es muy baja. Hay una propuesta de redacción, que es la que se encuentra en el documento distribuido.

El Sr. Rector (S) señala que esa es la redacción que tiene actualmente la norma.

El Sr. Grau precisa que se dice “podrán” votar y la propuesta es que “deberán” votar por tres candidatos de distintas Facultades. Es obligatorio. Propone revisar la redacción después y, si hay acuerdo en ese aspecto o así se dice, no tiene objeciones. Esta norma permite asegurar la transversalidad del Senado. El segundo punto se relaciona con el artículo 7 y se refiere a una situación que surgió el 2002 en que hubo Facultades que no tuvieron candidatos a senado entre los académicos y fueron, finalmente, designados por el Rector. En ese momento a la FECH le pareció válida esa alternativa, porque era un Senado en marcha blanca y había que llenar los cupos, pero en este cambio institucional el principio debe ser que todos los senadores sean elegidos por votación y esa debe ser la decisión de este Consejo. Para que ello ocurra, se propone que en las Facultades en que no haya candidato, ese cupo se sume a los senadores transversales. Si por alguna razón no quedaran cupos completos en el Senado, se propone que el Senado resuelva a posteriori, porque lo básico es resguardar que ningún cupo se llene por designación. Hay dos propuestas de redacción para este punto y están llanos a oír otras alternativas de solución. Con relación a otro punto, plantea que en los artículos 14 y 16 proponen que se agregue el término “deberán” en lugar de “podrán”. Es importante que las Juntas Electorales estén obligadas a llamar a los estudiantes, porque en las del 2002 hubo mesas en lugares impropios para votación de los alumnos. Es importante que los estudiantes supervisen esto, pero sólo a un nivel de propuesta y para facilitar el proceso. Cree que esto no puede generar disputa.

El Sr. Rector (S) considera difícil que el Consejo discuta este tema presentado ahora y como es menos urgente que los reglamentos anteriores, propone que se reúna la Comisión de Estructura con los representantes de la FECH para discutir estos puntos y luego presentar una propuesta en un próximo Consejo.

El Sr. Grau no tiene ninguna objeción.

El Decano Sr. Nahum precisa que la ley ha resuelto el tema porque indica que los integrantes del Senado “serán elegidos”, lo que imposibilita la designación.

El Sr. Abarca se refiere a los requisitos para ser candidato del estamento de personal de colaboración; 20 patrocinantes para una candidatura le parece un número excesivo de funcionarios. Por otra parte exigir la calificación en lista 1 para ser candidato le parece inadecuado ya que hay una tendencia en la actualidad a considerar que un funcionario en lista 2 es un funcionario bien calificado y el de Lista 1, distinción, es la excepción porque es solamente aquel que especialmente se destaca. Por ello, señalar que sólo pueden ser candidatos quienes han sido calificados en Lista 1, le parece discriminatorio. Estima revisables estos aspectos y así lo propone.

El Sr. Rector (S) sugiere incorporar también estas observaciones a la discusión de la Comisión de Estructura, a la que también habría que invitar a los representantes del personal de colaboración. Así se aprueba.

El Decano Sr. Urcelay se refiere al artículo 6º señalando que se omitió lo referente al tiempo que los profesores deben permanecer en las jerarquías. Cree que un candidato al Senado Universitario no podría estar excedido en su tiempo dentro de la jerarquía. Se omitió la referencia a los Profesores Asistentes que estaba anteriormente. Estima que debe reponerse esa norma.

El Sr. Prorrector (S) plantea que la Junta Electoral Central consideró que era un tema que debía decidir el Consejo, porque no impuso restricciones en su propuesta.

El Decano Sr. Urcelay insiste en que debe reponerse la norma.

El Sr. Rector (S) consulta si habría acuerdo al respecto y así se aprueba.

ACUERDO Nº24

El Consejo Universitario aprueba la propuesta de reglamento para la elección de integrantes del Senado Universitario de la Universidad de Chile presentada por la Junta Electoral Central en el documento denominado “Propuesta de Reglamento para la elección de integrantes del Senado Universitario” con las siguientes consideraciones:

  • En las condiciones elegibilidad para ser candidato académico se repone la norma relativa a los Profesores Asistentes, contenida en el DU Nº Nº 0016288, 3 de octubre de 2002, debiendo agregarse la frase: “En el caso de los Profesores Asistentes, serán elegibles solamente aquellos que no hayan permanecido más de doce años en esta jerarquía”.
  • Con respecto a las observaciones al reglamento presentadas por la FECH y la FENAFUCH en la sesión, se encarga su discusión a la Comisión de Estructura Gobierno y Evaluación Institucional del Consejo Universitario, en la que deberán participar representantes de ambos estamentos de modo de presentar una propuesta concordada al Consejo Universitario en una próxima sesión.

6.- Varios.

El Sr. Braghetto está inquieto sobre las cifras presentadas en el documento del Decano (S) Sr. Ayala. Acaba de hablar con Gerencia de Recursos Humanos del Hospital y, según se le ha señalado, no existen en los centros periféricos personal con contratos de más de 7 horas, así que desea conocer la fuente de esta información que ha entregado el Decano (S) Sr. Ayala. Señala que el Hospital tiene un fuerte incremento en unidades de servicio asistencial y eso puede ser el aumento en contratos final pero eso no significa que se hayan aumentado las horas y los contratos con la intencionalidad adjudicada. Ha habido un aumento de contratos, pero de una hora y con finalidades asistenciales.

El Decano (S) Sr. Ayala señala que la fuente de información es la Prorrectoría.

El Secretario de la Junta Electoral Central explica que la conformación de claustros en esta ocasión tiene la particularidad de que se requiere definir con absoluta claridad el tema de las horas y que la Junta trabajó con la información entregada por las propias Facultades pero, lamentablemente, muchas de las oficinas de personal de las Facultades no tienen una actualización al 100% en sus nombramientos. Se solicitó a la Vicerrectoría de Asuntos Económicos y Gestión Institucional el listado que arroja su oficina de personal. Ese listado se imprimió y envió el 24 de marzo a los respectivos Vicedecanatos de las Facultades, los que tuvieron un plazo para filtrarlo, hacer observaciones, rectificaciones y regularizar situaciones. Hecho esto, se determinó cuáles eran los cargos vigentes en la Universidad y se pusieron por separado porque venía la segunda revisión de los propios académicos. Las Facultades y los académicos pueden presentar nuevas rectificaciones. Ese es el sentido de poner nombramientos repetidos porque son efectivamente nombramientos múltiples que tienen las personas. Se distinguieron también los nombramientos directivos porque no era un tema menor, ya que la mayoría de los directivos han dejado su carga horaria académica muy reducida, lo que incluso podría haberlos dejado en un voto ponderado. El voto entero lo tienen en función al nombramiento directivo de acuerdo a las normas aprobadas por el Consejo Universitario. Toda esta información se ha manejado tomando como fuente bases de datos de la Universidad.

El Decano (S) Sr. Ayala se refiere al plazo máximo para objetar el claustro, el que vence hoy. Es un contrasentido que se esté tomando un acuerdo sobre un plazo que vence hoy mismo. Solicita ampliación del mismo, porque en lo formal aparece como algo extraño.

El Decano (S) Sr. Chesta pregunta si existe la situación de congelamiento de un cargo por periodo prolongado, como es el caso que se da en su Facultad con un geógrafo que hace 12 años que esta en el Ministerio de Agricultura, donde cumple jornada completa.

El Secretario de la Junta responde que existe efectivamente y la oficina de personal debiera haberlo informado.

El Sr. Grau solicita que se rectifique en las actas la calidad en que tanto el representante estudiantil como el de los funcionarios asisten a este Consejo ya que de acuerdo a la normativa actual, han dejado de ser invitados del Sr. Rector para asistir por derecho propio. Se refiere a continuación a la revista U Noticias señalando que, haciéndose eco de un reclamo formulado por un académico y que recibió por e mail, resulta poco elegante que aparezca el ex Rector Riveros en 214 fotos de una revista de 110 páginas. Cree que debe regularse ese aspecto de la campaña.

El Sr. Rector (S) señala que el miércoles se reunirá con los grupos que apoyan las pre candidaturas a Rector para acordar estos temas.

Se levanta la sesión a las 11:40 hrs.

ROBERTO LA ROSA HERNANDEZ
Secretario General (S)
Secretario Consejo Universitario

Compartir:
https://uchile.cl/u40104
Copiar